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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (19/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NoRmas leGales El Peruano Lima, martes 19 de junio de 2007 347437 Letrado con Sede en Comisaría, de la citada provincia; comprensión del Distrito Judicial de Tumbes. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 74522-3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Modifican conformación de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente y de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 136-2007-P-CS Lima, 18 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 221º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cómputo de la antigüedad se hace a partir de la fecha de juramento al cargo; estableciéndose también que la precedencia de los Magistrados depende de la antigüedad en el grado al cual pertenecen; Que, siendo esto así, tratándose de Vocales Titulares del Supremo Tribunal, dicho cómputo data desde la fecha en que fueron juramentados en el cargo por el órgano competente; sin perjuicio de observar lo dispuesto por el último párrafo del numeral acotado en cuanto expresa “... Si dos o más Magistrados han tomado posesión del cargo en la misma fecha, precede el que haya desempeñado durante mayor tiempo el cargo judicial anterior como titular o provisional, en el mismo cargo. En su defecto, el que tenga más tiempo como Abogado” ; Que, por otro lado, el artículo 236º del mismo cuerpo legal modificado por Ley Nº 28367 de 28 de octubre de 2004, establece que en caso de vacancia, licencia, o impedimento por más de 60 días de los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, éstos son reemplazados por los Vocales Superiores Titulares que reúnan los requisitos para acceder a la Corte Suprema, a lo que también debe agregarse la existencia de Salas Supremas Transitorias, las que son integradas, de ser el caso, por Magistrados provisionales; Que, en tal sentido, si bien no está previsto el Cuadro de Antigüedad para Vocales Supremos Provisionales, por equidad corresponde determinar que la precedencia de tales Magistrados en la conformación de Salas, debe hacerse teniendo en cuenta la fecha en que fueron llamados y juramentados en el cargo provisional, así como el período que se hubieren desempeñado como tal en el Supremo Tribunal; precisándose que dicho período servirá para determinar la antiguedad entre Vocales Supremos Provisionales;Que siendo esto así, es del caso modificar la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº131-2007-P-CS de fecha 11 de junio último sólo en los extremos de la conformación de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y, de la Segunda Sala Penal Transitoria; Por tales fundamentos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 5) artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº131- 2007-P-CS de fecha 11 de junio del año en curso en los siguientes términos: SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE: Dr . Manuel Sánchez-Palacios Paiva (Presidente) Dr. Claudio Luis Pedro Gazzolo VillataDr. Julio Alberto Pachas AvalosDr. Roger Williams Ferreira Vildozola Dr. Jaime Aníbal Salas Medina SEGUNDA SALA PENAL TRANSITORIA:Dr . Javier Villa Stein (Presidente) Dr, Duberli Apolinar Rodríguez Tineo Dr. Martir Santos PeñaDr. Héctor Valentín Rojas MaravíDr. Jorge Bayardo Calderón Castillo Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TAVARA CORDOVA Presidente del Poder Judicial 74506-1 ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan el Despacho de la Defensora del Pueblo al Primer Adjunto RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 028-2007/DP Lima, 18 de junio de 2007. VISTO:El Memorando Nº 053-2007-DP/GADP remitido por la Jefa de Gabinete, mediante el cual informa de la invitación cursada a la Defensora del Pueblo del Perú por el Defensor del Pueblo de España y Presidente de la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO), para que lleve a cabo un programa de actividades institucionales en la ciudad de Madrid, España; y asimismo, solicita la emisión de la resolución que encargue el Despacho de la Defensora del Pueblo del 20 al 23 de junio del 2007 inclusive, por necesidad del servicio; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;