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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (01/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2007 346333 a la Subgerencia de Fiscalización de esta Corporación Municipal y a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO FERNANDO CASTRO VÁSQUEZ Gerente de Desarrollo Urbano 66625-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Prorrogan plazo de vigencia del “Beneficio por Regularización de Obligaciones Tributarias otorgada mediante la Ordenanza N° 140-2007-MDCH DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-07-MDCH Chaclacayo, 30 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario – D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 140-2007-MDCH, de fecha 29 de marzo del 2007, se aprobó el “Bene fi cio por Regularización de Obligaciones Tributarias en forma voluntaria derivadas de un Proceso de Fiscalización y/o como resultado del Catastro Predial Urbano” cuya vigencia fue aprobada hasta el 31 de mayo del 2007; Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ordenanza Nº 140-2007-MDCH, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía puede prorrogar el plazo de vigencia del bene fi cio señalado en considerando anterior, de ser necesaria la misma; Que, mediante Informe Nº 046-GATYR-MDCH-2007, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, hace suyo el Informe Nº 047-2007-DFT-GATYR/MDCH, evacuado por su División de Fiscalización Tributaria, mediante el cual dicha división informa sobre la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 140-MDCH hasta el 30 de junio del 2007, sustentando dicha solicitud en la masiva acogida que viene obteniendo el Bene fi cio Tributario otorgado para que los contribuyentes cumplan con regularizar su situación tributaria; Estando a lo dispuesto por el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 140-2007-MDCH y a lo que establece la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del “Bene fi cio por Regularización de Obligaciones Tributarias en forma voluntaria derivadas de un Proceso de Fiscalización y/o como resultado del Catastro Predial Urbano”, otorgada mediante la Ordenanza Nº 140-2007-MDCH hasta el 30 de junio del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y Gerencia de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 67263-1 Prorrogan plazo de vigencia de la Amnistía Tributaria y No Tributaria “Deuda Cero 2007” aprobada por Ordenanza N° 142-MDCH DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-07-MDCH Chaclacayo, 30 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 55° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Bienes, Rentas y Derechos de cada Municipalidad constituyen su Patrimonio; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario – D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 131-MDCH, se aprobó la Amnistía Tributaria y No Tributaria “Deuda Cero 2007”, otorgando este bene fi cio a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo hasta el 31 de enero del 2007; Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ordenanza Nº 131-2007-MDCH, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía prorrogó el plazo de vigencia de la Amnistía Tributaria y No Tributaria “Deuda Cero 2007”, hasta el 27 de febrero del 2007; Que, mediante Ordenanza Nº 137 – MDCH, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo dispuso mantener la vigencia de la Ordenanza Nº 131- MDCH que aprobó la Amnistía Tributaria “Deuda Cero 2007”, hasta el 31 de marzo del 2007; Que, mediante Ordenanza Nº 142-MDCH, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo se mantiene la vigencia de la Ordenanza Nº 131- MDCH hasta el 18 de mayo del 2007; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 002-07 – MDCH, se prorrogó la Ordenanza Nº 142- MDCH hasta el 31 de mayo. Que, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la difícil situación económica actual, con el fi n de permitir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo dispuesto por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 142-MDCH y a lo que establece la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Amnistía Tributaria y No Tributaria “Deuda Cero 2007”, aprobada mediante la Ordenanza Nº 142-MDCH hasta el 30 de junio del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y Gerencia de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 67261-1