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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2007 (02/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2007 340822 fecha 19FEB2007 de la Coordinadora del PVL; Informe Nº 011-2007-GM-MDP de fecha 21FEB2007 del Gerente Municipal; Informe N° 017-2007-ABAST-MDP de fecha 21FEB2007 la Jefa de la Unidad de Abastecimiento; el Informe Legal N° 013-2007-ALI-MDP de fecha 21FEB2007 del Asesor Legal Interno; todas ellas poniendo en consideración del Consejo, la solicitud de Exoneración de Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para la adquisición de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Paiján, y; CONSIDERANDO:Que, el inciso C del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen por “Desabastecimiento Inminente”; Que, se considera Desabastecimiento Inminente, aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, la Coordinadora del PVL mediante Informe N° 014- 2007-PVL-MDP, de fecha 19FEB2007, expresa al Alcalde de la Municipalidad su preocupación porque las raciones alimenticias correspondientes a los meses de marzo y abril del presente año no se va a poder concretar, por cuanto el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva N° 001-2007-MDP ha sido declarado Desierto, por lo que solicita se adquiere dichos insumos de manera directa para atender el requerimiento inmediato como es la alimentación de los bene fi ciarios, lo cual constituye la ejecución de exoneración para adquirir la Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Forti fi cada con vitaminas y minerales, todo ello para atender a 1,200 bene fi ciarios del PVL del distrito de Paiján, asimismo señala que el período de atención para cubrir dichas necesidades sería de 2 meses aproximadamente; Que, la Jefa de la Unidad de Abastecimiento, mediante Informe N° 017–2007-ABAST-MDP, de fecha 21FEB2007, ha realizado un estudio de mercado cotizando vía fax el costo de los productos elegidos por las representantes de los Clubs de madres del distrito de Paiján para la adquisición de dichos productos por Desabastecimiento Inminente; re fi ere que la adquisición se hará para cubrir la demanda de los meses de marzo y abril del presente año, cuyo monto ha sido calculado en forma mensual de S/. 15,851.00 Nuevos Soles, teniendo por los dos meses un total de S/. 31,702 Nuevos soles; Que, mediante Informe Legal N° 013–2007-ALI-MDP, de fecha 21FEB2007, señala que los informes técnicos precedentemente señalados, cumplan con establecer la existencia de una causal de Desabastecimiento inminente de los Productos de Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Forti fi cada con vitaminas y minerales, por lo que se tiene que adoptar las medidas pertinentes que aseguren la continuidad en el suministro de dichos productos a los bene fi ciarios, lo que constituye la justi fi cación técnica y necesidad de exoneración por lo que opina que el Concejo Municipal debe aprobar el Desabastecimiento inminente mediante Acuerdo de Concejo, para atender a 1,200 bene fi ciarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 19°, 20° y 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y artículo 141° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; Que, ejecutar todas las fases señaladas precedentemente requiere de la participación de la Coordinadora del PVL, Jefa de Unidad de Abastecimiento, Alcaldía y Concejo Municipal, de tal manera que se cumplan con los procedimientos y normas establecidas para tal efecto; y, que por ende su ejecución demanda tiempo, razón por la cual es necesario prever la atención de la ración alimenticia a los 1,200 bene fi ciarios del distrito de Paiján para los meses de marzo y abril del 2007, en concordancia con lo establecido con el artículo 21°, situación de Desabastecimiento Inminente, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; y cumplir con la Ley N° 27470 y su modi fi catoria la Ley N° 27712; Que, de los documentos adjuntados se desprende que la solicitud de exoneración se enmarca en la Situación de Desabastecimiento Inminente presentada ante una situación extraordinaria e imprevisible, pues a la fecha se evidencia la ausencia de los productos alimenticios que impediría la continuidad de las actividades que el Programa tiene a su cargo, por lo que existen plazos que se deben cumplir en toda adquisición de bienes según lo establece el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos N°s. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto y contándose con la opinión de los Funcionarios cuyas responsabilidades se han indicado, Por UNANIMIDAD; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, hasta por 60 días, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Paiján, hasta la culminación del proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- EXONERAR, el Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente, para la adquisición de Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Forti fi cada con vitaminas y minerales, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso “c” del artículo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y demás normas legales emitidas para tal efecto. ITEMS PRODUCTO CANTIDAD MENSUALCANTIDAD POR DOS MESESVALOR REFERENCIAL Item 1:Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. 5,453 10,906 S/.20,176.10 Item 2:Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Forti fi cada con vitaminas y minerales1,224 2,448 S/.11,505.60 TOTAL S/. 31,681.70 Artículo Tercero.- La fuente de fi nanciamiento correspondiente es con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año Fiscal 2007 de la Municipalidad Distrital de Paiján, al Programa del Vaso de Leche, con Fuente de Financiamiento 00 – Recursos Ordinarios, Especí fi ca de Gastos 5.3.11.24 Alimentos para personas. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimiento para que adquiera dichos productos en forma directa de acuerdo con las normas legales vigentes al respecto. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y su notifi cación ala Contraloría General de la República y CONSUCODE, en el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese SEGUNDO H. VALQUI CASTREJÓN Alcalde 31914-1