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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de febrero de 2007 339250 la Inscripción Nº 21433459, mediante el Formulario de Identidad Nº 24709207, solicitó la recti fi cación de su fecha de nacimiento en el Documento Nacional de Identidad, presentando como sustento de su pretensión el Acta de Nacimiento Nº 1127, expedida presuntamente por la O fi cina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Ica, en la que fi gura como fecha de su nacimiento el 16 de junio de 1970, la cual resultó ser falsa, conforme se desprende del O fi cio Nº 803-05-CPESC/SGRC-MPI de fecha 22 de agosto del 2005, remitido por el Jefe del Registro Civil que funciona en dicha comuna, adjuntando copia certi fi cada de la Partida Nº 1127 del Libro de Nacimientos del año 1966, correspondiente a JULIE MARLENE BENDEZU DEGREGORI, en la que se consigna como fecha de su nacimiento el 16 de junio de 1966 y no el 16 de junio de 1970; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de la ciudadana citada se encuentra tipi fi cado como delito contra la fe pública en la modalidad de falsi fi cación de documentos, por haber utilizado un documento falso con el objeto de emplearlo como si fuera legítimo, ilícito contemplado en el artículo 427º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra JULIE MARLENE BENDEZU DEGREGORI, por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsifi cación de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 24488-7 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1465-2006-JEF/RENIEC Lima, 29 de diciembre de 2006VISTOS:El O fi cio Nº 5216-2006/GO/RENIEC y el Informe Nº 001582-2006-GAJ/RENIEC de fecha 27 de diciembre de 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el proceso de incorporación en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, requiere de una cali fi cación previa, por lo que todo trámite ingresa a una línea de proceso, dentro del cual se ubica un área especializada en la evaluación razonada de los procedimientos, encargada de la veri fi cación de la concurrencia de los requisitos necesarios y detectar actos irregulares, ocasionados por la presentación de documentos ilegítimos y declaraciones indebidas; con la fi nalidad de excluir de éste, en forma de fi nitiva o temporal aquellas inscripciones que hayan sido afectadas por hechos o actos irregulares que vician el procedimiento registral y así preservar la seguridad jurídica del registro;Que, de acuerdo al Informe Nº 3021-2006-SGREC/ GO/RENIEC, se ha determinado que el ciudadano JOSE MELCIADES ARAUJO TRUJILLO, el día 14 de abril de 2005 contrajo matrimonio civil con la señora AIDA ELENA GUERRA en la Municipalidad Distrital de Lurín, estando casado con doña ANA MARIA CARAZAS RIVEROS, por haber contraído nupcias con ésta última persona el 8 de marzo de 1991 ante la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conforme a las Actas de Matrimonio Nº 298 del Libro de Matrimonio del año 1991 (Municipalidad Distrital de Lurín) y Nº 00810440 del Libro de Matrimonios del año 2005 (Municipalidad Distrital de San Martín de Porres); Además, el ciudadano JOSE MELCIADES ARAUJO TRUJILLO insertó declaraciones falsas sobre su real estado civil en el expediente matrimonial que contrajo con la señora AIDA ELENA GUERRA ante la Municipalidad Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, en la que declaró su estado civil como SOLTERO, siendo el caso, que este ciudadano JOSE MELCIADES ARAUJO TRUJILLO se encontraba casado con doña ANA MARIA CARAZAS RIVEROS, por haber contraído nupcias el 8 de marzo de 1991 en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento del ciudadano JOSE MELCIADES ARAUJO TRUJILLO se encuentra tipi fi cado como delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsedad ideológica previsto y sancionado en el artículo 438º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra el ciudadano JOSE MELCIADES ARAUJO TRUJILLO por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 24488-2 MINISTERIO PUBLICO Designan Jefe de la Oficina Desconcen- trada de Control Interno del Distrito Judicial de Ayacucho RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 007-2007-MP-FN-JFS Lima, 6 de febrero del 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud de renuncia formulada por la doctora Hilda Graciela Montes Navidad, Fiscal Superior Titular de la Segunda Fiscalía Superior Mixta del Distrito Judicial de Ayacucho, al cargo de Jefa de la O fi cina Desconcentrada