Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2007 (07/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2007

Articulo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 24597-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Sustituyen el Art. 55° del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP referido a Prestaciones ,
RESOLUCION SBS Nº 110-2007 MORDAZA, 5 de febrero de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado mediante Resolucion Nº 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias, contempla, entre otros aspectos, el MORDAZA de eleccion de la modalidad de pension por parte de los afiliados y/o beneficiarios en el SPP; Que, el articulo 55º del mencionado titulo establece el procedimiento de eleccion de la modalidad de pension, entendiendo por ello al MORDAZA mediante el cual el afiliado y/o beneficiario opta por alguna de las cotizaciones presentadas por la AFP o la empresa de seguros, dentro del conjunto de productos previsionales que se encuentren inscritos en el Registro del SPP; Que, con la finalidad de promover un entorno de mayor transparencia y proteccion de los derechos de los afiliados y/o beneficiarios asi como de las entidades ­AFP y empresas de seguros- participantes de los procesos de seleccion del MORDAZA de retiros y rentas en el SPP, resulta necesaria la participacion de veedores en los procesos de seleccion de modalidades de pension que se realicen, a fin de garantizar un ambiente de MORDAZA competencia en el referido mercado; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de Asesoria Juridica; y; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, asi como por lo dispuesto en la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00498-EF; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituyase el articulo 55º del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones, del modo siguiente:

"Articulo 55º.- Eleccion de la modalidad de pension. Una vez concluido el procedimiento senalado en el Articulo anterior, el afiliado debera optar por alguna de las cotizaciones presentadas teniendo para ello un plazo MORDAZA de un dia desde la entrega de las cotizaciones al solicitante. La AFP debera dejar MORDAZA en el Acta de MORDAZA de Cotizaciones del texto siguiente: "Por efecto de las variaciones en el valor de la cuota de la AFP o, el MORDAZA de cambio, entre la fecha de eleccion de la cotizacion y la fecha de la transferencia de fondos a la empresa de seguros, el monto de la pension a percibir puede ser distinto al registrado en la presente acta". La eleccion de una determinada modalidad de pension queda sustentada a traves de la seccion V "Producto Previsional Elegido" de la "Solicitud de Pension de Jubilacion" del presente Titulo, segun corresponda y en el MORDAZA del procedimiento de contratacion electronica de rentas que se encuentre vigente. Tanto la AFP, de ser el caso, como la empresa de seguros y el afiliado se obligan en los terminos contenidos en la cotizacion, con la precision senalada en el parrafo anterior. Se entendera que, en el caso de la Renta Vitalicia, el contrato queda perfeccionado en el momento en que la empresa de seguros es notificada de la aceptacion por parte del afiliado de la correspondiente cotizacion y, en el caso del Retiro Programado y Renta Temporal, a la firma de la precitada seccion V. El representante de la AFP y el solicitante suscribiran el "Acta de MORDAZA de Cotizaciones de Pension" (seccion IV) y el "Producto Previsional Elegido" (seccion V), identificandose con el correspondiente documento de identidad y escribiendo sus nombres y apellidos completos con letra MORDAZA imprenta. Para efectos del MORDAZA de suscripcion de la referida seccion V, se contara con la presencia de veedores que podran ser designados por las empresas de seguros, de modo individual, o por la entidad gremial que las agrupe, debiendo las AFP, a dicho fin, facilitar los medios necesarios para una adecuada labor de los referidos veedores. En ningun caso, la no participacion de veedores en un determinado MORDAZA de eleccion invalida la decision que adopte un afiliado y/o beneficiario dentro del MORDAZA de retiros y rentas en el SPP. En la Carpeta Individual del Afiliado, la administradora debera archivar, en adicion a los originales de la solicitud de pension de jubilacion, la cotizacion que resulto elegida por el afiliado. La Superintendencia reglamentara, mediante circular, las condiciones en las que las AFP podran aplicar el abandono de MORDAZA por causas imputables al afiliado. Similar procedimiento sera aplicable para los beneficios de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, asi como cualquier otro MORDAZA de procedimiento vinculado con beneficios al interior del SPP. Asimismo, establecera las condiciones generales de la participacion de los veedores en el MORDAZA de contratacion de retiros y rentas en el SPP a que se refiere el presente articulo, mediante Circular." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 23980-1

Establecen disposiciones sobre designacion y participacion de veedores en el MORDAZA de contratacion de rentas y retiros en el SPP
CIRCULAR Nº AFP- 81 -2007 MORDAZA, 5 de febrero de 2007 _____________________________________ Ref.: Designacion y participacion de veedores en el MORDAZA de contratacion de rentas y retiros en el SPP _____________________________________

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