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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2007 (19/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de julio de 2007 349378 Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 86231-2 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y lácteos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 014-2007-EF/15.01 Lima, 18 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modi fi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modi fi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 086-2007-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 121-2006-EF y la Tabla Aduanera del Maíz aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de julio de 2007; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modi fi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modi fi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)US$ por T.M.--------------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo--------------------------------------------------------------------------------------------Del 1/7/2007 al15/7/2007 171 345 374 2 697-------------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MIGUEL CAYO MATA Viceministro de Economía 85774-1Fijan nuevos plazos para la remisión del Anteproyecto de Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el año fiscal 2008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 033-2007-EF/76.01 Lima, 17 de julio del 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 024- 2007-EF/76.01 se aprobó la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01, Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, así como el Anexo III “Gobiernos Locales - Programación, Formulación y Aprobación 2008”, que forma parte de ella. Que, el citado Anexo III, a través del numeral 13.1, artículo 13º, fi jó el 18 de julio de 2007, como plazo para que las Municipalidades Distritales presenten sus Anteproyectos de Presupuesto correspondiente al año fi scal 2008 a las Municipalidades Provinciales a las cuales se vinculan geográ fi camente; y, el 25 de julio de 2007, para que las Municipalidades Provinciales consoliden y presenten a la Dirección Nacional del Presupuesto Público los Anteproyectos de Presupuesto de las municipalidades que integran la provincia; Que, con fecha 13 de julio del presente, la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales ha publicado, en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/65.01, a través de la cual se publican las cifras estimadas de las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales, para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto para el año fi scal 2008; Que, la reciente publicación de la información a que se refi ere el considerando anterior, determina la necesidad defi jar nuevos plazos para que los Gobiernos Locales remitan sus Anteproyectos de Presupuesto para el año fi scal 2008; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y normas modi fi catorias; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público en concordancia con los artículos 3° y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Fijar los nuevos plazos para la remisión del Anteproyecto de Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el año fi scal 2008, a que se re fi ere el numeral 13.1, del artículo 13º del Anexo III “Gobiernos Locales - Programación, Formulación y Aprobación 2008”, que forma parte de la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01, Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 024-2007-EF/76.01, conforme a lo siguiente: a) Hasta el 25 de julio del 2007, el plazo para que las Municipalidades Distritales presenten sus Anteproyectos de Presupuesto correspondiente al año fi scal 2008 a la Municipalidad Provincial, a la cual se vinculan geográ fi camente. b) Hasta el 02 de agosto del 2007, el plazo para que las Municipalidades Provinciales consoliden y presenten a la Dirección Nacional del Presupuesto Público los Anteproyectos de Presupuesto de las municipalidades que integran la provincia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 86121-1