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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361305 VISTO: El Ofi cio N° 1289-2007-DGIM-UNICA, de fecha 22 de Noviembre del 2007, emitido por la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento, Informe Técnico N° 0146-DEEP-UNICA-2007, y el Informe Legal N° 0940-DGAL-UNICA-2007. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica ha recuperado su plena autonomía Académica, Administrativa, Económica y Normativa dentro del Marco de la Constitución Política del Estado; Ley Universitaria N° 23733, y el Estatuto de la UNICA; Que, mediante Ley N° 28927, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Que, mediante Resolución Rectoral N° 106-R-UNICA- 2006, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos correspondientes al Año Fiscal 2007 a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad y Proyecto del Pliego 515: Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, ascendente a la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 67´440,941.00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolución Rectoral N° 440-R-UNICA- 2007, se autoriza la incorporación de mayores Fondos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 515 Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, para el Año Fiscal 2007; Que, mediante Resolución 907-R-UNICA-2007 de fecha 14 de setiembre del 2007, se designa la conformación de la Comisión Especial, encargada de ejecutar por Administración Directa el Proyecto “Estudio del Plan Arquitectónico y Director de la Ciudad Universitaria y periféricas de la UNICA”. Que mediante la Resolución N° 1116-R-UNICA-2007, de fecha 05 de Noviembre del 2007, se autoriza a la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento, para que ejecute, por Administración Directa el Proyecto “Estudio del Plan Arquitectónico y Director de las Facultades de la Ciudad Universitaria y Periféricas de la UNICA”. Que, mediante Resolución N° 1140-R-UNICA-2007, de fecha 07 de Noviembre del 2007, se aprueba la inclusión en el plan anual de adquisiciones y contrataciones de la Universidad Nacional de Ica, para el año Fiscal 2007 los Proceso de Selección para la Contratación de un servicio Personalísimo de una Arquitecta. Que, de acuerdo a la Ley N° 26850 se aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y modifi catoria Ley N° 28267; Que, con los Decretos Supremos N° 083-2004-PCM, 084-2004-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Reglamento respectivo; Y en virtud de lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19° y el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; Que, en el presente caso la Arquitecta DIANA AVILES MERENS, ha cumplido con los requisitos necesarios a fi n de ser contratado por la causal de servicios personalísimos, razón por la cual procede la exoneración del Proceso de Selección respectivo a fi n de autorizar la contratación bajo el procedimiento de adjudicación de menor cuantía correspondiente; Estando a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, por la Ley N° 23733 y Estatuto Universitario; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la exoneración del Proceso de Selección de adjudicación Directa Selectiva, por la causal de Servicios Personalísimos, por el monto de S/. 41,500.00 y 00/100 Nuevos Soles (Cuarenta y un Mil Quinientos Nuevos Soles), para la contratación de un Arquitecto como jefe de proyecto que se encargaría de implementar la propuesta del Estudio del Plan Arquitectónico y Director de las Facultades de la Ciudad Universitaria y Periféricas de la UNICA. Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Administración proceda a la Contratación mediante adjudicación Directa Selectiva de los servicios de la Arquitecta Dra. DIANA AVILES MERENS, para elaborar una Distribución y/o Reordenamiento Físico Espacial, Funcional y complementario de la Ciudad Universitaria y las Facultades Periféricas para el desarrollo adecuado a las labores Académicas, Administrativas y Servicio, teniendo como base el desarrollo de Visión y Misión en la educación y Cultura, “Estudio del Plan Arquitectónico y Director de las Facultades de la Ciudad Universitaria y Periféricas de la UNICA. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Administración realizar las acciones inmediatas para la formalización de la contratación a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 4°.- Encargar a la Dirección General de Administración el cumplimiento de la presente Resolución así como comunicar su contenido y sustento a la Contraloría General de la República; así mismo, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión. Artículo 5°.- Transcribir copia de la presente Resolución a las dependencias correspondientes de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN ALVA FAJARDO Rector RAFAEL CAPARO HIDALGO Secretario General 146889-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Bases Integradas para la Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para diversas empresas concesionarias de distribución RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 776-2007-OS/CD Lima, 27 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”), podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la