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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (23/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2007 347717 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Cancelan certificado de inscripción de Vivas Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. del Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 557-2007 Lima, 8 de mayo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el señor José Lizandro Daniel Vivas Justo, para que se cancele la inscripción de la empresa VIVAS ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida); y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha procedido a la modi fi cación de su denominación y objeto social, tal como consta en la acta de acuerdo de la Junta General Universal de Accionistas celebrada el 16 de noviembre de 2006 e inscrita con fecha 16 de enero de 2007 en el asiento B0001 de la partida electrónica Nº 11263229 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral Nº IX Sede Lima del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima; y, Estando a lo opinado por el Departamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Informe Nº 018-2007-RIAS; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 de 25 de julio de 2005 y la Resolución SBS Nº 522-2007 de 3 de mayo de 2007; RESUELVE: Artículo Único.- Cancelar el certificado de inscripción Nº J-0631 de la empresa VIVAS ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. del Registro del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida), por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 75825-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Encargan a licenciada la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N º 083-2007-BNP Lima, 28 de mayo de 2007 El señor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Descentralizado con autonomía técnica, administrativa y económica, en concordancia con lo establecido en el artículo 12º de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Ley Nº 25762 y el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y la autonomía administrativa le faculta a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el encargo de funciones para el desempeño de cargos de responsabilidad directiva constituye una de las acciones administrativas previstas por Ley para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa, se aprueba por resolución y tiene las siguientes características: temporalidad, excepcionalidad, es fundamentada, debe ser compatible con niveles de carrera superiores al del servidor, debe efectuarse teniendo en consideración la formación, capacitación y experiencia del servidor, según su grupo y nivel de carrera, en ningún caso debe exceder el período presupuestal, y sólo procede en ausencia del titular; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 74º y siguientes del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 008-2005-BNP, de fecha 12 de enero de 2005, se designó a partir del 13 de enero de 2005 al Lic. José Manuel Magallanes Reyes, como Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, el Lic. José Manuel Magallanes Reyes, ya no labora en la institución, por lo que resulta pertinente emitir la presente Resolución encargando dicha Dirección; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, con efi cacia anticipada al 31 de octubre de 2006, la designación del Lic. José Manuel Magallanes Reyes, como Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas de la Biblioteca Nacional del Perú.