Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2007 (19/07/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

349392

NORMAS LEGALES
Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2007

VISTO: El Oficio Nº 758-PE-ESSALUD-2007 de fecha 13 de MORDAZA de 2007, del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (ESSALUD); y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto de Seguros Sociales es un organismo que brinda aseguramiento a los trabajadores, empresas y pensionados colombianos y sus familias en salud, pensiones, riesgos profesionales y otros seguros de proteccion social, orientados por los principios de universalidad, sostenibilidad, calidad y eficiencia, habiendo logrado desarrollar un modelo de abastecimiento eficiente que garantiza la oportunidad de las prestaciones que brinda a sus afiliados; Que, mediante Carta VEPS Nº 13734 del 9 de MORDAZA del 2007 el Vicepresidente de EPS del Seguro Social de Colombia, senala su predisposicion de brindar un aporte al Seguro Social de Salud - ESSALUD, compartiendo sus experiencias respecto a la adquisicion, almacenamiento, distribucion y dispensacion de medicamentos; Que, la eficiencia de los sistemas de adquisicion, almacenamiento y distribucion de bienes estrategicos (medicamentos y material medico) es un aspecto prioritario de la nueva gestion de ESSALUD en la medida que ello permitira optimizar el uso de dichos recursos en beneficio de sus asegurados; Que, el Seguro Social de Salud - ESSALUD ha emprendido un MORDAZA de Reforma de la Seguridad Social con el fin de establecer nuevas politicas y estrategias para modernizar la Seguridad Social en el Peru, dentro de lo cual se ha contemplado la implementacion de un MORDAZA modelo de la cadena de suministros que permita la atencion oportuna y eficiente a la poblacion asegurada; Que, en ese sentido, siendo indispensable las citadas reuniones para los fines institucionales, el Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud -ESSALUD ha designado a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina General de Administracion y al senor MORDAZA MORDAZA Sobrados MORDAZA, Gerente Central de Logistica como representantes del Seguro Social de Salud - ESSALUD, para que se reunan con los funcionarios del Instituto de Seguros Sociales - EPS en la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 22 al 24 de MORDAZA de 2007, a efectos de conocer de cerca el modelo de suministro colombiano y evaluar su implementacion en el Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, asumira los gastos que generen la participacion de los citados funcionarios en la reunion del mencionado Comite; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo; el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2007; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios de la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina General de Administracion y del senor MORDAZA SOBRADOS MORDAZA, Gerente Central de Logistica del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 21 al 24 de MORDAZA de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema, seran cubiertos con recursos del presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 584.06 800.00 30.25

Senor MORDAZA MORDAZA SOBRADOS MORDAZA 584.06 800.00 30.25

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberan presentar ante su Institucion, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Salud, encargado de la Cartera de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud Encargado del despacho del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo 86231-3

Aprueban transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" a organismos ejecutores del sector publico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194-2007-TR MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Informe N° 085-2007-DVMPEMPE/CP/ PP de fecha 03 de MORDAZA de 2007, de la Oficina de de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; el Informe Legal N° 122-2007-DVMPEMPE/CP-AL de fecha 12 de MORDAZA de 2007, de la Jefa de Asesoria Legal del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; y el Oficio N° 522-2007-MTPE/3/14.120 de fecha 17 de MORDAZA de 2007, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigesima Cuarta Disposiciones Complementarias Disposiciones Finales, que el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como unidad ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, tiene autonomia administrativa, financiera y presupuestal, siendo su objetivo la generacion de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la poblacion desempleada de las areas urbanos y rurales, favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso economico, en situacion de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ambito y alcance, se denominara Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" (En adelante el PROGRAMA); Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto de Urgencia Nº 130-2001,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.