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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (12/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de junio de 2007 347037 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN (01) Consejo Directivo (01.1)Dirección Ejecutiva (01.2) ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL (03) Oficina de Control Institucional (03.1) ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO (04) Oficina de Asesoría Jurídica (04.1)Oficina de Plani ficación y Presupuesto (04.2) ÓRGANOS DE APOYO (05)Oficina de Administración (05.1) - Unidad de Recursos Humanos (05.1.1) - Unidad de Contabilidad (05.1.2)- Unidad de Tesorería (05.1.3)- Unidad de Informática y Estadística (05.1.4)- Unidad de Logística (05.1.5) ÓRGANOS DE LÍNEA (06) Gerencia de Promoción y Desarrollo (06.1) - División de Marketing y Relaciones Institucionales (06.1.1) - División de Educación y Extensión Cultural (06.1.2)Gerencia de Operaciones (06.2)- División Infraestructura y Mantenimiento (06.2.1) - División de Zoología (06.2.2)- División de Botánica (06.2.3)- División de Arqueología (06.2.4) CAPÍTULO I ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN SUBCAPÍTULO I CONSEJO DIRECTIVO Artículo 6º.- El Consejo Directivo es el máximo órgano del PATPAL Felipe Benavides Barreda, al que le corresponde fijar la Política Institucional para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos, de acuerdo a la política que señale la Municipalidad Metropolitana de Lima, debiendo dictar las normas necesarias para su óptimo funcionamiento, en concordancia con la autonomía que le con fiere la Ley. Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo las siguientes: a) Establecer las políticas, objetivos y metas del PATPAL Felipe Benavides Barreda, en concordancia con la política señalada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. b) Aprobar los planes, estrategia de desarrollo y el presupuesto institucional. c) Aprobar las normas y directivas internas del PATPAL Felipe Benavides Barreda, para lograr su óptimo funcionamiento técnico y administrativo. d) Aprobar los Estados Financieros y la Memoria Anual del PATPAL Felipe Benavides Barreda. e) Proponer la modi ficación de normas que puedan requerirse para lograr las metas y objetivos de la Institución. f) Aprobar y aceptar, de acuerdo a la ley, las donaciones que se efectúen a favor del PATPAL Felipe Benavides Barreda. Aprobar y autorizar las donaciones y transferencias que otorgue el PATPAL Felipe Benavides Barreda a favor de personas jurídicas. g) Aprobar el Plan Operativo Anual, supervisando y vigilando su ejecución. h) Aprobar toda clase de actos, contratos u operaciones conducentes al desarrollo, gestión y fines de la Institución. i) Proponer a la Municipalidad Metropolitana de Lima las medidas pertinentes para lograr los recursos que permitan el cumplimiento de los objetivos y funciones del PATPAL Felipe Benavides Barreda.j) Disponer investigaciones y auditorias, cuando lo juzgue pertinente. k) Autorizar los viajes en comisión de servicios al extranjero de los Directivos y del personal del PATPAL Felipe Benavides Barreda, de acuerdo a las disposiciones vigentes. l) Aprobar la aplicación de los saldos del Balance, así como de otros ingresos extraordinarios no previstos en el presupuesto. m) Aceptar las donaciones a que se re fiere el Art. 19º del Decreto Legislativo Nº 146. n) Otorgar y renovar poderes. o) Otorgar licencia a sus miembros.p) Adoptar otras medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines. Artículo 7º.- El Consejo Directivo está integrado por tres miembros: el Presidente y dos Consejeros, quienes son designados por el Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 8º.- La designación de los miembros del Consejo Directivo se hace por un período de dos años, salvo las designaciones que se realicen para completar períodos. Pueden ser ratificados en sus cargos y las vacancias que se produzcan serán cubiertas de la misma forma que corresponde a su designación. Artículo 9º.- El funcionamiento del Consejo Directivo se rige por lo establecido en el Estatuto del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda y en su Reglamento Interior. SUBCAPÍTULO II DIRECCIÓN EJECUTIVA Artículo 10º.- La Dirección Ejecutiva es el órgano de más alta autoridad administrativa con jerarquía y responsabilidad inmediata del Consejo Directivo. Constituye la más alta autoridad administrativa de la Entidad. El funcionario a ocupar el cargo de Director Ejecutivo es designado por el Alcalde Metropolitano de Lima. Artículo 11º.- Son funciones y atribuciones de la Dirección Ejecutiva las siguientes: a) Ejercer representación legal del PATPAL. Felipe Benavides Barreda. b) Ejecutar acuerdos y decisiones del Consejo Directivo. c) Dirigir , coordinar, supervisar y controlar las acciones de los diferentes órganos de la institución en concordancia de la política, objetivos, y metas aprobadas. d) Someter a aprobación del Consejo Directivo los planes, programas, presupuesto, balances, estados financieros, memoria anual y demás documentos normativos de gestión. e) Proponer al Consejo Directivo los contratos, actos y operaciones que requieran para el desarrollo, gestión y fines del PATPAL Felipe Benavides Barreda. f) Disponer de la ejecución de las acciones del personal de conformidad con las disposiciones legales vigentes. g) Designar a los funcionarios y personal del PATPAL Felipe Benavides Barreda. h) Efectuar investigaciones de las denuncias que sean formuladas con relación al quehacer de la institución. i) Velar por el Patrimonio y Capital del PATPAL Felipe Benavides Barreda, para que sean debidamente salvaguardados. j) Formular y conducir el Plan de Defensa en el marco de la Ley de Defensa Nacional y Defensa Civil. k) Asesorar al Presidente del Consejo Directivo y a los órganos del PATPAL Felipe Benavides Barreda en materia de su competencia. l) Realizar otras funciones que le asigne la Presidencia del PATPAL Felipe Benavides Barreda.