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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2007 340820 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2007-MDSR Santa Rosa, 30 de enero del 2007Visto: en Sesión Ordinaria Pública del Concejo Municipal de fecha 30 de enero del 2007, sobre la moción presentada por los señores Regidores, para la Remuneración del Alcalde y Dieta de los Regidores; CONSIDERANDO:Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales están sujetos a las Leyes y Disposiciones de conformidad con la Constitución Política del Perú, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley Nº 28607 establece “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, en el inciso 28 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal aprobar la Remuneración del Alcalde y la Dieta de los Regidores; asimismo el artículo 12º de la precitada norma establece que los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, el acuerdo que las fi ja será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; El monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; no pueden otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cada Regidor, las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones el Alcalde no tiene derecho a dietas; Que, el segundo párrafo del artículo 13º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal, se reúne en Sesión Ordinaria no menos de dos ni más de cuatro veces al mes para tratar los asuntos del trámite regular; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006 modi fi can el artículo 5º de la Ley Nº 28212 en los términos siguientes que el artículo 5º numeral 5.2 del citado Decreto de Urgencia, dispone que los consejeros regionales y regidores municipales recibirán únicamente dietas según el monto que fi jen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes orgánicas en ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta 30% por ciento de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional o del Alcalde correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006- PCM, en su artículo primero se fi ja el monto de Unidad Remunerativa del Sector Público - URSP correspondiente al año 2007 en la suma de S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos Nuevos Soles); Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los señores Regidores que suscriben elevamos al Pleno la presente Moción de Orden del Día aprobándose el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- FIJAR, la Remuneración Mensual del señor Alcalde Distrital de Santa Rosa, en la suma de Tres punto Cincuenta Unidades de Remuneraciones del Sector Público (3.50 URSP), cuyo monto en Nuevos soles se mantendrá durante la Gestión Municipal 2007 - 2010, de acuerdo a la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- FIJAR, la dieta de los señores Regidores del Honorable Concejo Distrital de Santa Rosa en la suma equivalente al 10% de la Remuneración del Alcalde señalado en el artículo precedente por cada asistencia efectiva a Sesión de Concejo, determinándose un máximo de tres (3) sesiones remuneradas al mes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, la Dirección Municipal y demás órganos competentes para el cumpliendo de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 31632-1 Disponen no aprobar reconsideración solicitada por el Despacho de Alcaldía respecto al Acuerdo Nº 005-2007-MDSR, que fija remuneración del Alcalde y dieta de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2007-MDSR Santa Rosa, 15 de febrero del 2007 Visto: en Sesión Ordinaria Pública del Concejo Municipal de fecha 15 de febrero del 2007, de acuerdo Memorándum Nº 001-2007 presentado por el Despacho de Alcaldía y al Informe Nº 014-2007, presentado por la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe presentado por el Asesor Legal es procedente, de acuerdo a ley, la reconsideración del Acuerdo de Concejo Nº 005-2007-MDSR que fi ja la Remuneración del Alcalde y Dieta de los Regidores, de acuerdo al Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, habiendo un ofrecimiento realizado el día de la Juramentación, por el señor Alcalde, de rebajar su remuneración en un 40%, de lo que percibía el anterior Alcalde, esto signi fi ca 2.55 URSP (Unidad Remunerativa del Sector Público), de manera que al aprobarse en 3.50 URSP, la remuneración del Alcalde, se ha omitido dicho ofrecimiento; Que, con el presupuesto designado para el año 2007, será difícil cumplir con el pago de las remuneraciones y las dietas de los Regidores; El Concejo Municipal acordó el siguiente Acuerdo: Artículo Primero.- NO APROBAR, la reconsideración solicitada por el Despacho de Alcaldía, del Acuerdo Nº 005-2007-MDSR, que fi ja la Remuneración del Alcalde y Dieta de los Regidores. Artículo Segundo.- ENCARGAR, la Dirección Municipal y demás órganos competentes para el cumpliendo de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 31413-1