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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2007 342193 - Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con la aprobación de la mayoría de los señores miembros del Concejo Municipal, y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente, el Suministro de Combustibles para los vehículos de la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, por el período de 30 días calendario o por el tiempo que dure el Proceso de Selección Licitación Pública Por Subasta Inversa Nº 001-2007-CE/MDSA, el que suceda primero, cuyo valor referencial es de S/. 70,173.00 (Setenta Mil y Ciento Setenta Tres y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento, Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logística de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, realice la contratación referida en el artículo primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello, lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia del Organo de Control Institucional de esta Entidad, realice las acciones que correspondan para determinar la responsabilidad por los hechos que dieron origen a la presente declaratoria de desabastecimiento inminente conforme al artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y artículo 47º de la Ley. Artículo Cuarto.- Poner el presente Acuerdo y los informes que lo sustentan en conocimiento de la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su adopción y disponer la publicación en el SEACE-CONSUCODE de conformidad con el artículo 147° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, cúmplase y publíquese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 40922-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican Ordenanzas de las Municipalidades Distritales de Ricardo Palma, San Juan de Iris, Huanza, Surco, San Mateo de Otao, San Bartolomé y Chicla en materia tributaria ORDENANZA Nº 041-2006/CM-MPH-M Matucana, 30 de diciembre del 2006 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA POR CUANTO: En sesión ordinaria del Concejo del 29/12/2006, el Dictamen Nº 008-2006/CREDA de fecha 28/12/2006 de la Comisión Especial del CREDA, los Expedientes Administrativos Nºs. 5287-06 y 5311-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Ricardo Palma, Expediente Administrativo Nº 5241-06 presentado por la Municipalidad Distrital San Juan de Iris, Expediente Administrativo Nº 5247-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Casta, Expediente Administrativo Nº 4701-06 y Nº 5289- 06 presentado por la Municipalidad Distrital de Huanza, Expediente Administrativo Nº 4630-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Surco, Expediente Administrativo Nº 5092-06 presentado por la Municipalidad Distrital de San Mateo de Otao, Expediente Administrativo Nº 4553- 06 presentado por la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros, Expediente Administrativo Nº 4551-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Huarochirí, Expediente Administrativo Nº 4531-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, Expediente Administrativo Nº 5154-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Callahuanca, Expediente Administrativo Nº 1044-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Chicla, Expediente Administrativo Nº 3579-06 presentado por la Municipalidad Distrital de San Bartolomé, Expediente Administrativo Nº 4552-06 presentado por la Municipalidad Distrital de Anchucaya e Informes legales detallados en su referencia y anexados a ella, en relación a las solicitudes de Rati fi cación de Ordenanzas Municipales Distritales, presentadas por las Municipalidades antes detalladas y conforme sus expedientes; y, CONSIDERANDO: Que el Artículo II título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual está concordado en lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 establece que las Municipalidades Provinciales tienen la atribución y facultad de manera imperativa de Rati fi car las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales en materia Tributaria; Que la Municipalidad Provincial de Huarochirí aprobó la Ordenanza Municipal Nº 038-2004/CM-MPH-M, mediante la cual se constituyo la comisión del CREDA y se reglamentó el procedimiento de Rati fi cación de las Ordenanzas Municipales Distritales de la provincia de Huarochirí. Asimismo atendiendo a las sentencias del Tribunal Constitucional contenidas en los Expedientes Nº 0053-2004-AI/TC y Nº 0041-2004-AI/TC, por las cuales se instituyeron de manera vinculante los nuevos criterios de estructura de costos en procedimientos tributarios municipales, más especí fi camente en arbitrios municipales, para lo cual se aprobó la Ordenanza Municipal Nº 036- 2005/CM-MPH-M que aprueba el “Reglamento para el reajuste de Ordenanzas Municipalidades Distritales que han creado tasas y derechos municipales, así como la determinación de costos de los servicios y procedimientos administrativos que han dado origen a tributos para efecto de la rati fi cación de Ordenanzas Municipales Distritales de la provincia de Huarochirí”; Que, las Municipalidades detalladas en el visto conforme el acervo documentario anexado en el Dictamen Nº 002-2006/ CREDA-MPH-M, por la cual se evaluaron las solicitudes de Ratifi cación de las Ordenanzas Municipalidades Distritales que, por la cual sometidas a la discusión en Sesión de Concejo y conforme la evaluación técnico legal contenido en el referido Dictamen, en ese sentido el Concejo aprobó por mayoría y de conformidad con el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 concordado con el Artículo 68º y siguientes del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004/EF, la Rati fi cación de las Ordenanzas Municipalidades Distritales; Ricardo Palma, San Juan de Iris, Casta, Huanza, Surco, San Mateo de Otao y una Ordenanza de San Bartolomé de las dos que presento, y asimismo no rati fi có las ordenanzas presentadas por las Municipalidades de Santiago de Anchucaya, Chicla, Santa Cruz de Cocachacra, Huarochirí, Santo Domingo de los Olleros, Callahuanca y la Ordenanza Nº 03-2006-CM-MDSB de la Municipalidad Distrital de San Bartolomé, por lo que se aprobó a mérito del presente la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- RATIFICAR LA ORDENANZA MUNICIPAL DISTRITAL Nº 07-2006/CM-MDRP, de la