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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361283 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN COMITÉ DE APELACIÓN DE SANCIONES SECRETARÍA TÉCNICA RESOLUCIONES COMITÉ DE APELACIÓN DE SANCIONES Nº 257-2006-PRODUCE/CAS 04/12/2006 Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto, en el extremo referido a la nulidad de la Resolución Directoral N° 801-2005-PRODUCE/DINSECOVI, en consecuen- cia, corresponde declarar la NULIDAD de la referida resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. RECTIFICAR el error ma- terial en que se incurrió al emitir la Resolución Directoral N° 705-2005-PRODUCE/DINSE COVI, en donde dice: “PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A.”, debe decir “ COMPA- ÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A.”. Declarar INFUNDADO el recurso de a- pelación interpuesto por la empresa COMPAÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A., contra la Resolución Directoral N° 705-2005-PRODUCE/DINSECOVI, en el extre- mo referido al procesamiento de recursos hidrobiologicos en tallas menores, por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando ago- tada la vía administrativa. N° 258-2006-PRODUCE/CAS 04/12/2006 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORA - CION PESQUERA INCA S.A. , contra la Resolución Directoral N° 771-2005-PRODUCE- /DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. N° 259-2006-PRODUCE/CAS 04/12/2006 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor ESTEBAN ACOSTA PINGO , contra la Resolución Directoral N° 758-2005-PRODUCE/DINSECO- VI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando agotada la vía administrativa. N° 260-2006-PRODUCE/CAS 04/12/2006 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PESQUERA CABO PEÑAS S.R.L. , contra la Resolución Directoral N° 1040-2005-PRODUCE/DINSE- COVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente reso- lución, quedando agotada la vía administrativa. N° 261-2006-PRODUCE/CAS 11/12/2006 Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. , en el extremo referido a la comision de la infrac- ción establecida en el numeral 3 del artículo 76° del Decreto Ley N° 25977 Ley General de Pesca, en consecuencia, debe dejarse sin efecto el artículo 2° de la Resolución Di- rectoral N° 372-2005-PRODUCE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO en el extremo refe- rido a la comisión de la infracción establecida en el inciso 2 del artículo 134º del Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando agotada la la vía administrativa. N° 262-2006-PRODUCE/CAS 11/12/2006 Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 616-2005-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Repo- ner el estado del procedimiento a la etapa anterior a la emisión de la Resolución Directo- ral N° 616-2005-PRODUCE/DINSECOVI y remitir los actuados a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia-DIGSECOVI, a fi n de que la primera instancia emita u- na nueva resolución sancionadora. N° 263-2006-PRODUCE/CAS 11/12/2006 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PESQUERA DIAMANTE S.A., contra la Resolución Directoral N° 389-2005-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, que- dando agotada la vía administativa. Dejar sin efecto la multa impuesta mediante Resolu- ción Directoral N° 206-2004-PRODUCE/DINSECOVI, toda vez que a la fecha de la comi- sión de la infracción no se encontraba tipi fi cada la determinación de la sanción a imponer. N° 264-2006-PRODUCE/CAS 11/12/2006 ACEPTAR el desistimiento al recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Direc- toral N° 1232-2006-PRODUCE/DIGSECOVI presentado por la empresa GRUPO SINDI - CATO PESQUERO DEL PERU S.A. , en consecuencia declarar concluido el procedi- miento administrativo sancionador. Remitir el expediente a la Dirección General de Se- guimiento, Control y Vigilancia-DIGSECOVI, para los fi nes correspondientes. N° 265-2006-PRODUCE/CAS 15/12/2006 Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 792-2005-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Repo- ner el estado del procedimiento a la etapa anterior a la emisión de la citada resolución y remitir los actuados a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia-DIGSE- COVI, a fi n de que dirija un nuevo procedimiento administrativo sancionador contra los se- ñores Augusto, Francisca, Martín, Esmeralda Yovany, Andrès Avelino y María Santos Si- pion Barrios, sucesión de la señora MERCEDES BARRIOS QUESQUEN . Declarar INAD- MISIBLE el escrito presentado por la señora EUDOCIA LIZA VDA. DE CHANCAFE , por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Disponer que la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero-DGEPP, inicie las acciones pertinentes respecto a la solicitud de ampliación del permiso de pesca. N° 266-2006-PRODUCE/CAS 15/12/2006 Declarar de o fi cio la NULIDAD de la Resolución Directoral Nº 293-2006-PRODUCE/DIN- SECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Devolver los actuados a la Dirección General de Seguimiento, Control y V igilancia- DIGSECOVI a fi n de que dirija un nuevo procedimiento administrativo sancionador, contra los señores AUGUSTO SIPION BARRIOS, GLADYS ATENCIO SALAZAR DE SIPION, MARTIN SIPION BARRIOS y CARMEN ROSA URCIA CASTRO DE SIPION.