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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de julio de 2007 349128 Díaz Carmelino al cargo de Jefe de la O fi cina Regional del INDECOPI de La Libertad y al cargo de Secretario Técnico de la Comisión Institucional que opera adscrita a dicha O fi cina, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación del señor Sergio Obregón Matos en el cargo de Jefe de la Ofi cina Regional del INDECOPI en Puno, con efectividad al 16 de julio de 2007. Artículo 3º.- Designar, a partir del 16 de julio de 2007, al señor Sergio Obregón Matos en el cargo de Jefe de la O fi cina Regional del INDECOPI de La Libertad y Secretario Técnico de la Comisión Institucional que opera en dicha O fi cina Regional. Artículo 4º.- Encargar, a partir del 16 de julio de 2007, al señor Juan Pilco Herrera la Jefatura de la O fi cina Regional de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME THORNE LEÓN Presidente del Directorio 84073-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Acreditan a Micro Biol S.A. como laboratorio oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 221-2007-J-OPD/INS Lima, 6 de junio del 2007Visto, el Informe Nº 052/2007-DG-CNCC-INS del 23 de mayo de 2007 emitido por el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el literal b) del artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece entre otros aspectos, como competencia del Centro Nacional de Control de Calidad, la evaluación, supervisión, autorización y/o acreditación de los laboratorios analíticos como integrantes de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos y afi nes del Sector Público, para la emisión de protocolos de análisis de calidad y/o certi fi cados de calidad sanitaria de los medicamentos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 244-96-J- OPD-INS se aprobó el “Reglamento de Autorización y/o Acreditación de Laboratorios Analíticos para la emisión de Protocolos de Análisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares”; el cual señala respecto a la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos, que está constituida por un sistema integrado de laboratorios analíticos autorizados por el Instituto Nacional de Salud para emitir protocolos de calidad de medicamentos de uso humano y afines; Que, mediante documento presentado el 25 de octubre de 2006, la empresa MICRO BIOL S.A. solicitó su incorporación a la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos y autorización para emitir protocolos de análisis de medicamentos, artículos médico-quirúrgicos, cosméticos y similares; Que, mediante el Informe de Visto, la Dirección General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud, informa que de acuerdo al dictamen de la Comisión Evaluadora y al puntaje alcanzado, opina favorablemente por la acreditación y autorización de análisis y procedimientos solicitados; De conformidad con el numeral 5.5.5 del “Reglamento de Autorización y/o Acreditación de Laboratorios Analíticos para la emisión de Protocolos de Análisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares”; Resoluciones Jefaturales Nº 186-99-J-OPD/INS y Nº 379-2007-J-OPD/INS, mediante las cuales se aprueban modi fi catorias al citado Reglamento y; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar a la Empresa MICRO BIOL S.A., como laboratorio o fi cial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud. Artículo 2º.- Autorizar a la Empresa MICRO BIOL S.A., para emitir protocolos, ejecutar análisis, emitir informes de ensayo y/o certi fi cados de análisis de calidad de medicamentos de uso humano y a fi nes, biológicos, artículos médicos-quirúrgicos y/o cosméticos en los siguientes rubros: ENSAYOS : 1. Microbiológicos• Prueba de Control de Límite Microbiano. • Prueba de E fi cacia Antimicrobiana. • Cuanti fi cación de Vitaminas por método Microbiológico. 2. Procedimientos • Emisión de Informes de Ensayo y Certi fi cados de Análisis Subcontratados en la Red. Artículo 3º.- Los informes de ensayo y/o certificados de análisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biológicos, artículos médicos-quirúrgicos y/o cosméticos deberán ser firmados por un profesional Químico Farmacéutico colegiado, autorizado por la Empresa MICRO BIOL S.A. Artículo 4º.- La Empresa MICRO BIOL SA., deberá someterse periódicamente a evaluaciones y/o auditorías técnico-científicas a cargo del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud y deberá participar en los programas de ensayos interlaboratorios que organice la entidad acreditadora. Artículo 5º.- La acreditación y autorización otorgada a la Empresa MICRO BIOL S.A., tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de la presente resolución. Artículo 6º.- La Empresa MICRO BIOL SA., deberá cumplir con todas las disposiciones que norman el control de calidad de productos farmacéuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, así como el Reglamento de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Productos Farmacéuticos y Afines del Sector Salud, las Guías Generales de Control de Calidad de Productos Pesquisados; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA JANNET GARCÍA FUNEGRA Jefa 84434-1