Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2007 (12/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, martes 12 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347031

Declaran de interes regional el desarrollo de la MORDAZA alto MORDAZA de la Region Tacna, en la que se desarrollara el "Plan Minimo de Desarrollo de las Zonas Alto Andinas de la Region Tacna"
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2007-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de fecha cuatro de junio del ano dos mil siete y vista la propuesta normativa presentada por el senor Presidente del Gobierno Regional, Economista MORDAZA Ordonez MORDAZA, con el MORDAZA UNANIME del Pleno, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, estando a la propuesta del Congresista de la Republica MORDAZA Ordonez MORDAZA, que coincide, con el "PLAN MINIMO DE DESARROLLO DE LAS ZONAS ALTO ANDINAS DE LA REGION TACNA", aprobado por Acuerdo del Consejo Regional Nº 011-2007-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 25 de MORDAZA del 2007; Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; Que, el articulo 197º de la Constitucion Politica establece, que las Gobiernos Regionales, es decir que "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, asimismo el articulo MORDAZA senalado de la Constitucion Politica senala que los Gobiernos Regionales para promover el desarrollo integral socioeconomico "Les corresponde, dentro de su jurisdiccion, la coordinacion y ejecucion de los planes y programas socio-economicos regionales, asi como la gestion de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley"; Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 011-2007-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de MORDAZA del 2007, en su articulo MORDAZA se aprueba la ejecucion del "PLAN MINIMO DE DESARROLLO DE LAS ZONAS ALTO ANDINAS DE LA REGION TACNA", de manera preferencial en los pueblos y anexos ubicados en dichas zonas alto andinas, cuyo presupuesto sera de S/. 13,000,000,00 de nuevos soles por aporte del Gobierno Regional de Tacna, oficiando como cofinanciador FONCODES con el aporte de S/. 340,206.19 nuevos soles mediante la suscripcion del Convenio MORDAZA y Addenda respectiva"; Que, en efecto, el articulo 10.-1.g) y d) de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales: "a) Planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar programas socio economicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo" y "d) Promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos de ambito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades"; Que, es politica del Gobierno Regional de Tacna el desarrollo integral de la region, promoviendo un equilibrio entre el desarrollo de las areas urbanas y las areas rurales;

Que, las politicas que se han venido aplicando en la region Tacna han provocado un profundo desequilibrio de las areas urbanas sobre las areas rurales y mas profundo aun sobre las zonas alto andinas dedicadas fundamentalmente a la crianza de camelidos sudamericanos, donde es notoria la desatencion por parte del Estado en los servicios basicos de salud y educacion asi como tambien existe una deficiencia en los sistemas y en la infraestructura de comunicacion y en el desarrollo de actividades productivas que permitan un desarrollo sostenible y un mejoramiento de la calidad de MORDAZA de sus habitantes; Que, esta situacion se hace particularmente grave en la parte alto MORDAZA de la Region Tacna por haber sido perjudicada con la explotacion de las aguas superficiales y subterraneas para abastecer por mas de 50 anos del recurso hidrico a los asientos mineros de Toquepala y Cuajone, sin recibir por ello una MORDAZA compensacion y sobre cuyos terrenos se esta produciendo una peligrosa politica de adquisiciones de propiedades de pastoreo por parte de la empresa minera Southern Peru MORDAZA Corporation que promoveria el despoblamiento, por lo que requiere una especial atencion mediante la inversion y la integracion de las actividades sectoriales en funcion de un desarrollo integral y concertado dirigido a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion; Por las consideraciones expuestas y en ejercicio pleno de sus competencias establecidas en la Constitucion Politica, Ley de Bases de la Descentralizacion y en los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Gobierno Regional de Tacna cuyo mandato emana de la voluntad popular, y como persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asimismo de conformidad con los Arts. 36º, 37a) y 38º de la Ley Organica MORDAZA senalada; el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, ha debatido y aprobado por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARESE de preferente interes regional el desarrollo de la MORDAZA alto MORDAZA de la Region Tacna, en la cual se desarrollara el "PLAN MINIMO DE DESARROLLO DE LAS ZONAS ALTO ANDINAS DE LA REGION TACNA" que comprende el Acuerdo del Consejo Regional Nº 011-2007-CR/GOB.REG.TACNA del 25 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- El "PLAN MINIMO DE DESARROLLO DE LAS ZONAS ALTO ANDINAS DE LA REGION TACNA", lo conforma la accion coordinada de todos los sectores de la administracion publica, en especial de Educacion, Salud, Agricultura, Transportes y Comunicaciones, Produccion, Mujer y Desarrollo Social, Trabajo y Promocion del Empleo y Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo la direccion de las Gerencias Regionales del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Tercero.- El area en la cual desarrollara su accionar el "PLAN MINIMO DE DESARROLLO DE LAS ZONAS ALTO ANDINAS DE LA REGION TACNA"; en la MORDAZA alto MORDAZA de la provincia de Candarave, tiene los siguientes linderos: POR EL NORTE: Limita con la provincia Mariscal MORDAZA del Departamento MORDAZA siguiendo el limite departamental, conforme a lo establecido en la ley N° 24887, iniciandose en la cumbre del cerro MORDAZA (coordenadas UTM 345 030 m E y 8 120 860 m N), de este punto el limite se dirige en direccion Noreste pasando por la divisoria de aguas de la quebrada Irocahua (tributario de la MORDAZA Suches) con la quebrada Titijones, hasta un punto de coordenadas UTM 346 385 m E y 8 124 129 m N, luego continua en linea recta en direccion Noroeste cruzando las Pampas Titijones hasta alcanzar la cumbre del cerro Titine (cota 4905 de coordenadas UTM 344 970 m E y 8 127 258 m N); el limite continua por la divisoria de aguas de la quebrada Challuma y el rio Huaytire, con las quebradas Mesacalani, Chaquirini y

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