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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361299 ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Nombran Comisión de Rectores encargada de promover alternativas de solución a efectos de superar la problemática de funcionamiento de filiales universitarias y de otras denominaciones RESOLUCIÓN Nº 1062-2007-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA Lima, 13 de diciembre de 2007 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo del Pleno de Rectores de fecha 16 de noviembre 2007; y CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores reunida en sesión ordinaria el día viernes 16 del presente en la sede de la Universidad Andina del Cusco, programó como tercer punto de agenda la información por parte del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades sobre fi liales, el mismo que estuvo a cargo del doctor Luis Carpio Ascuña, Consejero del CONAFU; Que, luego de la exposición realizada por el doctor Carpio Ascuña, los señores Rectores asistentes al Pleno de la fecha y teniendo en cuenta las diferentes intervenciones de los miembros de la ANR con relación a la problemática de fi liales y otras defi niciones, acordaron nombrar una Comisión de Rectores a efectos de realizar las coordinaciones necesarias para la superación de los problemas que viene ocasionando; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria y del Reglamento del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios; Estando al acuerdo del Pleno de Rectores; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar una Comisión de Rectores encargada de proponer alternativas de solución a afectos de superar la problemática de funcionamiento de fi liales universitarias y de otras denominaciones, la misma que está integrada por: - Dr. Luis Fernando Izquierdo Vásquez, Rector de la Universidad Nacional Mayor de san Marcos - Ing. Luis Maezono Yamashita, Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina - Dr. Antenor Aliaga Zegarra,Rector de la Universidad Nacional de Piura- Mg. Jesús Sánchez MarínRector de la Universidad Nacional del Centro del Perú Artículo 2°.- Transcribir la presente resolución a los interesados y a las Universidades del país, para su conocimiento y demás fi nes.Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en la página web de la institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 146534-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de formatos de diplomas para grados y títulos universitarios RESOLUCIÓN Nº 1067-2007-ANR Lima, 19 de diciembre de 2007 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Memorando N° 705-2007-SE y el Memorando Nº 125-2007-ANR-CE del Presidente del Comité Especial para la Adquisición de 200,000 Formatos de Diplomas, con el que eleva informe sobre la situación actual del proceso; y CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores mediante la Licitación Pública Nº 0001-2006-ANR-CE Primera Convocatoria, efectuó un proceso de selección a fi n de adquirir 200,000 formatos de diplomas para grados y títulos universitarios. Un postor de dicho proceso interpuso sucesivamente recursos de apelación y de revisión ante el CONSUCODE. La Resolución Nº 1087-2006-TC-SU del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 05.12.06 declaró fi nalmente desierta la L. P Nº 0001-2006-ANR-CE Primera Convocatoria; Que, con fecha 20.02.07, la ANR efectuó la convocatoria de la L. P Nº 0001-2006-ANR-CE Segunda Convocatoria, a fi n de adquirir los 200,000 formatos de diplomas para grados y títulos universitarios. Un participante de dicha segunda convocatoria, no satisfecho con la absolución de sus observaciones, solicitó que se elevasen al CONSUCODE las Bases y los actuados del proceso de selección. El CONSUCODE emitió su Pronunciamiento Nº 107-2007/GNP el 10.04.07. El Comité Especial en atención a la complejidad de las correcciones y adecuaciones a efectuarse en las Bases decidió la suspensión temporal del proceso a fi n de implementar estrictamente el Pronunciamiento del CONSUCODE. Ante tal situación el Comité Especial puso de conocimiento a la Ofi cina de Grados y Títulos en su condición de Área Usuaria, la misma que mediante Informe Nº 039- 2007-Grados y Títulos comunicó a Secretaría General su requerimiento de adquisición en calidad de muy urgente de 60 mil formatos de diplomas para así poder atender la demanda de las universidades y no afectar a los egresados de las mismas, en vista de que el stock es insufi ciente; hecho por el cual nos encontraríamos frente a un desabastecimiento inminente previsto en el Art. 21º de la Ley Nº 26850, que defi ne a ésta cuando se presenta una situación extraordinaria e imprevisible, en la que la “ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial”. Norma concordante con el Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones