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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2007 (02/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2007 340809 VISTOS: El O fi cio Nº 00577-2007/GOR/RENIEC de fecha 7 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; el O fi cio Nº 00339-2007/GPP/RENIEC de fecha 16 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, y el informe 265-2007-GAJ/ RENIEC de fecha 20 de febrero del 2007, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y mantener el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a la capacidad y el estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 114-2006-JEF/ RENIEC, de fecha 28 de febrero de 2006, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos, siendo sus modi fi catorias aprobadas mediante Resoluciones Jefaturales, Nº 767-2006-JEF/RENIEC, 944-2006-JEF/RENIEC, 1074-2006-JEF/RENIEC, 1262-2006/ y 19-2007-JEF/RENIEC, respectivamente; Que, el D.S. Nº 004-DE-SG que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27178, Ley de Servicio Militar, establece períodos diferenciados para la inscripción militar, como son los comprendidos entre el 2 de enero y 31 de marzo, para los varones, y entre el 1 de abril y 30 de junio, para las mujeres; permitiéndose la modi fi cación de estas fechas por razones de ubicación geográ fi ca, condiciones meteorológicas adversas, desastres naturales y otros; Que, en tal virtud, mediante Resolución Directoral Nº 004- 2007/DIMOV/AP-LSM de fecha 3 de enero del 2007, emitida por la Dirección de Movilización del Estado Mayor General del Ejército del Perú; se procedió a modi fi car la fecha de inscripción ordinaria para los ciudadanos en edad militar perteneciente a la clase 2007 (nacidos en el año 1990), determinando un período común de inscripción para ciudadanos varones y mujeres, comprendido entre el 3 de enero y el 30 junio del presente año, a nivel nacional; Que, teniendo en cuenta que el procedimiento 27 literal a) a2. del Texto Único de Procedimientos Administrativo RENIEC, actualmente contempla que las solicitudes para expedición gratuita de la copia certi fi cada de nacimiento destinada a la inscripción del servicio militar, deben invocarse en un período similar al estipulado en el D.S. Nº 004-DE-SG; se hace necesario modi fi car su contenido, a fi n de evitar que se restrinjan los derechos de los administrados; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y de conformidad con lo previsto en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el Procedimiento de Registros Civiles de numeral 27 literal a) a2.denominado: “Expedición Gratuita de Copia Certi fi cada”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC; estableciendo en su texto que el período de emisión gratuita de copia certi fi cada de partida de nacimiento para el Servicio Militar, estará comprendido entre el 3 de enero al 30 de junio del presente año, conforme al anexo Nº 1 adjunto y parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Informática el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (e) TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL REQUISITOS DERECHOS ADMINISTRA- TIVOSCALIFI- CACIÓNDEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTODEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRÁMITERECURSO DE RECONSIDE- RACIÓNRESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RECONSIDE- RACIÓNRECURSO DE APELACIÓNRESOLUCIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE REVISIÓNRESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN PROCEDIMIENTOS DE REGISTROS CIVILES ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: JEFATURA REGIONAL- GERENCIA DE OPERACIONES REGISTRA LES 27. EXPEDICION DE COPIA CERTIFICADA DE ACTA EN REPRODUCCIÓN DIRECTA O EXTRACTO DE ACTA REGISTRALa)Expedición gratuita de copia certi fi cada: Se expide a favor del titular, sus representantes o apoderados. Procede en los siguientes casos: a1. Primera copia (Art. 98o. D.S. No. 015-98-PCM) en el caso de inscripción ordinaria.a2. Para el Servicio Militar: Debe de solicitarse dentro del período correspondiente a la inscripción militar. Varones y Mujeres: Del 03 de Enero al 30 de JunioGratuito Automática O fi cina Registral RENIECOfi cina Registral RENIEC 32203-6 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 190-2007 Lima, 21 de febrero de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Gerve Antonio Facho Flores para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Gerve Antonio Facho Flores con matrícula Nº N-3811 en