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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2007 347288 PRODUCE Otorgan concesiones especiales a asociaciones para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso Concha de Abanico en el distrito de Paracas, provincia de Pisco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 050-2007-PRODUCE/DGA Lima, 28 de mayo del 2007Visto los escritos de registro Nºs 00032446 y su Adjunto Nº 1 del 16 de mayo y 17 de octubre respectivamente, 00038397 del 12 de junio, 00046001 del 14 de julio, 00040477 del 19 de junio de 2006, relacionados con la solicitud concesión especial para desarrollar actividades de acuicultura en áreas naturales protegidas no declaradas intangibles, presentada por la ASOCIACIÓN DE PESCADORES ARTESANALES EXTRACTORES DE MARISCOS ALMIRANTE GUISSE DE SAN ANDRES. CONSIDERANDO: Que el artículo 6º de la Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción) es el ente rector a nivel nacional de la actividad acuícola que promueve, norma y controla el desarrollo de la actividad en coordinación con los organismos competentes del Estado conforme al Reglamento de la precitada Ley; Que el numeral 4.1 del artículo 4º de la citada Ley, establece que el Ordenamiento Acuícola es el conjunto de normas y acciones que permiten administrar la actividad en base al conocimiento actualizado de sus componentes biológicos, económicos, ambientales y sociales; Que el artículo 6º del Reglamento de “Administración y Manejo de las Concesiones Especiales para el Desarrollo DONACIONES Y TRANSFERENCIAS JULIO AGOSTO SETIEMBRE TOTAL GASTOS CORRIENTES 16 556 184 16 663 809 13 469 462 46 689 455 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 1 432 635 1 273 975 1 273 975 3 980 585OBLIGACIONES PREVISIONALES 988 336 654 970 652 549 2 295 855BIENES Y SERVICIOS 11 503 278 12 863 700 9 420 414 33 787 392OTROS GASTOS CORRIENTES 2 631 935 1 871 164 2 122 524 6 625 623 GASTOS DE CAPITAL 23 563 750 18 094 091 22 686 442 64 344 283 INVERSIONES 23 134 489 17 175 120 22 267 157 62 576 766 INVERSIONES FINANCIERAS 23 768 25 094 19 657 68 519 OTROS GASTOS DE CAPITAL 405 493 893 877 399 628 1 698 998 TOTAL FUENTE 40 119 934 34 757 900 36 155 904 111 033 738 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES JULIO AGOSTO SETIEMBRE TOTAL GASTOS CORRIENTES 1 879 165 1 782 908 1 804 863 5 466 936 BIENES Y SERVICIOS 1 638 480 1 552 568 1 568 194 4 759 242 OTROS GASTOS CORRIENTES 240 685 230 340 236 669 707 694 GASTOS DE CAPITAL 7 272 479 5 698 144 5 595 673 18 566 296 INVERSIONES 5 816 550 5 542 787 4 911 021 16 270 358 OTROS GASTOS DE CAPITAL 1 455 929 155 357 684 652 2 295 938 TOTAL FUENTE 9 151 644 7 481 052 7 400 536 24 033 232 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO JULIO AGOSTO SETIEMBRE TOTAL GASTOS DE CAPITAL 103 302 606 94 833 113 83 015 070 281 150 789 INVERSIONES 94 745 552 88 273 113 79 395 423 262 414 088 OTROS GASTOS DE CAPITAL 8 557 054 6 560 000 3 619 647 18 736 701 TOTAL FUENTE 103 302 606 94 833 113 83 015 070 281 150 789 TOTAL DE ASIGNACION TRIMESTRAL DEL GOBIERNO NACIONAL 2 921 910 694 2 465 850 328 2 562 141 005 7 949 902 027 LEY Nº 28927 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 ANEXO N° 2 - RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2007-EF/76.01 TERCER TRIMESTRE 2007 ASIGNACION TRIMESTRAL DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO REGIONAL ( EN NUEVOS SOLES ) RECURSOS ORDINARIOS JULIO AGOSTO SETIEMBRE TOTAL GASTOS CORRIENTES 745 471 871 646 331 291 645 438 740 2 037 241 902 GASTOS DE CAPITAL 123 901 338 123 901 338 123 901 338 371 704 014 TOTAL FUENTE 869 373 209 770 232 629 769 340 078 2 408 945 916 TOTAL DE ASIGNACION TRIMESTRAL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES 869 373 209 770 232 629 769 340 078 2 408 945 916 74005-1