Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340805

VISTO: El Oficio Nº 52-2007-OCMA-GD-SVC de fecha 28 de febrero del presente ano; y CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Administrativa Nº 3782006-P-CSJL/PJ, de fecha 28 de diciembre del 2006, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio de Lima; asimismo mediante Resolucion Administrativa Nº 032-P-CSJL/PJ de fecha 17 de enero ultimo, se dispuso que el mencionado magistrado se haga cargo en el mes de vacaciones, del Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Que mediante el oficio de visto, la Oficina de Control de la Magistratura hace de conocimiento de este Despacho, el contenido de la resolucion numero tres, emitida con fecha 28 de febrero del ano en curso, que resuelve abrir investigacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez Suplente de Vacaciones del Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, por los presuntos cargos de conducta funcional irregular grave, descritos en la parte considerativa; imponiendosele la medida cautelar de Abstencion en el cargo, hasta que se resuelva la investigacion aludida. Que estando a lo expuesto, es pertinente que este Despacho designe al Magistrado que se MORDAZA cargo del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio de Lima; asi como asumir funciones al interior del Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a partir de la fecha, en tanto duren las vacaciones judiciales. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio del Distrito Judicial de MORDAZA, estando a la medida de abstencion impuesta al doctor MORDAZA Portocarrero. Articulo Segundo.- ENCARGAR a partir de la fecha, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Despacho del Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, en tanto duren las vacaciones judiciales. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina de Personal de esta Corte Superior y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 32209-2

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Indice de reajuste diario a que se refiere el articulo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de marzo.
CIRCULAR N° 004-2007-BCRP MORDAZA, 1 de marzo de 2007 El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de marzo es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 6,30734 6,30786 6,30839 6,30892 6,30945 6,30997 6,31050 6,31103 6,31156 6,31208 6,31261 6,31314 6,31367 6,31420 6,31472 6,31525 6,31578 6,31631 6,31683 6,31736 6,31789 6,31842 6,31895 6,31948 6,32000 6,32053 6,32106 6,32159 6,32212 6,32265 6,32317

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la ley N°. 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 31929-1

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