Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

359873

Ing. JHON EULER MORDAZA MORDAZA y el senor MORDAZA CCAMAPAZA MORDAZA, habrian ocasionado perjuicio economico al OPER MORDAZA del Ex Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT, ascendente a la suma de S/.4,005.60 Nuevos Soles. Que, con Resolucion Ministerial Nº 0171-2006-AG del 02 de marzo de 2006 se autoriza al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Agricultura, que inicie las acciones legales correspondientes, en contra de don MORDAZA CCAMAPAZA MORDAZA entre otros, con la finalidad de lograr el resarcimiento y recupero del perjuicio economico ocasionado; Que, con Expediente Judicial Nº 2007-00001-0-2101JP-CI-2, el Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Agricultura, apelo la declaracion de Improcedencia de la demanda de Indemnizacion en contra de don MORDAZA CCAMAPAZA MORDAZA, por ante el MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA, con la Especialista MORDAZA Guerra; resultando firme la resolucion de Improcedencia, sin pronunciamiento sobre el fondo del asunto. Que, con Oficio Nº 777-2007-VIVIENDA-PP y Oficio Nº 911-2007-VIVIENDA-PP la Procuraduria Publica del Ministerio de VIVIENDA, a cargo de los asuntos de COFOPRI, remite todo lo actuado con la finalidad que se gestione ante la Alta Direccion del Ministerio de VIVIENDA, la expedicion de una Resolucion Ministerial autoritativa para el inicio de las acciones legales, en estricta aplicacion de lo dispuesto en la Directiva aprobado por Resolucion Ministerial Nº 041-2002-VIVIENDA; con la finalidad de volver a promover las acciones legales que correspondan, en contra de don MORDAZA CCAMAPAZA MORDAZA entre otros, con la finalidad de lograr el resarcimiento y recupero del perjuicio economico ocasionado al OPER MORDAZA del Ex Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007VIVIENDA publicado el 22 de febrero del 2007 en el Diario Oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo dispone la fusion por absorcion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT, por el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; siendo que dicho MORDAZA de fusion por absorcion se da por concluido con Resolucion Ministerial Nº 0183-2007-VIVIENDA publicada el 12 de junio del 2007 en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Resolucion Suprema Nº 133-2007-JUS se designa al Procurador Publico Ad Hoc Titular para que asuma la defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales en los que es parte el Ex PROYECTO ESPECIAL TITULACION DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL ­ PETT; Que, si bien con Resolucion Ministerial Nº 0171-2006AG del 2 de marzo de 2006 se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Agricultura, que inicie las acciones legales correspondientes, en contra de don MORDAZA CCAMAPAZA MORDAZA entre otros, con la finalidad de lograr el resarcimiento y recupero del perjuicio economico ocasionado al Ex PROYECTO ESPECIAL TITULACION DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL ­ PETT; sin embargo ello no constituye impedimento para emitir nueva resolucion ministerial autoritativa, a la luz de las disposiciones normativas MORDAZA en virtud del MORDAZA de fusion en curso MORDAZA descrito, y de conformidad con lo dispuesto en la Directiva aprobada con Resolucion Ministerial Nº 413-2007-VIVIENDA del 23 de agosto de 2007; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc Titular del Ministerio de VIVIENDA, a cargo de los asuntos del Ex Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 7º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el articulo 12 del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc titular a cargo de los asuntos judiciales del Ex Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los intereses

del Estado, interponga las acciones legales que correspondan, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico Ad Hoc titular a cargo de los asuntos judiciales del Ex Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 142103-2

Autorizan a procurador a cargo de los asuntos judiciales de COFOPRI iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y otros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 630-2007/VIVIENDA MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 VISTOS: Visto el Memorandum Nº 187-2007-COFOPRI/GG, el Informe Nº 05-2006-02-4246 y el Informe Nº 064-2007COFOPRI/GL; CONSIDERANDO: Que, con INFORME Nº 05-2006-02-4246 de noviembre de 2006, evacuado por la Oficina de Control Institucional de COFOPRI, se practico un "Examen Especial al MORDAZA de Formalizacion de la Propiedad InformaI realizado por la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de MORDAZA de COFOPRI", el que con Memorandum Nº 187-2007-COFOPRI/G requiere la implementacion de la Recomendacion Nº 03 de la misma, cuyo tenor dice: "IV.- RECOMENDACION Nº 03.Que, disponga que el Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, inicie las acciones judiciales que corresponda contra la persona que acredito la Minuta de Anticipo de Legitima, durante el empadronamiento realiado el 25 de junio de 200, en el Lote 4, manzana 12 del Centro Poblado de San MORDAZA de Lloc. (Conclusion Nº 01)." Que, la CONCLUSION Nº 01, como la RECOMENDACION Nº 03 del INFORME Nº 05-2006-024246 de Noviembre de 2006, evacuado por la Oficina de Control Institucional de COFOPRI, con el que se practica el "Examen Especial al MORDAZA de Formalizacion de la Propiedad InformaI realizado por la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de MORDAZA de COFOPRI", tienen el caracter de "Prueba Pre-Constituida", para efectos del inicio de las acciones administrativas, civiles y penales; segun sea el caso por parte de la Administracion Publica, en contra de quienes resultaran responsables; Que, en ese sentido el Articulo 11, asi como el Articulo 15 Literal f) de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establecen que; cuando en el informe respectivo se identifiquen responsabilidades, MORDAZA estas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales, adoptaran inmediatamente las acciones para ... iniciar, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad senalada; en tanto que, si como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes;

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