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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2007 348592 DEFENSA Autorizan ingreso de personal militar de Chile para participar en intercambio del Curso de Comunicaciones y del Curso Básico de Inteligencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 499-2007 DE/SG Lima, 6 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 709 de fecha 19 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile, se acordó efectuar el Intercambio Profesional de O fi ciales; dicha actividad ha sido considerada en el Plan de Intercambio de O fi ciales entre ambos Países, habiéndose coordinado que los O fi ciales de la República de Chile visiten el Perú en el período comprendido del 15 de julio al 20 de diciembre de 2007; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 15 de julio al 20 de diciembre de 2007, para participar en un intercambio del Curso de Comunicaciones y del Curso Básico de Inteligencia. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 81580-1Designan representantes titular y alterno del Sector Defensa ante la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud - CONAMUSA para el período 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 503-2007 DE/SG Lima, 6 de julio de 2007Visto, el O fi cio Nº 128 MD/VALP de 13 febrero 2007 emitido por el señor Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2004-SA, de fecha 21 mayo 2004, se constituye la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUSA, como el Mecanismo de Coordinación del País a que se re fi eren los Contratos de Donación de Programa suscritos entre el Fondo Global para la Lucha contra el VIH SIDA, la Tuberculosis y la Malaria; Que el Art. 3º del mencionado dispositivo, así como el Art 4º de su reglamento, establece que la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUSA, estará integrada, entre otros, por Un (1) representante del Ministerio de Defensa; Que el Art. 5º del Reglamento de Funcionamiento de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUSA, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 218-2005-MINSA de fecha 18 marzo 2005, establece que las entidades estatales designan a sus representantes, titular y suplente, mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, mediante O fi cio Nº 3450-2006-DM/MINSA de fecha 24 noviembre 2006, el señor Ministro de Salud mani fi esta que es de urgente necesidad, que los sectores estatales y no estatales realicen la renovación y acreditación de sus representantes ante la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud - CONAMUSA para el período 2007; Que, mediante O fi cio Nº 09 VALP/B/05 de 17 enero 2007, emitido por el Director Técnico de Personal del Ministerio de Defensa se propone el nombramiento del COM. FAP Méd. Felipe Orestes ALIAGA MARIÑAS y del Médico epidemiólogo EP Rollin Aurélio CRUZ Malpartida, como representantes titular y alterno del Sector Defensa, ante la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUDA para el período 2007; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa y Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 629-2005 DE/SG de fecha 8 julio 2005, que rati fi có al Tte. Cruel. EP Rafael RODRIGUEZ Bayona como representante Titular del Ministerio de Defensa ante la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUSA y la Resolución Ministerial Nº 571-2006 DE/SG de 31 mayo 2006, que designó al Capitán de Corbeta SN Alejandro MERCADO Noriega, como representante suplente, ante la mencionada entidad. Artículo 2º.- Designar al COM. FAP Méd Felipe Orestes ALIAGA MARIÑAS y al Médico Epidemiólogo EP Rollin Aurélio CRUZ Malpartida, como representantes Titular y Alterno del Sector Defensa ante la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud – CONAMUSA, para el período 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 81580-2