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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2007 (02/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2007 340808 MELÉNDEZ CERNA mediante la inscripción Nº 1584 7619 y como: JUAN MANUEL FERRER RIGACCI mediante la Inscripción Nº 44170361; así como, la Resolución Nº 1096-2005-GO/JR10LIM/RENIEC que dispone la cancelación de la Partida de Nacimiento Nº 217 del año 1968, debido a que ha sido asentada en folios inutilizados con el sello “ANULADO”, evidenciándose el raspado y sobrescrito en la selladura que lo había invalidado; Que, la imputación contra la ciudadana ROSA JULIA SOTO PRINCIPE, titular de la Inscripción Nº 15675231, se fundamenta en que esta persona mediante el Formulario de Identidad Nº 23031791, insertó datos falsos en instrumento público para obtener indebidamente del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales la Inscripción Nº 44094626 a nombre de JULIA ELENA RIGACCI PRINCIPE DE ANAYA; conforme lo corrobora el Informe de Homologación Dactiloscópica Nº 044/2006/DDG/GEDR/RENIEC de fecha 11 de diciembre de 2006, que establece que las impresiones dactilares corresponden a una misma persona biológica, quien registra doble inscripción con identidades diferentes, como: ROSA JULIA SOTO PRINCIPE mediante la Inscripción Nº 15675231 y como: JULIA ELENA RIGACCI PRINCIPE DE ANAYA mediante la inscripción Nº 44094626; así como, la Resolución Nº 1096-2005-GO/JR10LIM/RENIEC que dispone la cancelación de la Partida de Nacimiento Nº 134 del año 1963, debido a que ha sido asentada en folios inutilizados con el sello “ANULADO”, evidenciándose el raspado y sobrescrito en la selladura que lo había invalidado; Que, en tal sentido, mediante Resolución de la antes denominada Subgerencia de Depuración y Archivo Registral Nº 1198-2006/SGDAR/GP/RENIEC de fecha 17 de abril de 2006, se dispuso la exclusión defi nitiva de las Inscripciones Nº 44094626 a nombre de JULIA ELENA RIGACCI PRINCIPE DE ANAYA y de la Inscripción Nº 44170361 a nombre de JUAN MANUEL FERRER RIGACCI del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, por tratarse de inscripciones obtenidas en base a declaraciones de datos falsos; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil ,y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra BENJAMÍN JOSUÉ MELÉNDEZ CERNA y ROSA JULIA SOTO PRINCIPE por el presunto delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo .- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para Ios fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 32203-5 Autorizan a procurador iniciar acciones legales para el cobro de suma de dinero adeudada por diversas empresas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 048-2007-JEF/RENIEC Lima, 29 de enero de 2007VISTOS: El Memorando Nº 197-2006/SJEF/RENIEC y el Informe Nº 00014-2007-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO:Que en virtud de la documentación sustentatoria, se desprende que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, celebró Convenios de Consultas en Línea, Vía Internet y Suministro de Certi fi caciones con las empresas Perú Depot SAC, Creaciones Andinas Raíces SRL, Industrial Ideal S.A., DC Telecomunicaciones SAC, Corporación de Cobranzas de la Banca S.A., Valex Import EIRL, Cobranza Global S.A. y Global Consulting Group SAC, mediante los cuales existía el compromiso de prestación del servicio, a cambio del pago por dicho concepto; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los Convenios en referencia, se ha establecido que el RENIEC se reserva la facultad de resolverlo de pleno derecho, cuando se incumpla con el pago pactado por parte del usuario, como en efecto ha sucedido en los citados casos; Que, según la información proporcionada por la Sub Jefatura del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, las empresas Perú Depot SAC, Creaciones Andinas Raíces SRL, Industrial Ideal S.A., DC Telecomunicaciones SAC, Corporación de Cobranzas de la Banca S.A., Valex Import EIRL, Cobranza Global S.A. y Global Consulting Group SAC, no han cumplido con el pago de las cuotas pactadas; Que, las empresas descritas anteriormente han sido requeridas en reiteradas oportunidades a efectos de cancelar la deuda que tienen pendiente, pese a que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, ha cumplido con prestar el servicio; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales a que hubiera lugar, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra las empresas antes mencionadas; De conformidad a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 921-2006-JEF/RENIEC del 11 de octubre del año 2006; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra las empresas Perú Depot SAC, Creaciones Andinas Raíces SRL, Industrial Ideal S.A., DC Telecomunicaciones SAC, Corporación de Cobranzas de la Banca S.A., Valex Import EIRL, Cobranza Global S.A. y Global Consulting Group SAC, a efectos del cobro de la suma adeudada. Artículo Segundo.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para losfi nes a que se contrae la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 32203-3 Modifican el Procedimiento de Registros Civiles “Expedición Gratuita de Copia Certificada” del TUPA del RENIEC, en lo relativo a emisión de copia de partida de nacimiento para el Servicio Militar RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 143-2007-JEF/RENIEC San Isidro, 28 de febrero de 2007