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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2007 346865 • Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente al proceso participativo, a fi n de facilitar la vigilancia • Vigilar que los recursos municipales y de la sociedad civil, destinados al presupuesto participativo del ejercicio fi scal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. • Informar semestralmente a los Consejos de Coordinación Local y a la Sociedad Civil en general, sobre los resultados de la vigilancia. • Que se cumplan con las rendiciones de cuentas establecidas. CAPÍTULO V DE LAS FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 15º.- Etapas del Presupuesto Participativo El presupuesto Participativo por ser una propuesta de concertación así como de Democratización y Descentralización de la Gestión Municipal, tienen las siguientes etapas o fases: 1.- Preparación 2.- Convocatoria 3.- Identi fi cación de Agentes Participantes 4.- Capacitación de Agentes Participantes 5.- Talleres de Trabajo 6.- Evaluación Técnica7.- Formalización de Acuerdos 8.- Rendición de Cuentas Artículo 16º.- De la Preparación La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presenta el Plan de Acciones de el proceso del Presupuesto Participativo al Consejo de Coordinación Local para su validación y al Concejo Municipal para su aprobación; el cual deberá contener los objetivos, estrategias, metas, requerimientos, cronograma y presupuesto del proceso el cual deberá ser validado por el Consejo de Coordinación Local Distrital y aprobado por el concejo municipal mediante Ordenanza Municipal. Aprobado el Plan de Acción, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto se encargará de la preparación de la información a ser distribuida a los agentes participantes, así como de las actividades de difusión a través de talleres zonales en los cuales se difundirá la importancia de la participación ciudadana en los procesos participativos en colaboración de “promotores voluntarios”. Artículo 17º .- De la Convocatoria La Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica y el Consejo de Coordinación Local desarrollarán estrategias de sensibilización e información dirigida a las organizaciones e instituciones locales para que se inscriban y participen con sus Agentes al Proceso Participativo, encargando a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Desarrollo Institucional la operatividad de esta fase. Artículo 18º.- De la Identi fi cación de los Agentes Participantes Con el propósito de lograr una amplia participación y representatividad de la sociedad civil organizada, la Municipalidad difundirá por los medios adecuados el inicio del proceso de Inscripción de los Agentes Participantes. Así como los lineamientos de política y líneas de acción para el proceso. La Sub Gerencia de Participación Ciudadana en coordinación con la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Desarrollo Institucional será la encargada de implementar el Registro de los Agentes Participantes y la recepción de la documentación de acreditación para la inscripción. Artículo 19º.- Principios para la Participación de los Agentes Participantes 1. Unilateralidad y Unidad en la participación. 2. La Promoción de nuevos líderes que intervengan, estableciendo como máximo un año la participación como agente participante en cualquiera de las instancias intermedias que se implementen en el proceso. 3. Los “delegados” solo podrán participar hasta en dos oportunidades consecutivas en los procesos participativos. Debiendo necesariamente dejar de intervenir un periodo para poder volver a participar. Artículo 20º.- De la Capacitación de los Agentes Participantes La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, conjuntamente con la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Desarrollo Institucional programará y difundirá las fechas de los Talleres de capacitación dirigidos a los agentes participantes del proceso. La Capacitación será una tarea permanente, debiendo ajustarse a las necesidades y características de la población. Artículo 21º.- De los Talleres de Trabajo Los talleres de trabajo serán dirigidos por la Mesa Conductora de Debates, la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Desarrollo Institucional presentará en forma oportuna, la programación y metodología a seguir en cada taller. Los talleres de trabajo tienen como objetivo: 1.- Analizar, evaluar, revisar, validar o modi fi car el Plan Integral de Desarrollo, con los siguientes contenidos: Visión de desarrollo, objetivos estratégicos, acciones concertadas, recursos e indicadores socio económicos y fi nancieros. Para tal efecto la Gerencia de Planeamiento programará y ejecutará los talleres necesarios, tomando como referencia el Plan Integral de Desarrollo, vigente. 2.- Obtener el consolidado de acciones priorizadas por los agentes participantes en el proceso del presupuesto participativo, para tal efecto la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto programará y ejecutará los talleres necesarios y factibles para la formalización de los acuerdos. Artículo 22º.- De la Evaluación Técnica La evaluación de las acciones propuestas está a cargo del Equipo Técnico, consiste en la evaluación y factibilidad del desarrollo técnico y fi nanciero de cada una de las acciones propuestas para poder evaluar su viabilidad, tomando como base los criterios de Priorización que se aprueban en los talleres y las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. Los proyectos que no sean declarados viables, serán reemplazados por otros proyectos que se encuentren dentro del orden de prelación de las acciones priorizadas en los talleres de trabajo correspondiente. Artículo 23º.- De la Formalización de los Acuerdos El Equipo Técnico consolidará los resultados de los talleres de Priorización de acciones incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico-económico y fi nanciero y presentará en el taller fi nal dicho consolidado a los agentes participantes para su discusión, consideración y aprobación fi nal de los acuerdos, luego del cual los agentes participantes fi rmarán el acta que suscribe los acuerdos y compromisos. Los documentos del proceso del presupuesto Participativo son elevados al Consejo de Coordinación Local Distrital para consolidar, concertar y validar los acuerdos del Taller Final y luego al Concejo Municipal para su aprobación Artículo 24º.- De la Rendición de Cuentas El titular del pliego presentará el informe rendición de cuentas de la gestión en el primer taller de apertura trabajo del proceso del presupuesto participativo en base a lo descrito en el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 CAPÍTULO VI DE LAS CONDICIONES, OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS AGENTES PARTICIPANTES EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 25º.- Derechos y Deberes de los Agentes Participantes Los agentes participantes en calidad de representantes debidamente acreditados de la sociedad civil tienen como derechos y deberes: DERECHOS 1. Convocar a sus vecinos, socios o agremiados a los que representa a las reuniones de coordinación e información que crean convenientes de realizar.