Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2007 (28/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2007

turistas nacionales, pasaporte o documento oficial de identificacion del MORDAZA de su residencia en el caso de turistas extranjeros. Tratandose de turistas menores de edad, tambien deberan portar su Documento Nacional de Identidad, en el caso de nacionales y pasaporte o documento oficial de identificacion del MORDAZA de residencia, y sera el padre o tutor quien suscribira la Declaracion Jurada de Equipaje o el apoderado que cuente con poder notarial especifico otorgado por el padre o tutor, debiendo consignarse en la Declaracion Jurada de Equipaje, los datos de identificacion del menor y del padre, tutor o apoderado. En caso que los documentos de identidad senalados en el numeral anterior se encuentren deteriorados, presenten enmendaduras o borrones que impidan una plena identificacion del turista, no se otorgara la franquicia. Asimismo, en caso de verificarse documentos con indicios de falsificacion o adulteracion, los hechos seran comunicados de inmediato a la Delegacion de la Policia Nacional del Peru ubicada en el terminal terrestre, para las investigaciones que correspondan, no pudiendose acoger el pasajero a la franquicia del Decreto Supremo Nº 202-92-EF. 4. Producida la recepcion, registro y verificacion de la documentacion presentada, se devuelve el documento de identidad y la boleta de venta. 5. El personal de ZOFRATACNA ingresa, segun corresponda, la informacion pertinente al Sistema Integrado de Gestion Aduanera ­ SIGAD, incluyendo MORDAZA y numero de serie de las mercancias en los casos que corresponda, generando o actualizando la cuenta corriente del pasajero, y registra las cantidades y el valor de la franquicia utilizada, con relacion al tope anual establecido en el Decreto Supremo N° 202-92-EF y modificatoria, segun las descripciones de las secciones A, A1 y B. 6. Una vez registrada la informacion, el sistema emite un listado en original y MORDAZA con la descripcion de los bienes que constituye el equipaje del turista y el estado de su cuenta corriente, entregando el personal de ZOFRATACNA al turista el original del listado debidamente firmado y MORDAZA, quien debe conservarlo para su MORDAZA a requerimiento de la autoridad aduanera. Tratandose del turista que viaja en vehiculo particular el listado y el estado de su cuenta corriente debe consignar la frase: "MERCANCIAS TRANSPORTADAS EN VEHICULO PARTICULAR" 7. En caso que en el listado emitido por el sistema aparezcan bienes que excedan los montos y/o volumenes permitidos por el Decreto Supremo Nº 202-92-EF y modificatoria, o se trate de bienes no contemplados en dicho Decreto Supremo, el turista debe proceder a cancelar los derechos de aduana y demas tributos que afectan su importacion mediante Declaracion Simplificada ante la oficina de SUNAT ubicada en el Terminal Terrestre "Manuel A. Odria", siempre que el valor de las mercancias no exceda los dos mil Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US $ 2,000.00) o efectua el tramite de importacion ante la Intendencia de Aduana de Tacna presentando la Declaracion Unica de Aduanas. 8. De no efectuarse la cancelacion de los tributos o no se presente la Declaracion Unica de Aduanas a que se refiere el numeral precedente, la mercancia no podra ser embarcada. Embarque del equipaje encomienda y pasajeros en el terminal terrestre 9. El embarque del equipaje, encomiendas y pasajeros que se transporten por via terrestre, se efectua en el Terminal Terrestre "Manuel A. Odria" de la MORDAZA de Tacna. 10. MORDAZA de requerir los servicios de la empresa de transporte para el traslado de encomiendas, el usuario presenta los bultos ante la autoridad aduanera para su revision fisica y posterior colocacion de MORDAZA de

identificacion. Efectuada la revision, el usuario entrega las encomiendas a la empresa de transportes quien se encarga de su ingreso a las bodegas del omnibus en el horario de salida que le corresponda. 11. La bodega de equipajes de los pasajeros para escalas intermedias, estara especialmente acondicionada y precintada hasta el Puesto de Control que corresponda, figurando en el Manifiesto de Pasajeros y Equipaje el numero de la bodega asignada para las escalas intermedias, asi como los numeros de los precintos colocados. 12. Previamente a la salida de los omnibuses, la empresa de transporte debe entregar al piloto o copiloto el respectivo manifiesto de pasajeros y equipajes, en original y tres copias, el que debe consignar la hora de salida y estar debidamente firmado y MORDAZA por el personal o los representantes de la empresa transportista. 13. El personal de SUNAT de servicio en el terminal terrestre. previamente constata que el transportista embarque primero las encomiendas debidamente enzunchadas, y a continuacion los equipajes segun su destino, procediendo a colocar los precintos de seguridad en las bodegas, cuyos numeros se consignaran en el manifiesto respectivo, quedando de esta manera autorizado el medio de transporte para su viaje. 14. El personal de SUNAT intervendra al pasajero o el equipaje que se embarque cuando se presuma la existencia de una infraccion administrativa o delito. A2. CONTROL ADUANERO DEL EQUIPAJE DE LOS TURISTAS QUE SE EMBARQUEN POR VIA AEREA 1. Los turistas que se embarquen por via aerea en el Aeropuerto "Crnl. FAP MORDAZA Ciriani MORDAZA Rosa" de Tacna, para acogerse a la franquicia establecida en el Decreto Supremo Nº 202-92-EF, deben declarar los bienes adquiridos en la MORDAZA Comercial de Tacna que conforman su equipaje, recabando el formulario de Declaracion Jurada de Equipaje en la Oficina de ZOFRATACNA ubicada en el mencionado Aeropuerto. 2. La Declaracion Jurada de Equipajes debidamente llenada y firmada asi como los documentos que se indican en el numeral 3 del rubro A.1 son presentados por el turista ante la Oficina de ZOFRATACNA ubicada en el Aeropuerto de Tacna MORDAZA de abordar el avion segun el itinerario del vuelo, siendo aplicable por parte del personal de ZOFRATACNA, para efectos de la recepcion y registro lo senalado en el numeral 3 del rubro A.1. 3. El personal de ZOFRATACNA ingresa la informacion al Sistema Integrado de Gestion Aduanera - SIGAD conforme a lo senalado en el numeral 5 del rubro A.1; registrada la informacion, el sistema emite un listado en original y MORDAZA con la descripcion de los bienes que constituye el equipaje del turista y el estado de su cuenta corriente, entregando el personal de ZOFRATACNA al turista el original del listado debidamente firmado y MORDAZA, quien debera conservarlo para su MORDAZA al momento de la revision fisica por parte de la Autoridad Aduanera. 4. En caso que en el listado emitido por el sistema aparezcan bienes que excedan los montos y volumenes permitidos por el Decreto Supremo Nº 202-92-EF o se trate de mercancias no contempladas en la franquicia, se procede conforme a lo senalado en los numerales 7 y 8 del rubro A.1. 5. Una vez recepcionado y registrado el equipaje por las companias de transporte aereo, este sera trasladado a los ambientes destinados para su revision fisica por el personal aduanero encargado de esta funcion, la cual se efectua de manera selectiva o aleatoria. 6. El turista cuyo equipaje MORDAZA sido seleccionado a revision fisica presenta al oficial de aduanas designado el listado emitido por el sistema, la Declaracion Simplificada o la Declaracion Unica de Aduanas debidamente cancelada cuando corresponda, asi como los originales de las boletas de venta de la MORDAZA Comercial de Tacna, quien procedera a la revision fisica del equipaje. 7. De resultar conforme la revision fisica el oficial de

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