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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de marzo de 2007 341881 Designan Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 172-2007-INPE/P. Lima, 15 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de asesor de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de con fi anza; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 052-2007-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al abogado HÉCTOR ALCIDES QUINTEROS GARCÍA, en el cargo público de con fi anza de asesor de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2°.- DISTRIBUIR, copia de la presente resolución al interesado y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL E. AGUILAR BERMÚDEZ Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario 38803-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan fechas de vencimiento de pago de arbitrios municipales y del impuesto predial del año 2007 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 -2007-MDB Barranco, 15 de marzo del 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 010-2007-GAT/MDB, de fecha 13 de marzo del 2007, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, respecto a la fecha de vencimiento para el pago adelantado de los Arbitrios Municipales 2007; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modi fi catoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 275-MDB; otorga bene fi cio de descuento por pago adelantado de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2007 y también establece las fe chas de vencimiento de pago de los mismos, y estableció las fechas de vencimiento de pagos del Impuesto Predial para el ejercicio 2007, de conformidad a lo establecido en el artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF; Que, el artículo 8º de la norma antes acotada señala que la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial, corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio y en aplicación de las mencionadas facultades, se ha considerado necesario otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias, que permitan cumplir a su vez, las funciones propias de esta Corporación Edil, prorrogando el plazo para el pago al contado o fraccionado del Impuesto Predial, disposición concordante con el último párrafo del artículo 29º del TUO del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF; Que mediante Decretos de Alcaldía Nº 003-2007- MDB, y Nº 004-2007-MDB, se dispuso la prorroga del vencimiento del pago adelantado de los Arbitrios Municipales del año 2007, con los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 275-2007-MDB, así como la prórroga del vencimiento del pago al contado o fraccionado del Impuesto Predial del año 2007, respectivamente; Que, a fi n de que un mayor número de contribuyentes pueda pagar sus obligaciones tributarias del presente año, con los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 275-MDB, resulta necesario extender el plazo de vencimiento de dichos pagos; Estando a lo informado y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4º de la Ordenanza Nº 275-MDB; y con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la prórroga del vencimiento del pago adelantado de los Arbitrios Municipales del año 2007, con los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 275-2007-MDB, hasta el día sábado 31 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- Disponer la prórroga del vencimiento del pago al contado o fraccionado del Impuesto Predial del año 2007 de la siguiente manera: PAGO AL CONTADO : 31 de marzo del 2007 PAGO FRACCIONADO Primera Cuota : 31 de marzo del 2007 Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración Financiera, Sub Gerencia de Tesorería y Unidad de Estadística e Informática. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 38622-1