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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de diciembre de 2007 359854 cantidad de 19,131.168 Kg., cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 72,698.44 (setenta y dos mil seiscientos noventa y ocho con 44/100 nuevos soles), para la atención del Programa de Vaso de Leche hasta el 31 de Diciembre del 2007; cuya fuente de fi nanciamiento corresponde a la fuente 00-Recursos Ordinarios; para cuyo efecto se debe encargar a la Gerencia Municipal la adquisición o contratación exonerada de dichos insumos, según los cánones establecidos en el Art. 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por su complejidad y monto involucrado, debiendo establecerse así mismo, las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a que hubiere lugar en contra de los funcionarios o servidores públicos por la inacción o demora en atender dicho programa por compra ordinaria y encargarse la misma al Órgano de Control Institucional de esta Entidad. Finalmente se debe establecer que esta Entidad, para la adquisición de dichos insumos, dará estricto cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 24059, Ley de Creación de los Programas de Vaso de Leche; Ley 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche; y la Ley Nº 27712, Ley que modifi ca la Ley Nº 27470, así como la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM, lo que ponemos a consideración del Pleno de Concejo Municipal para su tratamiento correspondiente; Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de esta Institución, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el SEACE, el instrumento de aprobación, informes, bases y demás datos relevantes según lo establece el Artículo 147º del Reglamento y la Directiva N° 001-2004/CONSUCODE/PRE, Remítase copia del presente Acuerdo, así como de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo,: Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las demás acciones que correspondan, con arreglo a ley; Que, se deja constancia que los Señores Regidores: Leonor Salazar de Ortiz, Vilma Ríos de Arequipeño, Sr. Valentin Palacios Nivin, Marco La Rosa Sánchez Paredes, se abstuvieron de votar y salvaron su voto. Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, por mayoría el Concejo Provincial de Huaraz; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente, el insumo de: “Hojuela de Quinua, Avena y Kiwicha, enriquecida con vitaminas y minerales”, por la cantidad de 19,131.168 Kg., cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 72,698.44 (setenta y dos mil seiscientos noventa y ocho con 44/100 nuevos soles), para la atención del Programa de Vaso de Leche hasta el 31 de Diciembre del 2007; cuya fuente de fi nanciamiento corresponde a la fuente 00-Recursos Ordinarios; Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, la adquisición o contratación exonerada de los insumos señalados en el artículo precedente, según los cánones establecidos en el Art. 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por su complejidad y monto involucrado. Artículo Tercero.- Establecer las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a que hubiere lugar en contra de los funcionarios o servidores públicos por la inacción o demora en atender dicho programa por compra ordinaria, para lo cual, remítase los antecedentes al Órgano de Control Institucional de esta Entidad. Artículo Cuarto.- Establecer que esta Entidad, para la adquisición de dichos insumos, dará estricto cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 24059, Ley de Creación de los Programas de Vaso de Leche; Ley Nº 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche; y la Ley Nº 27712, Ley que modifi ca la Ley Nº 27470, así como la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de esta Institución, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el SEACE, el instrumento de aprobación, informes, bases y demás datos relevantes según lo establece el Artículo 147º del Reglamento y la Directiva N° 001-2004/CONSUCODE/PRE. Artículo Sexto.- Remítase copia del presente Acuerdo, así como de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las demás acciones que correspondan, con arreglo a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LOMBARDO MAUTINO ANGELES Alcalde 141552-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL