Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2007 (11/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2007

1º ACUMULAR, los Expedientes Administrativos Nºs. 114365, 115153, 115644, 115689 y 115690, por guardar conexion entre si, en aplicacion del Art. 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2º INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los servidores administrativos: don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de faltas de caracter disciplinario, de acuerdo a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante Informe Nº 007-2007-CPAD-UNAC de fecha 29 de octubre de 2007, y por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional del Callao. 3º DISPONER, que los citados servidores procesados presenten sus descargos y las pruebas que crean conveniente a la comision senalada, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, concordante con lo senalado en los Arts 168º y 169° del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. 4º DISPONER, que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional del Callao, proceda a sustanciar el debido MORDAZA dentro del termino de treinta (30) dias habiles improrrogables, bajo responsabilidad funcional. 5º DECLARAR IMPROCEDENTE, la renuncia al cargo de Cajero III presentada por el servidor administrativo don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 6º TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a los Vicerrectores, y demas dependencias academicoadministrativas, SUTUNAC, e interesados para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MEREA MORDAZA Rector 141896-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueba la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion por servicios personalisimos de abogado
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 226-2007/SUNAT MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 VISTOS: Los Informes Nºs. N° 006-2007/SUNAT-2B2100 y 077-2007-SUNAT/2B2300, asi como las Actas de Reunion de Comision Calificadora Nºs. 028-2007 y 029-2007 y la Solicitud Electronica N° 000262007-Division Penal; los mismos que contienen la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, asi como informacion sobre la disponibilidad presupuestal;

Que mediante Resolucion de Intendencia N° 0302007/SUNAT se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, correspondiente al ejercicio fiscal 2007; Que a traves de la Resolucion de Intendencia N° 5862007/SUNAT se modifico el PAAC a fin de incluir, entre otros, el MORDAZA de Seleccion para la contratacion del servicio de defensa legal de funcionarios de la SUNAT; Que mediante carta de fecha 10 de febrero de 2006, el senor MORDAZA Morcos MORDAZA, Gerente General de la empresa EXPORTRON FOODS PRODUCTOS S.A. denuncio ante la Oficina de Control Interno, una posible extorsion a dicha empresa en la que estarian involucrados funcionarios de la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera de la SUNAT, mencionando a los trabajadores MORDAZA MORDAZA Cachuas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Auditores de dicha Intendencia; asi como del abogado MORDAZA MORDAZA Damilan. Posteriormente, se amplia dicha denuncia y se incluye al oficial de aduanas, senor MORDAZA Molleapaza Calderon; Que adicionalmente, se presentaron unas grabaciones de reuniones sostenidas con los funcionarios denunciados, las cuales se sometieron a un analisis pericial fonografico a fin de comprobar si una de las voces pertenecia al senor Molleapaza MORDAZA, siendo que se le solicito una pericia de audio al mencionado trabajador; Que consta en el Registro N° 665 de Ocurrencias de MORDAZA Comun en la Comisaria PCP de la Punta, que el 29 de marzo de 2006 se apersono el efectivo de la Policia Nacional del Peru (PNP), MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, junto con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la sede de la SUNAT en Chucuito, dado que el senor Molleapaza habia comunicado que lo tenian retenido en el interior de su centro de labores; Que al respecto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA indico que el encargado del area de Operaciones de la Oficina de Seguridad, le solicito su intervencion en la Division de Auditoria de Operaciones Aduaneras Sede Chucuito, en la cual los funcionarios de la Oficina de Control Interno le indicaron que durante una sesion reservada, se percataron que el ex trabajador MORDAZA Molleapaza MORDAZA la estaba grabando sin autorizacion; por lo que se le solicito a un efectivo policial que levante un Acta de Entrega voluntaria de la grabadora por parte del senor Molleapaza Calderon. Durante dicho acto, se apersono al local de la SUNAT el mencionado miembro de la policia, Oficial MORDAZA MORDAZA, a quien se le impidio el ingreso a las instalaciones por no contar con autorizacion de ingreso, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumplio con indicarle que el senor Molleapaza MORDAZA se encontraba en una investigacion reservada con el personal de Control Interno y que cuando esta culminara, procederia a retirarse; Que el 20 de MORDAZA de 2006, se notifico la denuncia interpuesta por MORDAZA Molleapaza MORDAZA contra los trabajadores MORDAZA MORDAZA Bouroncle MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portalatino, MORDAZA Aquije MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Spiere Morcos Magan; por los presuntos delitos de abuso de autoridad, contra la fe publica - falsedad generica, contra la MORDAZA personal - coaccion, asociacion ilicita para delinquir, usurpacion de la funcion publica, desobediencia y resistencia agravada contra la autoridad, concusion, aprovechamiento indebido del cargo, denuncia calumniosa y contra la administracion de justicia - fraude procesal; seguida ante la Octava Fiscalia Provincial Penal del Callao; Que posteriormente, el 11 de MORDAZA de 2006 se solicito a la Primera Fiscalia Provincial Penal del Callao, que se acumule a la denuncia MORDAZA mencionada, una contra el senor MORDAZA Molleapaza MORDAZA por delito contra la Administracion Publica, desobediencia y resistencia a la autoridad; Que el 19 de octubre de 2006, la Primera Fiscalia Provincial Penal del Callao resolvio las denuncias acumuladas, senalando no ha lugar la denuncia contra

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