Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2007 (19/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 19 de junio de 2007

NoRmas leGales

347433

condiciones descritas en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Los permisos de pesca caducaran al cumplirse el plazo que se le MORDAZA fijado en la resolucion autoritativa o una vez vencida la fecha establecida en el Articulo 1º de esta Resolucion, lo que ocurra primero. Asimismo, los permisos de pesca que se otorguen en el MORDAZA del presente Regimen, incluiran de ser el caso, la expedicion de la licencia de procesamiento a bordo, para cuyo efecto debera ser solicitada conjuntamente con el respectivo permiso de pesca ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. Articulo 4º.- Los derechos de pesca del recurso calamar gigante o pota para los armadores de buques calamareros de bandera extranjera, seran de US$ 65.00 (sesenta y cinco y 00/100 dolares americanos), por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la embarcacion pesquera correspondiente, por cada mes o fraccion de mes mayor de quince (15) dias calendario de vigencia del permiso de pesca. Asi tambien, por cada tonelada metrica (TM) de captura nominal transbordada de Calamar Gigante o Pota, debera abonarse US$ 15.00. Dichos pagos deberan hacerse efectivos en la Oficina de Tesoreria del Ministerio de la Produccion, dentro de un plazo de 10 dias utiles contados a partir de la fecha de recepcion de la comunicacion que efectue la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. Cuando la solicitud de permiso de pesca incluya una fraccion de mes no mayor de 15 dias calendario, el pago correspondiente a esta fraccion sera del 50 % del monto mensual establecido como derecho de explotacion. Articulo 5º.- La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion queda encargada de realizar el calculo de la Captura Nominal Transbordada del Calamar Gigante o Pota, conforme a la metodologia del calculo establecido mediante Resolucion Directoral Nº 212-98-PE/DNE. Articulo 6º.- Cuando el plazo de vigencia del permiso de pesca solicitado sea de por lo menos 2 meses se procede al fraccionamiento del plazo de los derechos de pesca fijados segun tonelaje neto (TN), debiendo efectuarse el primer pago por el equivalente al cincuenta por ciento (50%), MORDAZA del otorgamiento del permiso de pesca y el restante cincuenta por ciento (50%), dentro de los 30 dias calendario siguientes a la fecha en que se otorga dicho permiso de pesca. El incumplimiento en el pago de la MORDAZA armada determinara la suspension del permiso de pesca hasta que se produzca el pago. Articulo 7º.- Los armadores de embarcaciones pesqueras podran renunciar al permiso de pesca otorgado bajo el presente Regimen, a cuyo efecto bastara una comunicacion via carta notarial y firma legalizada a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, con una anticipacion no menor de cinco (5) dias utiles anteriores al vencimiento de la MORDAZA armada, cuando corresponda. En caso de renuncia no procedera la devolucion del pago de los derechos de pesca por los dias que no se realicen las actividades extractivas. Articulo 8º.- Los permisos de pesca otorgados mediante el presente Regimen Provisional, se encuentran sujetos al Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, normas de sanidad, medio ambiente y en general al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 9º.- La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, llevara el control de los permisos de pesca otorgados a los armadores de buques calamareros con relacion al plazo de vigencia, monto de derechos abonados y demas terminos y condiciones determinados por el Ministerio de la Produccion. Articulo 10º.- Los permisos de pesca o sus respectivas prorrogas otorgadas por el Ministerio de la Produccion al MORDAZA de lo dispuesto en el Regimen Provisional de Extraccion del Recurso Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE, y sus prorrogas, permaneceran vigentes hasta que culmine el plazo dispuesto en el acto administrativo respectivo, aun cuando dicho plazo culmine despues del 1 de MORDAZA de 2007. Articulo 11º.- Deroguese las Resoluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134-2004-PRODUCE, Nº 2832004-PRODUCE, Nº 451-2004-PRODUCE, Nº 149-2005-

PRODUCE, Nº 352-2005-PRODUCE y Nº 155-2006PRODUCE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 74523-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo entre Canada y la Republica del Peru para la Promocion y Proteccion de Inversiones"
DECRETO SUPREMO Nº 038-2007-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre Canada y la Republica del Peru para la Promocion y Proteccion de Inversiones", fue suscrito el 14 de noviembre de 2006, en la MORDAZA de Hanoi, Republica Socialista de Vietnam; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre Canada y la Republica del Peru para la Promocion y Proteccion de Inversiones", suscrito el 14 de noviembre de 2006, en la MORDAZA de Hanoi, Republica Socialista de Vietnam. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, dieciocho dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 74586-3

SALUD
Designan Director General de Direccion de Salud IV MORDAZA Este
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 514-2007/MINSA MORDAZA, 15 de junio del 2007 Visto la renuncia presentada por el medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1125-2006/ MINSA del 29 de noviembre de 2006, se designo al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este; Que, con Resolucion Ministerial N° 302-2007/ MINSA del 16 de MORDAZA de 2007, se designo al medico

la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.