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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (07/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de febrero de 2007 339266 Item Descripción del servicio Monto Total S/. 1 Servicio de recolección de maleza y su eliminación fi nal 355,227.30 2 Servicio de riego de áreas verdes con camiones cisterna 1,518,000.00 3 Servicio de mantenimiento de áreas verdes 1,609,960.83 3,483,188.13 Totalizando la suma de 3’483,188.13 (tres millones cuatrocientos ochenta y tres mil ciento ochenta y ocho 13/100 nuevos soles) con fuente de Financiamiento 9 - Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Disponer que el gasto a que se refi ere el presente Acuerdo está referido exclusivamente a los servicios que se generen a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo correspondiente, siendo que en ningún caso se autorizan regularizaciones, en tal sentido se dispone Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas, efectúe la contratación para los Servicios señalados en el artículo precedente de acuerdo a las especi fi caciones técnicas y, conforme a lo dispuesto en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar al Gerente Municipal que informe al Pleno del Concejo de las acciones adoptadas en función al acuerdo que genere el presente dictamen, además de recomendar que se preste la facilidades de lcaso a los miembros de la Comisión de Medio Ambiente del Concejo Municipal, para que en cumplimiento de sus funciones de fi scalización y con la debida noti fi cación previa, puedan presenciar los actos correspondientes a la contratación de los servicios cuya prestación se declara en desabastecimiento inminente, sugiriendo además que estos actos sean certi fi cados con presencia notarial de manera permanente. Artículo Quinto.- Autorizar al señor Alcalde, para, de ser el caso, proceda a iniciar las acciones que correspondan, conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a los funcionarios o servidores públicos que originaron el desabastecimiento inminente, de conformidad con el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Sexto.- Encargar al Secretario General la remisión de los Informes Técnico- Legal que sustentan el presente Acuerdo, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes a su fecha de expedición. Artículo Sétimo.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Octavo.- Disponer el reporte y publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 24169-1 Prorrogan vigencia de la tarjeta VSP Vecino Surcano Preferente - 2006 hasta el 31 de agosto de 2007 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2007-MSS Santiago de Surco, 29 de enero de 2007EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: Los Informes Nº 006-2007-SGSE-GM-MSS del 09ENE2007 y Nº 026-2007-SGSE-GM-MSS del 24ENE2007 de la Subgerencia de Servicios Especiales, por los que solicita la prórroga de la vigencia de las Tarjetas VSP ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 50-2000-ACSS de fecha 18.07.2000, se aprobó la creación de la Tarjeta Vecinal denominada “Vecino Surcano Preferente” dentro de la política de otorgar incentivos y facilidades a los vecinos del distrito de Santiago de Surco que cumplan con sus obligaciones tributarias; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 05-2000- MSS de fecha 31 de octubre del 2000, se aprobó el otorgamiento de la Tarjeta denominada Vecino Surcano Preferente “VSP” a los contribuyentes del distrito que cumplan sus obligaciones tributarias, con el propósito de brindarles trato preferente progresivo en todas sus gestiones y requerimientos de servicios que demanden de la Corporación y acceder a los bene fi cios que estén dispuestos a brindar las empresas y comerciantes que desarrollen sus actividades en el distrito y se a fi lien al sistema Vecino Surcano Preferente; Que, según durante el periodo 2000-2006 la cantidad de vecinos surcanos preferentes a quienes se ha concedido la tarjeta VSP, ha evolucionado favorablemente, constituyendo actualmente el cincuenta por ciento (50%) aproximadamente del total de contribuyentes del distrito, en vista que durante los años de vigencia del sistema VSP, los bene fi cios que gozan los contribuyentes preferentes se han difundido ampliamente entre los vecinos del distrito, lo que redunda en la mejora de la conciencia tributaria; Que, a fi n de mantener el tratamiento distintivo de este importante segmento de vecinos, cumplidores de sus obligaciones tributarias, resulta preciso mantener el sistema Vecino Surcano Preferente para los tarjeta habientes, con el objeto de recalcar la condición preferencial que la Municipalidad con fi ere a este sector de ciudadanos residentes en el distrito; Que, en vista de la aprobación de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 – Ley Nº 28927, publicada el 22 de diciembre pasado en el Diario O fi cial El Peruano, en cuyo Capítulo II se establecen las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad, que son de cumplimiento por las entidades del sector público con el objeto de ejecutar el gasto público con racionalidad y disciplina presupuestaria, así como mantener el equilibrio presupuestario a que se re fi ere la Constitución Política, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411 y la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal Nº 27245 y sus modi fi catorias; Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando al Informe Nº 089-2007-OAJ-MSS del 25 de enero de 2007 de la O fi cina de Asesoría Jurídica y al Informe Nº 025-2007-GM-MSS del 26 de enero de 2007 de la Gerencia Municipal; En uso de las facultades establecidas en el Numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la tarjeta VSP Vecino Surcano Preferente - 2006, cuyo vencimiento original es el 28 de febrero del 2007, hasta el 31 de agosto del 2007. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, para que a través de las áreas operativas de esta Corporación, disponga las comunicaciones de la prórroga de la tarjeta VSP, tanto a los contribuyentes como a las empresas del distrito a fi liadas al sistema VSP; asimismo a establecer los mecanismos necesarios para brindar los bene fi cios de contribuyente preferente a los que se incorporaron