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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de enero de 2007 336968 predio de propiedad privada, ubicado en la Comunidad Campesina de Cachuy, distrito de Catahuasi, provincia de Yauyos, departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, el artículo 112° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la propietaria del predio afectado por las servidumbres a que se re fi ere la presente Resolución ha autorizado el uso de dichas áreas de servidumbre a título gratuito; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 320-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER a favor de la concesión de fi nitiva de generación de la que es titular Compañía Eléctrica El Platanal S.A., las servidumbres de fi nitivas de acueducto, embalse y obras hidroeléctricas para la futura Central Hidroeléctrica G-1 El Platanal, sobre el predio de propiedad privada, ubicado en la Comunidad Campesina de Cachuy, distrito de Catahuasi, provincia de Yauyos, departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de Servidumbre Tipo de Propiedad 11196306 CH G-1 El Platanal Servidumbres de acueducto, embalse y obras hidroeléctricas: a) Servidumbre de embalse:Área: 77 099,00 m2 Área: 67559,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Punto Norte Este PrivadaCód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de Servidumbre Tipo de Propiedad 11196306 b) Servidumbre de acueducto y obras hidroeléctricas:Área: 9 540,00 m 2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Punto Norte EstePrivada A 8595073.0795 395360.1589 B 8594934.6851 395514.9902 C 8594766.2903 395614.9378D 8594710.3626 395778.0859 E 8594733.2728 395813.1426 F 8594697.5600 395883.2558 G 8594682.8974 395876.0055 H 8594681.0873 395878.7217 I 8594680.0355 395880.4221 J 8594679.2489 395881.8078 K 8594678.5293 395883.3247 L 8594677.8825 395885.1296 M 8594684.0137 395894.8929 N 8594680.2686 395945.0464 O 8594641.8868 395993.7434 P 8594615.5106 395971.1230 Q 8594629.2597 395941.3033 R 8594642.8067 395912.9487 S 8594642.8067 395904.3196 T 8594637.8805 395891.9914 U 8594612.0180 395866.1030 V 8594584.9240 395827.8863 W 8594573.8400 395800.7648 X 8594573.8400 395776.1094 Y 8594578.7662 395756.3839 Z 8594608.3234 395725.5645 A1 8594644.0382 395710.7712 B1 8594672.3638 395691.0458 C1 8594682.2162 395677.4856 D1 8594692.0686 395646.6661 E1 8594703.1525 395610.9144 F1 8594724.0894 395587.4921 G1 8594791.8245 395533.2491 H1 8594823.8447 395492.5663 I1 8594836.1602 395461.7468 J1 8594852.5698 395422.6397 K1 8594867.3484 395396.7501 L1 8594883.3585 395372.0947 M1 8594903.0639 395358.5334N1 8594916.6109 395356.0684 O1 8594935.0664 395356.0684 P1 8594964.6207 395365.9297 Q1 8594991.7352 395367.1637 R1 8595015.1346 395360.9995 S1 8595032.3763 395346.2063 T1 8595048.3794 395322.7114 U1 8595073.2265 395357.0573 A 8594719.5985 395924.6021 B 8594599.8942 396075.0652 C 8594528.0667 396073.3887 D 8594521.3017 396066.2996 E 8594544.2829 396038.6940 F 8594596.0079 395994.3132 G 8594614.4811 395973.3558 H 8594615.5106 395971.1230 I 8594641.8868 395993.7434 J 8594680.2686 395945.0464 K 8594684.0137 395894.8929 L 8594677.8825 395885.1296 M 8594678.5293 395883.3247 N 8594679.2489 395881.8078 O 8594680.0355 395880.4221 P 8594681.0873 395878.7217 Q 8594683.1578 395875.6148 R 8594697.5600 395883.2558 Artículo 2º .- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º. - Compañía Eléctrica El Platanal S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º .- Compañía Eléctrica El Platanal S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º .- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 11404-1 JUSTICIA Designan Procurador Público Ad Hoc para que asuma representación del Estado en proceso de amparo en trámite en la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2007-JUS Lima, 4 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, treinta y dos ex trabajadores del Banco Central de Reserva del Perú que se retiraron en año 1992, tras