Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2007 (07/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2007

Visto el Informe Nº 020-2007/COPESCO-DE, de la Directora Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudacion del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponde a la SUNAT, seran transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice, entre otros, a traves del Plan COPESCO Nacional (antes Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refiere el articulo 1º de dicha Ley; Que, con el proposito de reforzar la capacidad financiera de los gobiernos regionales y gobiernos locales, contribuir con el fortalecimiento del MORDAZA de descentralizacion, asi como continuar con la ejecucion de los proyectos de inversion que formula a nivel nacional la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, resulta necesario transferir recursos financieros a los gobiernos regionales y locales considerados en el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2007, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 124 -2007-MINCETUR/DM, del 4 de junio de 2007, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios generados por la recaudacion del Impuesto Extraordinario MORDAZA citado; Que, de otra parte, mediante Decreto Supremo Nº 186-2006-EF del 25 de noviembre de 2006 y Resolucion Ministerial Nº 073-2007-MINCETUR/DM, del 29 de marzo de 2007, se aprobaron transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Regionales para la ejecucion del proyecto denominado "Mejora de la Orientacion Turistica Nacional mediante una Senalizacion Estandarizada", cuyo monto para cada Gobierno Regional, fue fijado a partir de la informacion obtenida del estudio de pre-factibilidad correspondiente; Que, a la fecha, sin embargo, han sido aprobados los expedientes tecnicos correspondientes al citado proyecto, cuyos valores de obra resultan superiores a los previstos en el Decreto Supremo y Resolucion Ministerial, citados en el considerando precedente, por lo que, a fin de contribuir a la culminacion de las obras, se requiere transferir la suma de S/. 589,734.00 (Quinientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro con 00/100 nuevos soles) adicionales. Los beneficiarios de tales recursos se encuentran considerados en el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2007, MORDAZA citado; Que, asimismo, segun las evaluaciones realizadas por el Comite del Fondo para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional creado por la Ley Nº 27889, en la Sesion Nº 2-2007, de fecha 11 de MORDAZA de 2007, asi como por el Plan COPESCO Nacional, es conveniente reorientar los recursos inicialmente destinados para el proyecto denominado "Puesta en Valor de los Principales Recursos Turisticos del Santuario Historico del Bosque de Pomac", a cargo de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, destinandolos a la Unidad Ejecutora "Naylamp - Lambayeque" , creada mediante la Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 28939 ­ Ley que aprueba el Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico 2006, a cargo de los monumentos arqueologicos del Departamento de Lambayeque; transferencia que debe ser aprobada por Decreto Supremo; Que, finalmente, es necesario rectificar el item 28 del Anexo 01 de la Resolucion Ministerial Nº 073-2007MINCETUR/DM, MORDAZA citada, en el cual se consigno por error material como nombre de la entidad beneficiaria de la transferencia financiera, la Municipalidad Distrital de Inapari, debiendo ser la Municipalidad Provincial de Tahuamanu - Inapari; Que, la Septima Disposicion Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para

el Ano fiscal 2007, modificatoria del articulo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, autoriza a aprobar a traves de Resolucion del Titular del Pliego, transferencias financieras del Plan COPESCO Nacional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, para la realizacion de proyectos de inversion que permitan el desarrollo de la actividad turistica nacional; Que, de conformidad con la Ley Nº 27790, la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias, la Ley Nº 28927 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Ley Nº 28979 ­ Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones, la Ley Nº 27889 ­ Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072003- MINCETUR y Decreto Supremo Nº 030-2004MINCETUR; De acuerdo con el Informe del Visto y el Informe Nº 180-2007-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las transferencias financieras de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por un monto total de S/. 2'508,515 (Dos millones quinientos ocho mil quinientos quince con 00/100 Nuevos Soles), a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales segun detalle que se consigna en el Anexo Nº 1, en un folio, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, para ser destinadas a la ejecucion de los proyectos incluidos en el vigente Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional y que se mencionan en el mismo Anexo, de acuerdo a los terminos de los convenios de cooperacion interinstitucional, que para tal efecto suscribira la Directora Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional con cada uno de los gobiernos regionales y gobiernos locales receptores de las transferencias. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion del MINCETUR a girar a nombre de los gobiernos regionales y gobiernos locales mencionados en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion Ministerial, los montos autorizados correspondientes, en funcion a los calendarios de compromisos que autorice la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la transferencia financiera aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 073-2006-MINCETUR/DM, de fecha 29 de marzo de 2007, por la suma de S/. 403,516.00, a favor de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, para la ejecucion del proyecto "Puesta en Valor de los Principales Recursos Turisticos del Santuario Historico del Bosque de Pomac", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Rectificar el item Nº 28 del Anexo 01 de la Resolucion Ministerial Nº 073-2006-MINCETUR/ DM, consignando como entidad de destino de la transferencia financiera, a la Municipalidad Provincial de Tahuamanu ­ Inapari, en lugar de la Municipalidad Distrital de Inapari. Articulo 5º.- La presente Resolucion, ademas de ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, debera publicarse en la pagina web del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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