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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361744 En tal sentido las categorías de ubicación consideradas son los siguientes: Grupo Ubicación Ponderación UBICACIÓN 1 Predios cerca a Parques* 1,20 UBICACIÓN 2 Predios frente a otros 1,00 Para hallar el Arbitrio de Parques y Jardines que corresponde pagar por cada predio se debe hallar primero el cantidad ponderado por cada categoría de ubicación, la misma que es resultado de multiplicar el número de predio por la ponderación asignada según uso (2): Esta cantidad ponderada nos va a permitir determinar el porcentaje de participación en el costo que tiene cada categoría (4), con el fi n de poder determinar el costo por cada ubicación (6). Una vez determinado el costo por ubicación, se divide entre el número de predios de la misma (1) lo que da como resultado el monto anual del arbitrio correspondiente a pagar a cada predio en función a la ubicación del mismo respecto a las áreas verdes públicas (7). Ubicación del predioCantidad de predios NºPonderación por ubicaciónCantidad PonderadaProporción de Ponderación %Costo total Parques S/.Costo por Ubicación S/.Costo Anual predio x ubicación S/ (1) (2) (3) = (1)x(2) (4) (5) (6)=(4)/(5) (7) = (6)/(1) Ubicación 1 87 1,20 104 30,76% 6.380,98 73,34Ubicación 2 235 1,00 235 69,24% 14.363,32 61,12Total 322 339,40 100% 20.744,30 4.4. METODOLOGIA APLICADA PARA LA DISTRI- BUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE SERENAZGO El costo del Servicio de Serenazgo comprende la organización, mantenimiento y mejora del servicio municipal de vigilancia publica, control de actividades para la prevención del delito accidentes y protección de la población del distrito. Dicho costo se distribuye entre los contribuyentes de acuerdo al criterio: - El uso del predio como criterio para determinar el nivel de riesgo y por consiguiente una mayor prestación del servicio. No se ha aplicado el criterio de ubicación por cuanto teniendo la Municipalidad de Santa Cruz de Cocachacra pocas áreas urbanas y poco material logistico y humano de serenazgo, se ha considerado uno solo, con servicios uniformes en todo el distrito. Para la aplicación del criterio de uso del predio se ha utilizado la información proporcionada por la Municipalidad, sobre los distintos hechos ocurridos y de conformidad con lo planifi cado estableciéndose las siguientes ponderaciones de riesgo en función a los usos de los predios: Ponderación Uso del predio Riesgo Casa habitacion 1,00Comercio 2,00Centros Educativos y de Salud 3,50Hostales 6,00Industrias y Servicios Públicos 20,00Otros 1,5 4.4.1 DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO La distribución individual se realiza en base a la ponderación de riesgo asignada a los tipos de usos de predio descrito párrafos anteriores, determinando el costo ponderado por cada uso (3). El costo ponderado nos va a permitir determinar el porcentaje de participación en el costo que tiene cada categoría (4), con el fi n de poder determinar el costo individual por cada uso – riesgo (6), los mismos que se dividirán entre el número de predios de la misma da como resultado el monto anual del arbitrio correspondiente a pagar a cada predio en función al riesgo (7). Uso del predio Cantidad de predios NºPonderación Riesgo Costo Ponderado Proporción de Costo %Costo total Serenazgo S/.Costo total por uso S/.Costo Anual predio por uso S/ Casa habitacion 277 1,00 277,00 40,5% 36.756,14 132,69Comercio 17 2,00 34,00 5,0% 4.511,58 265,39 Centros Educativos y de Salud 4 3,50 14,00 2,0% 1.857,71 464,43 Hostales 2 6,00 12,00 1,8% 1.592,32 796,16 Industrias y Servicios Públicos 17 20,00 340,00 49,7% 45.115,84 2.653,87Otros 5 1,5 7,50 1,1% 995,20 199,04 Total 322 684,50 100,0% 90.828,80 90.828,80 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el año 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2007-MDTM Tambo de Mora, 17 de diciembre de 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE TAMBO DE MORA VISTA:La Sesión Ordinaria de Concejo, su fecha diecisiete de diciembre de 2007, el Informe Técnico Nº 006-2007-MDTM-ESCQ y el Informe Técnico Nº 008-2007-MDTM-ESCQ, el Informe Contable Nº 088-MDTM-AC, y el Informe Legal Nº 003-2007-MDTM, sobre la situación existente en el distrito de Tambo de Mora, a consecuencia del sismo del 15 de agosto último y las recomendaciones técnicas para la adquisición de maquinaria pesada, y asimismo sobre la factibilidad económica, para adquirir dicha maquinaria, en el marco de la situación de emergencia existente, 146922-1