Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2007 (03/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

339000

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2007

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion del Canon Gasifero provenientes del Impuesto a la Renta del ejercicio 2005
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 056-2007-EF/15 MORDAZA, 1 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el literal 11.1 del Articulo 11 de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, crea el canon a la explotacion del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasifero, el que beneficiara a la circunscripcion donde se encuentra ubicado geograficamente el recurso natural; Que, los literales 11.2 y 11.3 del Articulo 11º de la Ley Nº 27506 establecen que el Canon Gasifero se compone del 50% del Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotacion de gas natural, del 50% de las Regalias por la explotacion de tales recursos naturales, y de un porcentaje que obtiene el Estado por la explotacion de estos recursos naturales proveniente de los contratos de servicios, el cual sera fijado mediante Decreto Supremo; Que, el inciso c) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado mediante Decreto Supremo Nº 187-2004EF, senala que el Canon Gasifero esta constituido por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las regalias provenientes de los Contratos de Licencia asi como del 50% del valor de realizacion o venta descontados los costos hasta el punto de medicion de la produccion en los contratos de servicios, derivados de la explotacion de gas natural y condensados; Que, el primer parrafo del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2004-EF, establece que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, dentro de los 3 (tres) primeros meses del ano, proporcionaran al Ministerio de Economia y Finanzas la informacion necesaria a fin de elaborar los indices de distribucion del Canon que resulten de la aplicacion de los criterios de distribucion establecidos. Asimismo, establece que mediante Resolucion Ministerial expedida por el Ministerio de Economia y Finanzas se aprobaran los Indices de Distribucion del Canon asi como las cuotas a que se refiere el inciso a) del Articulo 7º de dicha norma; Que, el numeral 5.2 del Articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por el Articulo 2º de la Ley Nº 28322, establecio los criterios de distribucion del Canon; Que, sobre la base de la informacion estadistica disponible proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante Oficios Nº 030-2006-INEI/DTDIS, Nº 130-2006-INEI/J y Nº 3952006-INEI/J, el Ministerio de Energia y Minas, mediante Oficios Nºs. 209-2006-EM/VME y 242-2006-EM/VME y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, mediante Oficio Nº 698-2006-SUNAT/200000; la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion del Canon Gasifero provenientes del Impuesto a la Renta del ejercicio 2005; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los indices de distribucion del Canon Gasifero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, es conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Gasifero provenientes del Impuesto a la Renta del ejercicio 2005, asi como las cuotas a que se refiere el inciso a) del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Canon;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27506 y el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Gasifero provenientes del Impuesto a la Renta del ejercicio 2005, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales y Distritales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Las cuotas no distribuidas por este concepto, correspondientes al periodo junio 2006 a enero 2007 seran distribuidas en las cuotas programadas que restan hasta MORDAZA 2007, inclusive. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION CANON GASIFERO POR IMPUESTO A LA RENTA DE 2005
DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL/ GOB.LOCAL TOTAL INDICE

1.0000000000

GOBIERNOS LOCALES

MORDAZA

MORDAZA

MORDAZA CCORCA POROY SAN MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA SAYLLA WANCHAQ

0.0164979179 0.0016336654 0.0020810581 0.0057680893 0.0141591254 0.0115095524 0.0009951450 0.0029196044

ACOMAYO

ACOMAYO ACOPIA ACOS MOSOC MORDAZA POMACANCHI RONDOCAN SANGARARA

0.0023481833 0.0008434168 0.0009937833 0.0011104032 0.0042871283 0.0017484295 0.0021222800

ANTA

ANTA ANCAHUASI CACHIMAYO CHINCHAYPUJIO HUAROCONDO LIMATAMBO MOLLEPATA PUCYURA

0.0087317527 0.0041334123 0.0008934855 0.0035531330 0.0029935367 0.0047743372 0.0017713098 0.0019909606

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