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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de febrero de 2007 338974 Que, en el artículo 148º de la normatividad legal antes citada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Municipalidad de El Agustino, sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable, a fi n de paliar la situación sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones de fi nitivas.; Que, del acervo documentario administrativo antes mencionado se advierte, que se ha acreditado el estado de necesidad a que alude el Gerente de Administración y Finanzas, por lo que procede la exoneración del proceso de selección, teniendo en consideración que el Programa del Vaso de Leche, no podría estar desabastecida, siendo necesario continuar con la prestación de la ayuda social que sería afectada directamente la población materno infantil, madres gestantes y en período de lactancia con derecho a la provisión diaria por parte de la Municipalidad; Que, lo expuesto se sujeta en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 29792, y con el voto unánime del Concejo Municipal; SE ACUERDA:Artículo 1º.- DECLARAR el Desabastecimiento Inminente del Suministro de Hojuela de Avena – Quinua – Kiwicha, por un período de 60 días, exonerándose del proceso de Adjudicación Directa Selectiva a la empresa que se encargará de suministrar el producto por una cantidad de 38,577.76 Kg equivalente a un monto de S/. 143,509.27 nuevos soles, con vigencia a partir de la semana 05 hasta la semana 12, es decir, desde el 24 de enero de 2007 hasta el 14 de marzo de 2007 y cuyo gasto se afectará a la fuente de fi nanciamiento 00 - Recursos Ordinarios (Transferencia del Tesoro Público), publicándose en el Diario O fi cial El Peruano, el SEACE y remitiéndose las copias correspondientes a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, mientras el Comité Especial se prepara a convocar la Licitación Pública Nº 0001-2007-CE-MDEA que garantice el suministro del producto para todo el ejercicio presupuestal 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Disciplinarios, realizar las acciones pertinentes que corresponda para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente de conformidad a lo señalado en el Art. 141º del Reglamento de la Ley, en concordancia con el Art. 21º de la ley. Artículo 3 º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación dentro de los diez (10) DÍAS hábiles de adoptado el acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE copia del acuerdo y del Informe Técnico y Legal. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR SALCEDO RÍOS Alcalde 22461-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 171-MDL que estableció Beneficio de Regularización Extraordinaria de Deudas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2007-ALC-MDL Lince, 31 de enero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCEVISTO: El Informe Nº 004-2007-MDL-GR de fecha 30 de enero del 2007 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 011-2007-MDL/GAJ elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 171-MDL de fecha 10 de enero de 2007 se estableció el Bene fi cio de Regularización Extraordinaria de Deudas (RED) hasta el 31 de enero de 2007, otorgado a todos aquellos contribuyentes y/o infractores con obligaciones vencidas pendientes de pago; Que, es política de la actual Administración Municipal, otorgar a sus contribuyentes las máximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 171-MDL faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, asimismo para establecer la prórroga de este beneficio de ser el caso; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 171-MDL de fecha 10 de enero de 2007 hasta el 15 de febrero de 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 22617-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Declaran en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2007-MPL Pueblo Libre, 25 de enero del 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, la propuesta del señor Alcalde en base al Informe Nº 003-2007-MPL-GM de la Gerencia Municipal, sobre el diagnóstico situacional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y la solicitud de declaratoria en emergencia administrativa y fi nanciera de la Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 003-2007-MPL-GM, la Gerencia Municipal da a conocer la situación de la corporación municipal y del trabajo realizado por la Comisión de Transferencia, en los aspectos fi nanciero, administrativo y del estado de los servicios públicos de la Municipalidad de Pueblo Libre, de lo que se concluye la difícil y precaria situación económica, fi nanciera y administrativa con que la nueva gestión ha recibido la