Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2007 (01/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2007

El expediente Nº 153-001-AE-DREMH PASCO organizado por la EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN S.A., sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; el Oficio Nº 0202-07-G.R.PASCO/DREMH de fecha 26 de marzo de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica de Chaprin con una potencia instalada de 8 MW, ubicada en el Lugar: Pucurhuay-Chinchan Chaprin, distrito de Huariaca, provincia, departamento y Region de Pasco, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente, la misma que se enmarca en lo senalado en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844 y el articulo 67° de su Reglarnento aprobado con Decreto Supremo N° 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, el Articulo 38° del Decreto Ley N° 25844 senala que las autorizaciones seran otorgadas mediante Resolucion Ministerial por un plazo indefinido, dentro de los 30 dias calendario de presentada a solicitud, al cabo de los cuales se MORDAZA por autorizada. La solicitud debera contener la identificacion del propietario, declaracion jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, datos tecnicos, ubicacion de las instalaciones y demas informaciones con fines estadisticos; Que, el Consultor del Area de Electricidad de la DREMH Pasco, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el informe favorable Nº 009-07-CAE-DREMH PASCO/CLCC, el que luego de ser revisado por el Director Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos de Pasco, luego de haber revisado el senalo informe ha dado su conformidad segun lo senala en el Oficio del visto; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 550-2006MEM/ DM se declara que diversos Gobiernos Regionales del MORDAZA han concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, en el que se establece que el Gobierno Regional Pasco se ha transferido la funcion de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 kW y menores a 10 MW (minicentrales) siempre que esten en Ia Region; Con los visados respectivos y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR AUTORIZACION por tiempo Indefinido, a la EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN S.A., que se identificara con codigo Nº 153001-AE- DREMH PASCO, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica para una potencia instalada de 8 MW, ubicada en el Lugar Pucurhuay-ChinchanChaprin, distrito de Huariaca, provincia, departamento y Region de Pasco, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Potencia Instalada ( MW) - Caudal (m3/seg) - Tension Nominal ( kV) - Recurso hidrico - Salto (m) - Recurso hidrico : : : : : : 8.0 3.5 4,16 Rio Pucurhuay 270 Aprovechamiento de las aguas del rio Pucurhuay, (Resolucion Administrativa N° 120-2006-AGDRA-P/ATDRP).

Articulo Segundo.- ESTABLECER que la EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN S.A. esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la presente Resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y par cuenta de a EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN S.A., dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el contenido de la presente Resolucion a los organismos competentes del Gobierno Regional Pasco, a la Direccion Regional de Energia y Minas y a la EMPRESA ENERGETICA DE CHAPRIN SA. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Ancon
ORDENANZA Nº 111-2007-MDA
Ancon, 19 de MORDAZA del 2007 VISTOS: El Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Ancon presentado por la Oficina de Cooperacion y Desarrollo Economico y el Acuerdo de Concejo Nº 050-2007-MDA del 27 de MORDAZA del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Nº 27680, Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de servicios publicos de desarrollo, estableciendose que, son competentes para aprobar su organizacion interna, su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la sociedad civil; Que, segun lo dispuesto en el Articulo 17º, numerales 1 y 2, de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes y presupuestos. Asimismo, los Articulos 2º, 3º, 4º, 5º, 19º y 20º inciso 1,2 y 42 de la MORDAZA en comentario precisan que: "Los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones del sector publico y privado..."; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Titulo Preliminar, Articulo IX, senala que el MORDAZA de planificacion local es integral, permanente y participativo articulando a las municipalidades con los vecinos; Que, se ha cumplido con ejecutar diversos eventos como seminarios, talleres y consultas a las organizaciones y vecinos del distrito de Ancon, en el MORDAZA de elaboracion participativa del Plan de Desarrollo Concertado y mediante Acuerdo de Concejo Nº 050-2007-MDA del 27 de MORDAZA del 2007 se aprobo su presentacion; Que, de acuerdo al numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos";

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