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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2007 346346 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAMALCA Corrigen Acuerdo N° 04-2007-MDJ referente a la adquisición de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 014 - MDJ/CM Jamalca, 21 de mayo del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAMALCA En Sesión Extraordinaria de fecha 21 de mayo del año 2007, bajo Presidencia del SR. ALCALDE PROF. RICARDO CABRERA BRAVO y la Asistencia de los señores Regidores: RICHARD SANTOS DÍAZ TORRES, SR. JOSE ELÍAS YOVERA ZUMAETA, SRA. MAGDALENA YOMONA DE CUEVA, SR. LORENZO CHERO BARBOZA, SR. MIGUEL ZUMAETA DE LA CRUZ; VISTO: El O fi cio Nº E-315-2007/GNP/APS sobre las Observaciones realizadas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, Informe Nº 003-2007-MDJ/ATE, Informe Nº 002-2007- MDJ/CPVL y el Informe Nº 004-MDJ/AL; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y por la Ley N° 28607 promulgada el 4 de octubre de 2005, donde establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, según Informe Nº 003-2007-MDJ/ATE emitido por la Asesoría Técnica de la Municipalidad Distrital de Jamalca señala que se corrija y levante las observaciones hechas mediante O fi cio Nº E-315-2007/GNP/APS y donde sugiere que emita un nuevo informe la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche y la Asesoría Legal de la Municipalidad Distrital de Jamalca y posteriormente haga de conocimiento a CONSUCODE y a la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA; Que, mediante Informe Nº 002-2007-MDJ/CPVL emitido por la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Dsitrital de Jamalca, informa que en la parte resolutiva del Acuerdo de Concejo Nº 04- 2007-MDJ en su Art. 2º existe un error, se ha digitado los meses para abastecer “marzo y abril” y debe ser “enero y febrero”; Que, también dicho informe aclara que el producto es LECHE EVAPORADA ENTERA, con la cantidad de 27,968.84 y el monto referencial para los dos meses de enero y febrero del presente año, con la suma de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO y 34/100 ( S/. 25,731.34) NUEVOS SOLES y con la Fuente de Financiamiento RECURSOS ORDINARIOS PARA GOBIERNOS LOCALES; Que, en el mismo informe hace referencia, que si se ha publicado en el Diario La República según el informe de la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche;Que, la Presidencia de la Comisión de Servicios y Programas Sociales Sra. Regidora MAGDALENA YOMONA DE CUEVA informa al pleno del Concejo, que escuchando las observancias realizadas por la Sugerente de la Administración de la Plataforma SEACE – CONSUCODE reafi rma que en esa oportunidad se apruebo LA EXONERACION DEL PROCESO DE SELECCIÓN para la Adquisición del Producto del Programa del Vaso de Leche y se declara por DESABASTECIMIENTO INMINENTE los meses de enero y febrero del 2007, ante esta situación debo aclarar que se realizó la compra del producto LECHE EVAPORADA ENTERA para estos dos meses y que se han sido entregados a los bene fi ciarios sin problema alguno, quedando claro esto y cumpliendo nuestra función fi scalizadora como regidora y como Presidente de la Comisión; Que, mediante Informe Nº 004-2007-MDJ/AL emitido por la Asesoría Legal de la Municipalidad Distrital de Jamalca señala que de acuerdo a la observancia hecha por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, se levanta las observaciones del caso, teniendo en cuenta que el Acuerdo de Concejo Nº 04-2007-MDJ de fecha 9 de marzo del 2007 le ha faltado datos que son necesarios para la Declaración por Desabastecimiento Inminente, el informe emitido por la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche y el informe de la Presidencia de la Comisión de Servicios y Programas Sociales Sra. Regidora MAGDALENA YOMONA DE CUEVA; En ejercicio de las facultades otorgadas y en concordancia con el inciso 8) del Art. 9º y el Art.41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y contando con la mayoría y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APRUÉBESE la corrección de la parte resolutiva del Acuerdo de Concejo Nº 04-2007- MDJ del Art. 2º debe decir “ENCARGAR A LA OFICINA DE ABASTECIMIENTOS LA ADQUISICION DEL PRODUCTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE correspondiente a los meses de ENERO Y FEBRERO DEL AÑO 2007” Articulo Segundo.- APRUÉBESE el Producto, cantidad, monto referencial y la Fuente de Financiamiento como: ITEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO REFERENCIAL 1 LECHE EVAPORADA ENTERA TARRO 27,968.84 S/. 25, 731.34 La Fuente de Financiamiento es “RECURSOS ORDINARIOS para Gobiernos Locales”. Articulo Tercero.- CUMPLIR con la regularización de la Publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado en el SEACE y la Exoneración del Proceso de Selección. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Jamalca la remisión de copias fedateadas del presente Acuerdo de Concejo y los informes Técnicos y Legal al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE dentro del plazo establecido en el antepenúltimo párrafo del O fi cio Nº E-315-2007/GNP/APS. Articulo Quinto.- DISPONER que la Secretaria General y Abastecimientos cumplan con la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. RICARDO CABRERA BRAVO Alcalde 66766-1