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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de febrero de 2007 339017 Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinadora en los Procesos por Delitos de Terrorismo, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 23466-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal Cusco la apertura de oficina especial en el departamento de Apurímac RESOLUCIÓN SBS Nº 43-2007 Lima, 22 de enero de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. (Caja Municipal Cusco) para que se le autorice la apertura de una (1) o fi cina en la modalidad de O fi cina Especial ubicada en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 22- 2007-DEM “B”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal Cusco la apertura de una (1) O fi cina Especial ubicada en la avenida Panamericana s/n, distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 22837-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Paita S.A. la apertura de agencia en la provincia de Talara RESOLUCIÓN SBS Nº 73-2007 Lima, 24 de enero de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZASVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Paita S.A. para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada o fi cina; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 037- 2007-DEM “B”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en la Circular Nº CM-0334-2005 y sus modi fi catorias y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Paita S.A. la apertura de una Agencia ubicada en avenida A-107 - Frente, distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 22841-1 Autorizan viaje de funcionario para participar en visita de inspección al Banco Centro Mundo en Ecuador RESOLUCIÓN SBS Nº 107-2007 Lima, 2 de febrero de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervisión consolidada al conglomerado Altas Cumbres; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente realizar una visita de inspección al Banco Centro Mundo, entidad fi nanciera que es integrante del conglomerado Altas Cumbres al cual pertenece el Banco de Trabajo; Que, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de conformidad con el Memorándum de Cooperación o Entendimiento celebrado entre esta Superintendencia y la Superintendencia de Bancos y Seguros de la República del Ecuador, se han realizado coordinaciones con la citada entidad, a fi n de que representantes de nuestra Institución realicen una visita de inspección al Banco Centro Mundo, la misma que se llevará a cabo del 5 al 9 de febrero de 2007 en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, el principal objetivo de la visita de inspección señalada estará centrado en la evaluación de la situación económico fi nanciera del banco al 31 de diciembre de 2006, así como en la revisión del grado de implementación de las principales recomendaciones del organismo supervisor correspondiente y de los auditores internos y externos;