Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2007 (28/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2007

del Estado, que establece, que no se puede invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodo consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, mediante Memorando Nº 170-2007-SG de fecha 9 de MORDAZA de 2007 la Secretaria General de la ANR se dirige a la Secretaria Ejecutiva poniendo en su conocimiento el Informe Nº 039-2007-Grados y Titulos solicitandole disponer el tramite correspondiente que senala el literal c) del articulo 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM para la exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente; Que, la Oficina del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos mediante Memorando Nº 065-2007-Grados y Titulos de fecha 10 de MORDAZA de 2007 remite a la Secretaria General de la ANR las especificaciones tecnicas para la adquisicion de los 60,000 formatos de diplomas mediante exoneracion; Que, la Secretaria General remite a la Secretaria Ejecutiva MORDAZA del Memorando Nº 065-2007GRADOS a fin que esta MORDAZA disponga la emision de la Resolucion que aprueba dichas especificaciones y posibilite la adquisicion de los formatos de diplomas por desabastecimiento inminente; Que, la Asamblea Nacional de Rectores expide la Resolucion Nº 250-2007-ANR de fecha 10 de MORDAZA de 2007 por el cual el Presidente aprobo las Especificaciones Tecnicas para la adquisicion de los nuevos formatos de diplomas, precisando que dichas Especificaciones contienen las observaciones realizadas a las especificaciones de la L. P. Nº 0001-2006-ANRCE MORDAZA convocatoria. Dicha Resolucion cito en su Considerando que mediante Memorando Nº 205-2007SE de fecha 10.04.07 la Secretaria Ejecutiva de la ANR dispuso la elaboracion de la Resolucion que aprueba las Especificaciones Tecnicas para la adquisicion de los nuevos formatos de diplomas; Que, la Direccion General de Administracion remite a la Direccion General de Asesoria Juridica el Informe Tecnico Nº 001-2007-DA en el MORDAZA del D. S. Nº 0832004-PCM y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM relacionado al MORDAZA de exoneracion para la adquisicion de 60,000 formatos de diplomas para MORDAZA y titulos universitarios y solicita a esta Direccion General emita su opinion legal; Que, mediante Informe Nº 371-2007-DGAJ de fecha 23 de MORDAZA del 2007, la Direccion General de Asesoria Juridica opino que, ante la coyuntura de que atravesaba la Asamblea Nacional de Rectores, el senor Presidente emita la Resolucion que autorice la exoneracion del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente, para la adquisicion de 60,000 formatos de diploma, observando la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Asimismo, sugirio que el Presidente de la ANR disponga la investigacion administrativa y se determine si hubo responsabilidad de algunos servidores o funcionarios de la ANR que MORDAZA generado la situacion de desabastecimiento inminente de los formatos de diplomas para MORDAZA y titulos universitarios, de conformidad a lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resolucion Nº 372-2007-ANR de fecha 24 de MORDAZA del 2007, aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente de formatos de diplomas para MORDAZA y titulos profesionales, a efectos que mediante acciones inmediatas se realice el MORDAZA de adquisicion de formatos de diplomas hasta por la cantidad de 60,000 formatos; Que, asimismo, el Comite Especial declaro desierta la Licitacion Publica Nº 001-2006/ANR-CE, MORDAZA convocatoria, para la adquisicion de diplomas de MORDAZA y titulos, tras descalificar las ofertas presentadas por MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A. y Enotria S.A.;

Que, la empresa MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A., el 08 de junio del 2007, interpuso recurso de apelacion contra la declaracion de desierto, solicitando se readmita su propuesta y se le otorgue la buena pro; y el 12 de junio del presente ano, solicito la recalificacion de su recurso, conforme a lo dispuesto en el articulo 151º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, vigente al momento de la convocatoria del MORDAZA de seleccion, el cual establece que la instancia administrativa ante la cual los postores deben presentar recursos de apelaciones es aquella que emitio el acto impugnado; Que, la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado con fecha 06 de MORDAZA del 2007, emitio el Acuerdo Nº 255/2007.TC-S2 con el que declaro que no es competente para avocarse al conocimiento del recurso de apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A., y remitio lo actuado a la Asamblea Nacional de Rectores, a fin de que resuelva dicho recurso; Que, mediante Oficio Nº 1013-2007-SE/SG de fecha 16 de MORDAZA del 2007, la Asamblea Nacional de Rectores comunico a la empresa MORDAZA MORDAZA que para que su recurso de apelacion sea admitido debe adjuntar el comprobante de pago de la tasa correspondiente, de conformidad con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la ANR y lo establecido en el articulo 155º del D. S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, otorgandole un plazo de dos dias; Que, con Resolucion Nº 572-2007-ANR de fecha 24 de MORDAZA del 2007, la Asamblea Nacional de Rectores resolvio tener por no presentado el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A., por no cumplir con adjuntar el comprobante de pago de la apelacion; Que, asimismo, el 02 de agosto del 2007, la empresa MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A., interpuso, ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, recurso de revision contra la Resolucion Nº 572-2007ANR. Con Acuerdo Nº 499/2007.TC-S2 de fecha 23 de septiembre del 2007, la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado declaro que no es competente para avocarse al conocimiento del recurso de revision y remitio los actuados a la Asamblea Nacional de Rectores, para que resuelva lo que corresponda conforme a ley; Que, la Asamblea Nacional de Rectores con Resolucion Nº 901-2007-ANR de fecha 30 de octubre del 2007, la Asamblea Nacional de Rectores ratifico la Resolucion Nº 572-2007-ANR y dispuso la continuacion de la Licitacion Publica Nº 0001-2006-ANR-CE, MORDAZA convocatoria, para la adquisicion de 200,000 Unidades de Formatos de Diplomas para MORDAZA y Titulos Universitarios; Que, el Comite Especial mediante Memorando Nº 125-2007-ANR-CE de fecha 11 de diciembre del 2007, eleva a la Presidencia de la ANR su Informe sobre la situacion actual del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de 200,000 Unidades de Formatos de Diplomas para MORDAZA y Titulos Universitarios, en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 119-2007-ANR-CE, primera convocatoria, al haberse declarado desierta la primera y MORDAZA convocatoria de la Licitacion Publica Nº 0001-2006-ANR-CE, al no cumplir las empresas postoras con las especificaciones tecnicas solicitas en las bases. Al respecto, el Comite Especial informa que se ha declarado desierta la primera convocatoria de la Adjudicacion de Menor Cuantia, por la misma razon, las empresas MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A. y Enotria S.A., no cumplieron con las especificaciones tecnicas establecidas en las bases; Que, la Oficina de MORDAZA y Titulos de la ANR mediante Informe Nº 058-2007-Grados y Titulos de fecha 12 de diciembre del 2007, como area usuaria, informa que se cuenta con el presupuesto para realizar la compra, con caracter de urgente, de 100,000 formatos de diplomas, para poder atender la demanda segun la proyeccion de los formatos de diplomas en los anos 2003 al 2007, ya que su stock es insuficiente para atender a las Universidades con los Formatos de Diplomas en el

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