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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de junio de 2007 348262 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2007-MPL Pueblo Libre, 25 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 28 de Julio se celebra el 186 Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú; asimismo, el 14 de agosto se conmemora el 450 Aniversario de la Instauración Española en el Pueblo de la Magdalena (hoy Pueblo Libre); Que, la Administración Municipal cree conveniente resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de fortalecer y rea fi rmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como lo es el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General del Distrito de Pueblo Libre, en las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales, a partir del 20 de julio hasta el 20 de agosto de 2007, con motivo de la celebración del 186 Aniversario de la Independencia del Perú, así como el 450 Aniversario de nuestro distrito. Artículo Segundo.- DISPONER que a partir del 20 de julio del presente año, los vecinos cumplan con la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, con la fi nalidad que se encuentren presentables y así mejore el ornato del distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 78591-1 Designan responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 295-2007-MPL Pueblo Libre, 20 de junio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 249-2007- MPL de fecha 17 de mayo de 2007, se designó al funcionario responsable de brindar la información que demanden los administrados, así como la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Pueblo Libre; Que, resulta necesario encargar la función referida a la elaboración y actualización del citado Portal en el Director de la O fi cina de Informática de la Municipalidad de Pueblo Libre, a fi n de garantizar el cumplimiento de lo normado por la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 249-2007-MPL, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- DESIGNAR a la Doctora BLANCA ETHEL LEÓN – VELARDE MÉNDEZ, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, como funcionaria responsable de brindar la información que demanden los administrados. Asimismo, DESIGNAR al Señor MIGUEL ÁNGEL HERBIAS MUJICA como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre.” Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente resolución en aplicación de lo dispuesto en la normatividad de la materia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 78592-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2007/MDSA Santa Anita, 27 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º, 195º incisos 3) y 4) y el 196º inciso 1) y siguientes de nuestra Constitución Política y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el presente año se celebra el 186º Aniversario de la Independencia Política del Perú y, por ese motivo, es pertinente compartir con el vecindario las diversas actividades cívicas que demuestran patriotismo y ejemplares actitudes de buena vecindad en tan importante fecha; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento General del distrito de Santa Anita del 5 al 31 de julio del año en curso, con ocasión de conmemorarse el 186º Aniversario de la Independencia Política del Perú. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la difusión y a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 78126-1