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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361307 de gastos de personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2008 aplicables a OSINERGMIN, serán aprobadas por resolución de su máxima autoridad; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, corresponde al Consejo Directivo aprobar las medidas de austeridad propuestas; Con la opinión favorable de la Gerencia General, Gerencia Legal, Ofi cina de Administración y Finanzas, y la Ofi cina de Planeamiento y Control de Gestión; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las medidas de austeridad, racionalidad y gastos de personal a aplicar durante el ejercicio fi scal 2008, que a continuación se señalan: MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y GASTOS DE PERSONAL APLICABLES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE OSINERGMIN DEL EJERCICIO FISCAL 2008. 1. OBJETIVO: Establecer medidas de austeridad, racionalidad y gastos de personal en el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, en cumplimiento del literal c) de la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. 2. ALCANCE: La presente norma es de aplicación en OSINERGMIN. 3. DE LA AUSTERIDAD EN EL GASTO PÚBLICO: 3.1 Referidas a las acciones de personal. Queda prohibido el ingreso de personal por servicios personales, salvo en los supuestos siguientes: a) La contratación para el reemplazo por cese de personal o para suplencia temporal siempre y cuando se cuente con la plaza. En el caso de los reemplazos se debe tomar en cuenta que el ingreso se efectúa necesariamente por concurso público de méritos. b) La designación en cargos de confi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente. c) Las plazas vacantes en el Cuadro para Asignación de Personal aprobado, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. 3.2 Referidas a bienes y servicios. a) Establézcase como monto máximo por concepto de honorarios mensuales el tope de ingresos señalado en el artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 038-2006 para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales de manera directa o indirecta. Mediante resolución del Titular de Pliego se podrá exceptuar del tope máximo antes citado en casos debidamente fundamentados por la Ofi cina de Administración y Finanzas. b) Quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos de OSINERGMIN, excepto en los casos de reuniones técnicas con organismos públicos y privados para tratar temas especializados de energía y minería, así como por concepto de capacitación en el exterior, los cuales serán aprobados por el Consejo Directivo de OSINERGMIN. Los gastos de viaje al exterior autorizados se sujetarán a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 27619, debiendo contemplar los incurridos por concepto de visas y seguros. c) El monto diario por viáticos para viajes dentro del país se establece en las normas internas sobre la materia. La asignación que se otorga como viático por comisión de servicios, o cualquier otra asignación de naturaleza similar, en dinero o en especie, cubrirá los gastos de alojamiento, alimentación y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios. Dicho monto no comprende la tasa por uso de aeropuerto o peaje. d) El gasto mensual máximo por cada servicio de telefonía móvil o de canales múltiples de selección automática que asume OSINERGMIN asciende a Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 150,00). La diferencia de consumo en la facturación será abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo. Esta limitación no alcanza a los servicios asignados al Presidente del Consejo Directivo, al Gerente General y al Gerente Adjunto de Regulación Tarifaria. 4. DE LA RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA. 4.1. Medidas de racionalidad presupuestaria. a) Los actos o resoluciones administrativas no pueden ser reconocidos administrativamente si no se cuenta con el marco presupuestal correspondiente. Es de exclusiva responsabilidad del gerente o jefe de ofi cina, o cargo de rango similar, en OSINERGMIN el programar sus requerimientos con la oportunidad debida en el Plan Operativo Anual y en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debiendo contar para ello con la aprobación del responsable de programación presupuestaria de la Ofi cina de Planeamiento y Control de Gestión. b) La Ofi cina de Administración y Finanzas debe efectuar la evaluación y estudio conducente a la racionalización de los recursos humanos, alcanzando la correspondiente propuesta de modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal y proponiendo las políticas referidas a la utilización de servicios de terceros, locaciones de servicios y tercerización en labores complementarias y especializadas, tanto administrativas como técnicas. c) A efectos de lograr el ahorro en gastos de servicios de telefonía y energía eléctrica, la Ofi cina de Administración y Finanzas debe: i. Aplicar derechos de uso de servicio para teléfonos fi jos y la asignación de teléfonos celulares, satelitales y otros medios de comunicación. ii. Tomar medidas para que a partir de las 18:30 horas, se revisen las instalaciones y ofi cinas con la fi nalidad de apagar los equipos y las luminarias. Ello no obsta para que dicha Ofi cina realice campañas dirigidas al personal a fi n de generar conciencia de ahorro en el consumo de energía. d) La asignación mensual por concepto de gasolina para los vehículos de la institución asignados a funcionarios no excederá de cuarenta (40) galones al mes. Esta medida no es aplicable a los vehículos asignados al Presidente, al Gerente General y al Gerente Adjunto de Regulación Tarifara, así como a los vehículos que se utilizan en las actividades operativas de supervisión, fi scalización y de orientación. 4.2. Medidas sobre disciplina presupuestaria. a) Con la fi nalidad de asegurar la ejecución del presupuesto, los gerentes, jefes de ofi cina, o funcionarios con rango de igual nivel son responsables, en lo concerniente a sus funciones, del cumplimiento de la programación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, a cuyo efecto deben exigir al personal a su cargo la preparación oportuna de los términos de referencia o especifi caciones técnicas así como de efectuar las indagaciones y estudios que permitan contar con los respectivos valores referenciales. b) En las modifi caciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, los órganos que soliciten el retiro de uno o más requerimientos programados deberán sustentar la necesidad o conveniencia del retiro.