Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2007 (25/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342189

4. Empresa Periodistica Nacional, EPENSA S.A.(Diarios: Correo, Ojo, El Bocon) 5. Grupo RPP S.A. (Emisoras: Radio Programas del Peru, Felicidad) Que, por su parte, segun Informe N° 0049-08200000497 la Division de Logistica manifiesta haber realizado el estudio de MORDAZA a los medios de comunicacion seleccionados por el area usuaria, y senala que las publicaciones se deben realizar en funcion a la MORDAZA, es decir MORDAZA del 30 de MORDAZA del 2007, y que las contrataciones que se realicen no seran objeto de subcontratacion; Que, asimismo, en el informe de la Division de Logistica se concluye que por las caracteristicas particulares que distinguen a los servicios de difusion de publicidad solicitados por el area usuaria estos se consideran servicios personalisimos, solicitando se tramite la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de dichos servicios; Que, de acuerdo a los documentos adjuntos al Memorandum N° 003-092-00003571, mediante el cual el Gerente de Administracion solicito se tramite la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, la acotada contratacion esta incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT, segun Resolucion de Gerencia de Administracion N° 03-05-00000347, siendo el valor referencial ascendente a S/. 72,059.55 (Setenta y dos mil cincuenta y nueve y 55/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley; Que, mediante Informe N° 004-082-00000603, la Gerencia de Asuntos Legales opina que existe justificacion legal de la procedencia y necesidad de aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios indicados precedentemente, por tratarse de servicios personalisimos, segun lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el articulo 145° de su Reglamento; Que, el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse algun supuesto de exoneracion, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0842004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto N° 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion, por la causal de servicios personalisimos prevista en el literal f) del articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ejercicio 2007, para la contratacion de los servicios de difusion de publicidad en medios radiales y escritos que seran prestados por: Empresa Editora El Comercio S.A., SINDESA S.A., Montecristo Editores S.A.C., Empresa Periodistica Nacional - EPENSA S.A., y, Grupo RPP S.A. Articulo Segundo.- El valor referencial total para la contratacion indicada en el articulo precedente asciende a la suma de S/. 72,059.55 (Setenta y dos mil cincuenta y nueve y 55/100 Nuevos Soles), incluidos tributos y todo concepto aplicable; de acuerdo al siguiente detalle: Medios escritos: S/. 30,808.63 (Treinta mil ochocientos ocho y 63/100 Nuevos Soles) Medios radiales: S/. 41,250.92 (Cuarentiun mil doscientos cincuenta y 92/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo previsto

en las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, para realizar las contrataciones exoneradas de MORDAZA de seleccion, la Gerencia de Administracion tendra en cuenta las especificaciones tecnicas y el cronograma de publicaciones que confirme el area usuaria para cada uno de los medios a contratar; debiendose respetar los valores referenciales senalados en el articulo MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y tambien que se publique en el SEACE; asimismo, encargarle que remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147° de su Reglamento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA LOZAN MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 41254-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 099-2007 MORDAZA MORDAZA, 14 de marzo de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: El Informe N° 002-2007-CEPAD/MDJM de fecha 23 de febrero de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 050-2007 de fecha 18 de enero de 2007, se conformo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, el Articulo MORDAZA de la precitada Resolucion, se dispuso que la Comision designada, queda investida de las facultades de calificacion de las denuncias que le MORDAZA remitidas, pronunciarse sobre la procedencia de abrir procesos administrativos disciplinarios y conducir los mismos con arreglo a ley; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Memorandum N° 063-2007-GAJ/MDJM de fecha 31 de enero del 2007, en atencion a los Memoranda N°s. 0942007-GA/MJM, 111-2007-GA/MJM y 112-2007-GA/MJM, informa que, en las dos (2) letras de cambio, aceptadas a favor de Innovaciones Tecnologicas del Medio Ambiente S.A. (INNTEC) por los importes de S/. 40,625.36 y S/. 162,501.42, actualmente notificadas y protestadas, la Municipalidad se encuentra en condicion de "GIRADO" al haber sido aceptados dichos titulos valores por MORDAZA JUMP LLANO, ex Gerente de Administracion y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Memorandum N° 269-2006-MDJM-GAJ del 11 de diciembre del 2006, informo a la Unidad de Tesoreria, con conocimiento a la Gerencia de Administracion que en MORDAZA instancia la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de la Republica, mediante Sentencia

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