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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de junio de 2007 347033 Aprueban la Política Ambiental del Sector Público Agrario - Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2007-CR/GOB.REG.TACNA El CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de fecha cuatro de junio del año dos mil siete, con el voto unánime del Pleno, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 197º de nuestra Constitución Política, “Las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Artículo 36.c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización”, establece que “Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: ... c) la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el Artículo 9.g) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los gobiernos regionales de “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, es deber regional promover la conservación y proyección de nuestro medio ambiente. Por lo que es necesaria la formación de una conciencia social en materia ambiental, promoviendo la transmisión de los conocimientos y la formación de valores en torno de los procesos ecológicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biológica y del uso sostenido de los recursos; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de vida de la población regional, viene ejecutando el Proyecto “Fomento de la Educación Ambiental como Herramienta para el Desarrollo Sostenible de la Región Tacna”, por el cual, la sociedad tacneña en su conjunto, adquiere conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de vida de la población de la Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementación de políticas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores; Que, estando el Informe Nº 001-2007-GRRNyGMA/ GOB.REG.TACNA del 25 de enero del 2007, por el cual la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente sostiene la necesidad de aprobar la Política Ambiental en el Sector Agrario – Tacna; así como; vista la propuesta normativa, la misma fue aprobada por unanimidad al interior de dicha Comisión; y en la fecha, sometido el dictamen nuevamente al Pleno, éste se aprobó por el Consejo Regional con el voto unánime; Que, el Art. 22.2 de la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, señala que, “Los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional”; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 36, 37.a) y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, ha debatido y aprobado por unanimidad el Dictamen presentado al Pleno, por lo tanto se aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la Política Ambiental del Sector Público Agrario – Tacna, la misma que anexa, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Dirección Regional Agraria de Tacna, para que en coordinación con las demás entidades públicas, implementen la ejecución de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O ficial El Peruano y difúndase en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil siete. RUBY ROSPIGLIOSI DE CHENGUAYENConsejera Delegada del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fique, difunda y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los cinco días del mes de junio del año dos mil siete. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 71346-1 Aprueban Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Tacna - Año Fiscal 2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2007-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha cuatro de junio del año dos mil siete, en Sesión Ordinaria, con el voto unánime del Pleno, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º, 198º y 199º de la Constitución Política del Estado establecen que, los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos, con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución, anualmente; Que, el Art. 17º numerales 1) y 2) establece que “Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública”; Que, los artículos 18º, 19º y 20º numerales 1) y 2) de la Ley mencionada, establece que “Los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial”, “Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y