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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2007 359857 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 18-2007-MSS.- Modifi can artículo del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad 359905 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 000220.- Aceptan donación dineraria que se destinará a la adquisición de materiales para la realización de trabajos de mantenimiento y rehabilitación de parques y áreas verdes 359906 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza Nº 024-2007-CDB.- Exoneran de pago por derecho de concepto de expedición de carné de sanidad a Coordinadoras mas una Asistente y/o Manipuladora de Alimentos de los Comités del Programa del Vaso de Leche 359907Ordenanza Nº 025-2007-CDB.- Amplían vigencia de amnistía para el cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas 359908 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOHO Ordenanza Nº 011-2007-MPM-CM-M.- Crean el Centro Poblado Hilata y disponen el funcionamiento de la Municipalidad del Centro Poblado Hilata 359908 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Acuerdo Nº 106-A-2007-MPU/A.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno para el desarrollo del proyecto Orto Frutícola 359909 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TINTA Acuerdo Nº 080-2007-CM-MDT.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de fertilizantes para apoyar a productores de cultivos de diversas Comunidades afectados por helada 359909 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban transferencia financiera de la PCM a las Municipalidades Provinciales de Ica, Chincha, Pisco, Cañete, Yauyos y Gobierno Regional Huancavelica, para la adquisición de viviendas y calaminas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2007-PCM Lima, 11 de diciembre de 2007 Vistos, el Ofi cio Nº 110-2007/FORSUR del Gerente General del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modifi catorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya fi nalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007 y sus ampliaciones, constituyendo sus recursos, entre otros, las transferencias que realice el “Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007” a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29078, modifi cado por la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio de FORSUR, entre otras, realizar la evaluación general de los efectos del sismo del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios para el cumplimiento de los fi nes del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las zonas declaradas en estado de emergencia, antes referidas; Que mediante Decreto Supremo Nº 186-2007- EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 hasta por S/. 7 074 000,00, destinada a la ejecución de acciones del FORSUR en concordancia con lo señalado en la Ley Nº 29078 y modifi catorias. Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 382-2007-PCM se aprobó la desagregación de recursos autorizada según el mencionado Decreto Supremo; Que, el Directorio de FORSUR mediante el Acuerdo Nº 008-03-2007-D-FORSUR, priorizó la asignación de recursos para la adquisición de viviendas temporales y calamina en favor de las Municipalidades Provinciales de Ica, Chincha, Pisco, Cañete, Yauyos y del Gobierno Regional Huancavelica; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 29136 autorizó incorporar como Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 29078, el siguiente texto: “TERCERA.- Inclúyese a los recursos del FORSUR en los alcances del literal e) del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411”; Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Contando con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007, la Ley Nº 29136, Ley que modifi ca los artículos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 Ley que crea el FORSUR y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar una transferencia fi nanciera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros a