Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

340822

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

fecha 19FEB2007 de la Coordinadora del PVL; Informe Nº 011-2007-GM-MDP de fecha 21FEB2007 del Gerente Municipal; Informe N° 017-2007-ABAST-MDP de fecha 21FEB2007 la Jefa de la Unidad de Abastecimiento; el Informe Legal N° 013-2007-ALI-MDP de fecha 21FEB2007 del Asesor Legal Interno; todas ellas poniendo en consideracion del Consejo, la solicitud de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente para la adquisicion de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Paijan, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso C del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por "Desabastecimiento Inminente"; Que, se considera Desabastecimiento Inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, la Coordinadora del PVL mediante Informe N° 0142007-PVL-MDP, de fecha 19FEB2007, expresa al MORDAZA de la Municipalidad su preocupacion porque las raciones alimenticias correspondientes a los meses de marzo y MORDAZA del presente ano no se va a poder concretar, por cuanto el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva N° 001-2007MDP ha sido declarado Desierto, por lo que solicita se adquiere dichos insumos de manera directa para atender el requerimiento inmediato como es la alimentacion de los beneficiarios, lo cual constituye la ejecucion de exoneracion para adquirir la Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, MORDAZA, Kiwicha Azucarada y Fortificada con vitaminas y minerales, todo ello para atender a 1,200 beneficiarios del PVL del distrito de Paijan, asimismo senala que el periodo de atencion para cubrir dichas necesidades seria de 2 meses aproximadamente; Que, la Jefa de la Unidad de Abastecimiento, mediante Informe N° 017­2007-ABAST-MDP, de fecha 21FEB2007, ha realizado un estudio de MORDAZA cotizando via fax el costo de los productos elegidos por las representantes de los Clubs de madres del distrito de Paijan para la adquisicion de dichos productos por Desabastecimiento Inminente; refiere que la adquisicion se MORDAZA para cubrir la demanda de los meses de marzo y MORDAZA del presente ano, cuyo monto ha sido calculado en forma mensual de S/. 15,851.00 Nuevos Soles, teniendo por los dos meses un total de S/. 31,702 Nuevos soles; Que, mediante Informe Legal N° 013­2007-ALI-MDP, de fecha 21FEB2007, senala que los informes tecnicos precedentemente senalados, cumplan con establecer la existencia de una causal de Desabastecimiento inminente de los Productos de Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, MORDAZA, Kiwicha Azucarada y Fortificada con vitaminas y minerales, por lo que se tiene que adoptar las medidas pertinentes que aseguren la continuidad en el suministro de dichos productos a los beneficiarios, lo que constituye la justificacion tecnica y necesidad de exoneracion por lo que opina que el Concejo Municipal debe aprobar el Desabastecimiento inminente mediante Acuerdo de Concejo, para atender a 1,200 beneficiarios, de conformidad con lo establecido en los articulos 19°, 20° y 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y articulo 141° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM; Que, ejecutar todas las fases senaladas precedentemente requiere de la participacion de la Coordinadora del PVL, Jefa de Unidad de Abastecimiento, Alcaldia y Concejo Municipal, de tal manera que se cumplan con los procedimientos y normas establecidas

para tal efecto; y, que por ende su ejecucion demanda tiempo, razon por la cual es necesario prever la atencion de la racion alimenticia a los 1,200 beneficiarios del distrito de Paijan para los meses de marzo y MORDAZA del 2007, en concordancia con lo establecido con el articulo 21°, situacion de Desabastecimiento Inminente, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, concordante con el articulo 141° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM; y cumplir con la Ley N° 27470 y su modificatoria la Ley N° 27712; Que, de los documentos adjuntados se desprende que la solicitud de exoneracion se enmarca en la Situacion de Desabastecimiento Inminente presentada ante una situacion extraordinaria e imprevisible, pues a la fecha se evidencia la ausencia de los productos alimenticios que impediria la continuidad de las actividades que el Programa tiene a su cargo, por lo que existen plazos que se deben cumplir en toda adquisicion de bienes segun lo establece el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos N°s. 0832004-PCM y 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto y contandose con la opinion de los Funcionarios cuyas responsabilidades se han indicado, Por UNANIMIDAD; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, hasta por 60 dias, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Paijan, hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- EXONERAR, el MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente, para la adquisicion de Leche Evaporada Entera en Lata de 410 gr. y Hojuela de Quinua, MORDAZA, Kiwicha Azucarada y Fortificada con vitaminas y minerales, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso "c" del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM y demas normas legales emitidas para tal efecto.
ITEMS PRODUCTO CANTIDAD CANTIDAD POR VALOR MENSUAL DOS MESES REFERENCIAL 5,453 10,906 S/.20,176.10

Leche Evaporada Entera en Item 1: Lata de 410 gr. Hojuela de Quinua, MORDAZA, Item 2: Kiwicha Azucarada y Fortificada con vitaminas y minerales TOTAL

1,224

2,448

S/.11,505.60 S/. 31,681.70

Articulo Tercero.- La fuente de financiamiento correspondiente es con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ano Fiscal 2007 de la Municipalidad Distrital de Paijan, al Programa del Vaso de Leche, con Fuente de Financiamiento 00 ­ Recursos Ordinarios, Especifica de Gastos 5.3.11.24 Alimentos para personas. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimiento para que adquiera dichos productos en forma directa de acuerdo con las normas legales vigentes al respecto. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y su notificacion ala Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, en el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, publiquese, cumplase y archivese MORDAZA H. VALQUI MORDAZA MORDAZA 31914-1

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