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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2007 346789 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 277-2007-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2007CONSIDERANDO:Que, previa Licitación Pública N° LPN-0016-2002- EM/DEP, con fecha 4 de diciembre de 2002, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Constructora A.R.C. S.R.L., suscribieron el Contrato Nº 02-065-EM/DEP para la ejecución de la obra Redes Secundarias del Pequeño Sistema Eléctrico Chumbivilcas II Etapa, ubicada en los departamentos de Cusco y Apurímac, por un monto de S/. 1 267 404,04 incluido IGV y un plazo de ejecución de 150 días calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recepcionada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A. – Electro Sur Este S.A.A., según consta en el Acta de Recepción de Obra del 20 de julio de 2003; Que, mediante Resolución Directoral Nº 211-03-EM/ DEP del 17 de octubre de 2003, se aprobó la liquidación fi nal del Contrato Nº 02-065-EM/DEP para la ejecución de la obra Redes Secundarias del Pequeño Sistema Eléctrico Chumbivilcas II Etapa, la misma que estableció un monto fi nal ascendente a S/. 1 298 886,37 incluido IGV; Que, por Resolución Directoral Nº 362-06-EM/DEP del 30 de noviembre de 2006, se aprobó la liquidación fi nal del proyecto Redes Secundarias del Pequeño Sistema Eléctrico Chumbivilcas II Etapa, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado al 31 de octubre de 2006 de S/. 2 233 817,37; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, es competente en materia de electri fi cación rural; Que, asimismo el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica - ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la liquidación fi nal del proyecto Redes Secundarias del Pequeño Sistema Eléctrico Chumbivilcas II Etapa, corresponde efectuar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A. – Electro Sur Este S.A.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, Reglamento de la Ley Nº 28749; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y sus modi fi catorias, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el proyecto Redes Secundarias del Pequeño Sistema Eléctrico Chumbivilcas II Etapa, ubicado en los departamentos de Cusco y Apurímac, a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A. – Electro Sur Este S.A.A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A. – Electro Sur Este S.A.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución.Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 70909-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2007-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2007CONSIDERANDO:Que, previa Licitación Pública N° LPN-0002-2004-EM/ DEP, con fecha 26 de noviembre de 2004, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Construcciones Metálicas y Civiles S.A.C. - COMECSAC, suscribieron el Contrato Nº 04-027-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Chaupihuaranga II y III Etapa, ubicada en la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, por un monto de S/. 4 899 294,38, incluido IGV y un plazo de ejecución de 210 días calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recepcionada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A., según consta en el Acta de Recepción de Obra y en el Acta de Conformidad de Operación Experimental del 4 de febrero de 2006 y 18 de agosto de 2006 respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 317-06-EM/ DEP del 14 de noviembre de 2006, se aprobó la liquidación fi nal del Contrato Nº 04-027-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Chaupihuaranga II y III Etapa, la misma que estableció un monto fi nal ascendente a S/. 5 146 259,97, incluido IGV; Que, por Resolución Directoral Nº 118-07-EM/DEP del 26 de abril de 2007, se aprobó la liquidación fi nal del proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Chaupihuaranga II y III Etapa, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado al 31 de marzo de 2007 por un monto de S/. 5 908 494,03; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, es competente en materia de electri fi cación rural; Que, asimismo el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la liquidación fi nal del proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Chaupihuaranga II y III Etapa, corresponde efectuar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; Decreto Supremo N° 025-2007-EM, Reglamento de la Ley Nº 28749; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y sus modi fi catorias, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Chaupihuaranga II y III Etapa, ubicada en la provincia de Daniel Alcides Carrión en el departamento de Pasco, a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S.A.