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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2007 (02/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2007 340818 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2007-ALC/MSI Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 006-2007- ALC/MSI, publicado en la edición del día 1 de marzo de 2007. DICE:Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo de vencimiento de los arbitrios municipales correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2007 es hasta el 15 de marzo de 2007. DEBE DECIR:Artículo Segundo.- Establecer que el plazo de vencimiento de los arbitrios municipales correspondientes a los meses de enero y febrero es hasta el 15 de marzo de 2007. 31905-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban solicitud de habilitación urbana de programa de vivienda y autorizan la ejecución de obras pendientes RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 084-2007-AL/MDSMP San Martín de Porres, 2 de febrero del 2007 VISTO: El Expediente Nº I-457-98, de fecha 30/10/1998, presentado por la Inmobiliaria y Constructora OCAMPO S.A., representado por el Gerente General Sr. Fulgencio Ocampo Aparicio, que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada, del terreno de 39,100.00 m², constituido por la Parcela Nº 20, U.C. 10629, ubicado en el ex Fundo Naranjal, del distrito de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, de fi nen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Inmobiliaria y Constructora OCAMPO S.A., representado por su Gerente General el Sr. Fulgencio Ocampo Aparicio, inscrito en la Partida Electrónica Nº 00278076, del Registro de Personas Jurídicas, solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada, en el terreno de 39,100.00 m², constituido por la Parcela Nº 20, U.C. Nº 10629, ubicado en el ex Fundo Naranjal, del distrito de San Martín de Porres, inscrito en la Partida Electrónica Nº 43993119, del Registro de Propiedad Inmueble; Que, el recurrente adjunta el Certi fi cado de Zoni fi cación y Vías Nº 652-97-MML-DMDU-OPDM, del año 1997, de la Municipalidad de Lima Metropolitana, el Plano de Zoni fi cación Nº 1813-97-MML/DMDU-OPDM/DPTN, en formato A-4, de la Municipalidad de Lima Metropolitana, Carta Nº 1614-98/ET-N, de fecha 3 de agosto de 1998, sobre posibilidad de otorgar la factibilidad de servicios para la ejecución de proyectos de agua potable y alcantarillado para el Programa de Vivienda Las Casuarina de Naranjal II Etapa, otorgada por SEDAPAL, Carta DP-ST-98-15466, de fecha 1 de junio de 1998, mediante el cual la Empresa EDELNOR, otorga Constancia de Redes existentes, la Declaración Jurada de Reserva de aportes, Plano de Replanteo de Lotización, y Ubicación a Escala 1:500, el Plano de Ubicación, la Memoria Descriptiva del Plano de Lotización, el Plano Perimétrico, Topográ fi co a Escala 1:500, que forman parte del expediente; Que, mediante Dictamen Nº 11-2001, Sesión Nº 10-2001, de fecha 21 de noviembre de 2001, la Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas, emite opinión favorable, al Proyecto de Habilitación Urbana, presentado por el Programa de Vivienda Las Casuarinas de Naranjal II Etapa; Que, el recurrente presenta el plano de lotización, al cual se le asigna el Nº 076-2001-DPHU-DDU/MDSMP, el mismo que ha sido visado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la División de Habilitaciones Urbanas; Que, el recurrente ha cumplido con cancelar mediante recibo de pago Nº 050286140-1213190501, 0224230601-060038099, 060183822-0907150601 y 060183821-0907150601, por derecho de trámite, por inspección ocular, por revisión de proyecto y emisión de resolución; Que, las especi fi caciones técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP se encuentran contenidas en el Informe Nº 100-2006-DHU y C-GHU/MDSMP de la División de Habilitaciones Urbanas y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano que forma parte del expediente; Estando al Memorándum Nº 1327-2006-GDU/ MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 035-2007-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica de conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 concordante con la Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su modi fi catoria la Ley Nº 27135, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA y la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP y estando al Informe Nº 100-2006-DHU y C-GHU/MDSMP de la División de Habilitaciones Urbanas y los vistos de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Desarrollo Urbano; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de Habilitación Urbana Ejecutada de tipo progresivo, del “PROGRAMA DE VIVIENDA CASUARINAS DE NARANJAL II ETAPA” para uso Residencial de Densidad Media R-4, y Residencial de Densidad Alta R-5, del terreno de su propiedad de 39,100.00 m², constituido por la Parcela Nº 20, U.C. Nº 10629, de conformidad con el Plano Nº 076-2001-DPHU-DDU/MDSMP, ubicado en el ex Fundo Naranjal, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la Inmobiliaria y Constructora OCAMPO S.A., representado por el Gerente General don Fulgencio Ocampo Aparicio. Artículo 2º.- Autorizar a la Inmobiliaria y Constructora OCAMPO S.A., para ejecutar las obras pendientes de la habilitación, en un plazo de cinco años computados a partir de la fecha de noti fi cación de la presente Resolución, debiendo sujetarse a las siguientes características y especi fi caciones técnicas: DISEÑO: se hará según el siguiente detalle de áreas. Área Bruta del Terreno : 39,100.00 m2 Área Útil Vivienda : 25,318.74 m2Área Ministerio de Educación : 769.09 m2Área Recreación Pública : 2,148.32 m2Área de Vías locales : 8,951.41 m2 Área de Vía Metropolitana : 1,912.50 m2 CALZADAS: Podrán ser del tipo Rígido o del tipo Flexible. La cali fi cación del tipo de habilitación es “B”, las dimensiones y características de las componentes de la calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la