Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2007 (12/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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TITULO MORDAZA DEL REGIMEN LABORAL

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de junio de 2007

Articulo 50º.- Los trabajadores del PATPAL FBB estan comprendidos en el Regimen Laboral de la Actividad Privada normado por el Decreto Supremo Nº 002-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo No. 728 ­ Ley de Formacion y Promocion Laboral. TITULO MORDAZA DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 51º.- El PATPAL FBB cuenta con recursos economicos provenientes de las siguientes fuentes: a) Los recursos originados presupuestalmente por el Estado. b) Los aportes y transferencias de Instituciones y Organismos Publicos y cualquier otro acto de liberalidad

en dinero o especies que le otorguen personas naturales o juridicas nacionales o extranjeras. c) Los ingresos propios que se generen como resultado de sus operaciones. d) Los saldos de balance. e) Los recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica Internacional por aportes y/o convenios celebrados con instituciones nacionales o extranjeras. f) Los legados y donaciones que se efectuen conforme a Ley. g) Otros que le encomienden las Leyes. TITULO MORDAZA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Unica .- El presente Reglamento podra ser modificado en funcion de las necesidades operativas, para el mejor cumplimiento de la finalidad del PATPAL FBB.

ESTRUCTURA ORGANICA DEL PATRONATO DEL MORDAZA DE LAS LEYENDAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CONSEJO DIRECTIVO

OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL

DIRECCION EJECUTIVA OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

OFICINA DE ADMINISTRACION

OFICINA DE ASESORIA JURIDICA

UNIDAD DE RR.HH.

UNIDAD DE LOGISTICA

UNIDAD DE TESORERIA UNIDAD DE INFORMATICA Y ESTADISTICA

UNIDAD DE CONTABILIDAD

GERENCIA DE PROMOCION Y DESARROLLO

GERENCIA DE OPERACIONES

DIVISION DE MARKETING Y RELACIONES INSTITUCIONALES

DIVISION DE EDUCACION Y EXTENSION CULTURAL

DIVISION DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO DIVISION DE ZOOLOGIA

DIVISION DE BOTANICA

DIVISION DE ARQUEOLOGIA

71730-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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