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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2007 346335 establecido en el Art. 148° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; sobre su función fi scalizadora de encontrar indicios de negligencia funcional, solicitarán al Órgano de Control Institucional el respectivo examen. Artículo Sexto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Setimo.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 67529-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan plazo para acogerse a beneficios de regularización extraordinaria de deudas establecidos en la Ordenanza N° 138 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 -2007-A-MDI Independencia, 16 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Memorando Nº 177-2007-GAT/GM de fecha 16 de mayo de 2007 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, sobre Prórroga del plazo establecido en el Artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 138, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 138 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de abril del presente año, se estableció en la jurisdicción del distrito de Independencia el Bene fi cio de Regularización Extraordinaria de Deudas Tributarias y No Tributarias, exigibles y/o pendientes de pago, cuyo plazo para acogerse a sus bene fi cios vence el 23 de mayo de 2007, según lo dispuesto en su ARTÍCULO SÉPTIMO; Que, es política de la actual gestión municipal brindar todas las facilidades a los contribuyentes a fi n de que puedan regularizar su situación de morosidad y cumplir con el pago de tributos, ya sea al contado o dentro del programa deuda cero aprobada por el ARTÍCULO SEXTO de la referida Ordenanza; Que, la SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL de la Ordenanza Nº 138 delega en el señor Alcalde la facultad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación y disponga su prórroga si fuera el caso; Que, mediante el Memorando del Visto, la Gerencia de Administración Tributaria, indica que es conveniente ampliar el plazo por 30 días adicionales al establecido por el Artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 138; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades previstas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE, por 30 DÍAS el plazo establecido en el ARTÍCULO SÉPTIMO de la Ordenanza Nº 138, publicada el 10 de abril del presente año, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración de Recursos y Unidad de Informática el cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 67505-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan vencimiento de plazo para acogerse al régimen de beneficios tributarios y administrativos extraor-dinarios denominado “Ponte al día con Jesús María” DECRETO DE ALCALDÍA N° 017-2007-MDJM Jesús María, 23 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; Visto, el Memorándum N° 569-2007-MDJM/GR, de fecha 22 de mayo del 2007 por el cual propone la prórroga de diversos bene fi cios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 209-MJM se estableció el régimen de bene fi cios tributarios y administrativos extraordinarios denominado “Ponte al día con Jesús María” para que los vecinos de Jesús María regularicen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y del pago de multas. Que, el artículo 6º de la citada Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia del mismo; Que, atendiendo a una moderna y e fi ciente gestión administrativa, resulta ser una función de la Municipalidad otorgar a los contribuyentes las facilidades para que cumplan con la regularización del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas que además repercute en el sinceramiento de los saldos por cobrar tributario y no tributario dejados por la gestión anterior. Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 8 de junio del 2007, el vencimiento del plazo para acogerse al régimen de bene fi cios tributarios y administrativos extraordinarios denominado “Ponte al día con Jesús María” establecido por la Ordenanza N° 209-MJM. Artículo Segundo.- Encárguese a las Gerencias de Rentas y de Administración, y las Subgerencias de Informática, Tesorería, Logística y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto y a la Gerencia de Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase.ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 66758-1