Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2007 (16/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2007

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la recuperacion de terreno ocupado ilegalmente, ubicado en el distrito de Pucusana, provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 436-2007-DE/EP MORDAZA, 15 de junio de 2007 Visto; los antecedentes relacionados con la gestion realizada por la Direccion General de Educacion y Doctrina del Ejercito, destinada a lograr la expedicion de la Resolucion Ministerial autoritativa al Procurador Publico del Ministerio de Defensa ­Ejercito del Peru, para el inicio de acciones legales y judiciales contra las personas de MORDAZA CHAPA MORDAZA, Presidente de la llamada Asociacion de Pequenos y Medianos Empresarios "SATOMI KATAOKE", contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal de la indicada entidad y contra sus demas socios; CONSIDERANDO: Que, el Estado - Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, tiene afectado en uso el terreno de 398 Has 9,700 m2, ubicado entre la Playa la MORDAZA y la Carretera Panamericana Sur, altura del Km 56, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, en merito Resolucion Suprema Nº 069-75-VC-5700 de 18 de marzo de 1975, destinado al funcionamiento de un Centro de Operaciones Anfibias, encontrandose debidamente inscrito en la Ficha Nº 85136 del Registro de Predios de MORDAZA y en el Asiento 1209 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal- SINABIP; Que, con fecha 17 de enero 2007 personal Tecnico Legal del Servicio de Ingenieria del Ejercito, del ORES FOVIME y de la 1ra BFFEE realizaron una inspeccion ocular al terreno denominado Centro de Instruccion y Entrenamiento de Fuerzas Anfibias "Playa La Tiza" comprobando la existencia de 16 viviendas rusticas y el tizado de lotes en terrenos del Ejercito, Que, efectuada la Constatacion Policial el dia 22 enero del 2007, a cargo del personal de la Comisaria de Pucusana, se pudo comprobar que se encontraban en el lugar MORDAZA pre-fabricadas, aproximadamente 40 modulos de MORDAZA, haciendose presente en dicha diligencia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal de la Asociacion de Pequenos y Medianos Empresarios "SATOMI KATAOKE" manifestando que el terreno les fue vendido por el senor MORDAZA CASABONE, hace tres meses aproximadamente, al indicarle el personal policial que el terreno que habia sido lotizado esta afectado en uso al Ejercito del Peru, indico que el Presidente de su asociacion MORDAZA CHAPA MORDAZA, contaba con la documentacion respectiva. Que, con fecha 26 de enero del 2007, la DIGEDOCE procedio a interponer Denuncia Penal por el delito de USURPACION AGRAVADA, ante la Fiscalia Provincial Penal de turno de MORDAZA, contra las mencionadas personas y contra los que resulten responsables, del ilicito penal senalado. Con fecha 9 febrero del 2007 el Fiscal de 56º Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, ha derivado la denuncia a la Fiscalia Provincial Mixta de Lurin a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, disponiendo esta Fiscalia que se realice una investigacion preliminar por parte de la Comisaria de Pucusana, donde los denunciados se mantienen renuentes en reconocer que han invadido un predio afectado en uso a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito, negandose a desocuparlo, sosteniendo que cuentan con los documentos comprobatorios de dominio de una compra - venta que celebro el senor MORDAZA CASABONE con la Asociacion mencionada y con garantias posesorias otorgadas por el Gobernador del distrito de Pucusana; Que, resulta conveniente y urgente la expedicion de la Resolucion Ministerial autoritativa, que faculte al Procurador Publico del Ministerio de Defensa-Ejercito del Peru, a iniciar las acciones legales y judiciales que MORDAZA convenientes en defensa de los derechos e

intereses patrimoniales del Ejercito, orientadas a lograr la desocupacion del terreno del Ejercito, que indebidamente vienen ocupando los socios de la precitada Asociacion; Que, el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el DL Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, senalan que la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente por intermedio del Procurador Publico del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos judiciales al Ejercito del Peru quien para la plena representacion en juicio, debera ser autorizado por Resolucion Ministerial; Estando a lo informado por la Direccion General de Educacion y Doctrina del Ejercito, a lo recomendado por la Direccion General de Logistica del Ejercito ­ Servicio de Ingenieria del Ejercito, a lo opinado por la Oficina de Asuntos Juridicos del Ejercito del Peru; y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judiciales relativos al Ejercito del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, inicie, prosiga y culmine todas las acciones legales y judiciales a que hubiera lugar contra las personas de MORDAZA CHAPA MORDAZA, Presidente de la llamada Asociacion de Pequenos y Medianos Empresarios "SATOMI KATAOKE", contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal de la indicada entidad y contra sus demas socios, a efectos de recuperar el terreno que ilegalmente vienen ocupando, ubicado en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, denominado Centro de Instruccion y Entrenamiento de Fuerzas Anfibias "Playa La Tiza", asi como demandar el pago por danos y perjuicios. Articulo 2º.- Remitase los antecedentes al senor Procurador Publico, a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 73725-3

Designan funcionarios responsables de entregar informacion de acceso publico y del MORDAZA de transparencia de la Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 437-2007-DE/SG MORDAZA, 15 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 043-2003PCM de fecha 22 de MORDAZA 2003 que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, senala que la Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la Informacion consagrado en el numeral 5º del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 3º del citado Texto Unico Ordenado regula el MORDAZA de publicidad que involucra todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica salvo las excepciones expresamente previstas por el articulo 15º del acotado Texto; disponiendo que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003PCM de fecha 6 agosto 2003 que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, dispone que la designacion del funcionario o funcionarios responsables de entregar la informacion y del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion

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