Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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otorgo a PESQUERA MORDAZA S.A.C., autorizacion de incremento de flota para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de 139.74 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (12 mm) y de 1½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; via sustitucion de la capacidad de bodega y de los derechos administrativos de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total MORDAZA de matricula CO-1439-PM; Que el numeral 37.1 del Articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que la "autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras sera concedida por un plazo de veinticuatro (24) meses. Asimismo, que los armadores pesqueros incursos en lo dispuesto en el parrafo precedente y que por razones de caracter economico o por motivos de fuerza mayor, debidamente acreditados, pueden, por unica vez, solicitar la ampliacion del plazo para ejecutar la construccion o adquisicion de la embarcacion pesquera por veinticuatro (24) meses improrrogables. La referida ampliacion deber ser solicitada dentro del plazo original; y declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion...."; Que el numeral 106.1 del Articulo 106º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cualquier administrado individual o colectivamente puede promover por escrito el inicio de un procedimiento administrativo ante todas y cualesquiera de las entidades, ejerciendo el derecho de peticion reconocido en el Articulo 2º inciso 20) de la Constitucion Politica del Estado. Asimismo, el numeral 106.2 del referido Articulo, dispone que el derecho de peticion administrativa comprende las facultades de presentar solicitudes en interes particular del administrado, de realizar solicitudes en interes general de la colectividad, de contradecir actos administrativos, las facultades de pedir informaciones, de formular consultas y de presentar solicitudes de gracia; Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. representada por su Apoderado General, MORDAZA MORDAZA MORDAZA REDONDO, via Derecho de Peticion, dentro del plazo otorgado por Resolucion Directoral Nº 204-2006-PRODUCE/DGEPP y de conformidad con la normatividad pesquera actual, solicita ampliacion del plazo para ejecutar el incremento de flota por 24 meses, debido a que por razones de indole economico a la fecha no se ha podido ejecutar el mismo; presentando entre otros documentos, MORDAZA de los Estados de Cuenta de MORDAZA ­ Septiembre del 2007 de sus cuentas en moneda nacional y moneda extranjera del Banco Interamericano de Finanzas, sustentando la inoperatividad de dichas cuentas financieras; Que de acuerdo a la evaluacion de los documentos presentados, se determina que la peticion formulado por la recurrente, ha sido presentado dentro del plazo original de vigencia de vigencia otorgado en la Resolucion Directoral Nº 204-2006-PRODUCE/DNEPP notificado con fecha 19 de junio del 2006; y que la misma acredita razones de indole economico desfavorables que le han impedido ejecutar el incremento de flota otorgado; por lo que en conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, corresponderia autorizar la ampliacion de plazo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 562-2007PRODUCE/DGEPP-Chi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., por unica vez y a partir

de la entrada en vigencia de la presente resolucion, ampliacion de plazo por veinticuatro (24) meses, para ejecutar la construccion de la embarcacion autorizado via incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 204-2006-PRODUCE/DGEPP del 13 de junio del 2006. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 141735-5

Otorgan a la asociacion Pro Delphinus autorizacion para efectuar investigacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 508-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 19 de noviembre de 2007 Visto el escrito de Registro Nº 00029647 y Adjunto 1 del 27 de MORDAZA y 18 de septiembre del 2007, presentado por la Asociacion PRO DELPHINUS . CONSIDERANDO: Que el articulo 14º de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Ley Nº 25977, dispone que el Estado promueve e incentiva la investigacion y capacitacion pesquera que realizan los organismos publicos especializados del Sector y la Universidades, asi como la que provenga de la iniciativa de personas naturales o juridicas del sector privado, cuyos resultados deberan ser oportunamente difundidos por medios apropiados; Que los Articulos 21º, 23º y 30º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por el Decreto Supremo Nº 0122001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, precisan que la investigacion pesquera es una actividad a la que tiene derecho cualquier persona natural o juridica y que para su ejercicio requerira autorizacion previa del Ministerio de Pesqueria hoy Ministerio de la Produccion y que las personas autorizadas estan obligadas a proporcionar a este Ministerio y en su caso al IMARPE o ITP los resultados de la investigacion realizada; Que mediante el escrito del visto, la Asociacion PRO DELPHINUS solicita Autorizacion para la extraccion de 400 muestras biologicas de animales muertos por pesca y/o varados en las playas cercanas a los puertos de Chimbote (Ancash) y Salaverry (La Libertad), por un periodo de 12 meses, para desarrollar el proyecto de Investigacion titulado "Estudio genetico en las poblaciones de cetaceos menores mas comunes del Peru "; Que mediante Oficio Nº DE- 100-162-2007-PRODUCE/ IMP, de fecha 24 de agosto de 2007, el Instituto MORDAZA del Peru, manifiesta su conformidad con el referido proyecto ya que los resultados del "Estudio genetico en las poblaciones de cetaceos menores mas comunes del Peru", contribuiran a mejorar el conocimiento de las poblaciones de cetaceos en nuestro MORDAZA y permitiran la determinacion y caracterizacion genetica de las poblaciones de cetaceos afectados por la captura incidental; Que de la evaluacion de los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos del procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y, mediante el informe Nº 4112007-PRODUCE/DGEPP y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y,

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