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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2007 346867 VISTO: El Informe Nº 215-2007-SGLMB/ML de fecha 18 de mayo del 2007, respectivamente presentado por el Subgerente de Logística y Margesí de Bienes. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del visto, el Subgerente de Logística y Margesí de Bienes, solicita la inclusión dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín el Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos por un valor que asciende a S/. 1´980,000.00 (Un Millón novecientos ochenta mil con 00/100 Nuevos Soles), bajo la modalidad de Concurso Público e incluir el Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos con un valor que asciende a S/. 247,500.00 (Doscientos Cuarenta y Siete Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles) bajo la modalidad de Adjudicación por Exoneración; Que, mediante Informe Nº 587-2007-OAJ/ML, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina por que es Procedente la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, el numeral 2) de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones considerará todas las adquisiciones y contrataciones cuyos procesos de selección, sea que se trate de licitaciones públicas, concursos públicos o adquisiciones directas públicas o selectivas, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía programables, se convocarán durante el correspondiente ejercicio presupuestal; Que, el numeral 7) de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, en concordancia con los artículos 27º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modi fi cado en cualquier momento, durante el curso del Ejercicio Presupuestal, siempre que se produzca una reprogramación de las metas institucionales propuestas o una modi fi cación del presupuesto institucional y debe ser aprobado por el titular del Pliego o la máxima autoridad Administrativa de la entidad, así como, comunicado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones – CONSUCODE y a la Comisión de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante Informe Nº 220-07-GAF/ML, remite el Informe Nº 215-2007-SGLMB/MDL, de la Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes, referente a la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín, para su aprobación mediante Resolución de Alcaldía; En uso de las facultades que le con fi ere el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Lurín, mediante la inclusión del Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos por un valor que asciende a S/. 1´980,000.00 (Un Millón novecientos ochenta mil con 00/100 Nuevos Soles), bajo la modalidad de Concurso Público e incluir el Servicio de Transporte y Recolección de Residuos Sólidos con un valor que asciende a S/. 247,500.00 (Doscientos Cuarenta y Siete Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles) bajo la modalidad de Adjudicación por Exoneración. Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes es la dependencia responsable de plani fi car los procesos de selección en armonía con las metas institucionales propuestas y respetando el Presupuesto Institucional aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME, la presente Resolución dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente.Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el Artículo Primero, sea puesto a disposición del público para ser revisado y/o adquirido en la Subgerencia de Logística y Margesí de Bienes. Artículo Quinto.- Disponer que la Subgerencia de Informática y Telecomunicaciones publique la presente Resolución y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2007 en el portal de la Municipalidad de Lurín. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, dentro del plazo establecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 70285-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban Presupuesto Analítico de Personal del personal empleado y del personal obrero de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 012 San Isidro, 31 de mayo de 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO: CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 146-2006- MSI de fecha 19 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2007, que considera el presupuesto para efectuar el pago del personal de planilla de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Ordenanza Nº 200-MSI publicada el 18 de abril de 2007, se aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Isidro, delegándose en el señor Alcalde la facultad de aprobar mediante Decreto de Alcaldía el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Manual de Organización y Funciones (MOF) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP), con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal de dichas aprobaciones; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 010 publicado el 23 de mayo de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y, por Decreto de Alcaldía Nº 011 de fecha 31 de mayo de 2007, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante los documentos del visto, la Gerencia Municipal y las Gerencias de Plani fi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica, presentan el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Municipalidad de San Isidro, elaborado conforme al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) referido en el considerando precedente, sustentando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes; Que, el numeral 6.8 de la Directiva Nº 001-82-INAP/ DNP, Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP, establece que el PAP será aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; De conformidad con el artículo 43º y el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y, en uso de las facultades delegadas por Ordenanza Nº 200- MSI publicada el 18 de abril de 2007; y, Con la opinión favorable de la Gerencia Municipal y las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Plani fi cación y Presupuesto;